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¿Es legal que te descuenten por tener algún malestar físico?

Iniciado por ameru, 14 Agosto, 2015, 10:54:58 AM

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ameru

¡Buenas!

¿Hay que darse obligatoriamente de baja si te ingresan tres días en el mes de vacaciones?

He preguntado en Delegación y me descuentan fijo.

¿Hasta dónde es legal el hecho de que te descuenten del sueldo por tener alguna enfermedad? ¿No es más costoso para  la SS esperar a que algo se haga maligno que el hecho de que te lo quiten cuando todavía es benigno?

¿Cuál es la postura de Ustea frente a este tipo de cosas?

Me siento como que mi vida no vale nada después de esto..


zocter



albay

Cita de: ameru en 14 Agosto, 2015, 10:54:58 AM
¡Buenas!

¿Hay que darse obligatoriamente de baja si te ingresan tres días en el mes de vacaciones?

He preguntado en Delegación y me descuentan fijo.

¿Hasta dónde es legal el hecho de que te descuenten del sueldo por tener alguna enfermedad? ¿No es más costoso para  la SS esperar a que algo se haga maligno que el hecho de que te lo quiten cuando todavía es benigno?

¿Cuál es la postura de Ustea frente a este tipo de cosas?

Me siento como que mi vida no vale nada después de esto..

Si te hospitalizan, no te descuentan nada. Vamos, te descuentan, pero luego te lo devuelven.

ameru

Cita de: albay en 14 Agosto, 2015, 13:08:01 PM

Si te hospitalizan, no te descuentan nada. Vamos, te descuentan, pero luego te lo devuelven.

Si te hospitalizan, te descuentan. Un equipo médico evalúa si te descuentan o no. Por eso me he ido a Delegación y he preguntado en Asesoría Médica y me han dicho que descuentan. De ahí mi indignación... ¿es legal que por ponerte enferma te reduzcan el sueldo? ¿Además de a los funcionarios, también lo hacen con los empleados públicos y políticos? 

No son tres días de hospitalización, aparte tienes el día que acudes al anestesista, días de pruebas que te tienen que hacer antes de la operación y posteriores días que habrá que ir a revisión que, al ser sueltos, pues te descuentan de cada uno el 50% . Eso contando que se quede en esto y no tengan que hacerme nada más...

Vuelvo a lanzar la pregunta por si alguien puede responderme ... ¿Te pueden obligar a pedir una baja médica aunque sea tu periodo de vacaciones?

Muchas gracias


albay

Cita de: ameru en 14 Agosto, 2015, 20:36:05 PM
Cita de: albay en 14 Agosto, 2015, 13:08:01 PM

Si te hospitalizan, no te descuentan nada. Vamos, te descuentan, pero luego te lo devuelven.

Si te hospitalizan, te descuentan. Un equipo médico evalúa si te descuentan o no. Por eso me he ido a Delegación y he preguntado en Asesoría Médica y me han dicho que descuentan. De ahí mi indignación... ¿es legal que por ponerte enferma te reduzcan el sueldo? ¿Además de a los funcionarios, también lo hacen con los empleados públicos y políticos? 

No son tres días de hospitalización, aparte tienes el día que acudes al anestesista, días de pruebas que te tienen que hacer antes de la operación y posteriores días que habrá que ir a revisión que, al ser sueltos, pues te descuentan de cada uno el 50% . Eso contando que se quede en esto y no tengan que hacerme nada más...

Vuelvo a lanzar la pregunta por si alguien puede responderme ... ¿Te pueden obligar a pedir una baja médica aunque sea tu periodo de vacaciones?

Muchas gracias

Vuelvo a repetirte que si hay hospitalización y/o intervención quirúrgica, no te descuentan. Por favor, léete la ley.

jmcala

Si te descontaran por los otros días que no son de hospitalización, y siendo en días de vacaciones, pide luego recuperar esos días de vacaciones no disfrutados y sí penalizados económicamente.

ameru

Cita de: jmcala en 15 Agosto, 2015, 11:26:40 AM
Si te descontaran por los otros días que no son de hospitalización, y siendo en días de vacaciones, pide luego recuperar esos días de vacaciones no disfrutados y sí penalizados económicamente.


En Recursos Humanos pregunté y me dijeron que esos días no se pueden recuperar, ¿en qué legislación viene todo eso?
Muchas gracias.

ameru

Cita de: albay en 15 Agosto, 2015, 00:42:41 AM


Vuelvo a repetirte que si hay hospitalización y/o intervención quirúrgica, no te descuentan. Por favor, léete la ley.



   Lo que comentas no tiene nada que ver con mi pregunta ni tengo por qué estar justificando mis dudas. De hecho, si no fuese porque el foro lo lee mucha gente y puedes dar lugar a confusión, ni te contestaría...

   En caso de baja laboral, si no queremos que nos descuenten dinero del sueldo deberemos presentar, junto con la baja, el ANEXO IV de Solicitud para el reconocimiento del abono del cien por cien del complemento por incapacidad temporal en los supuestos del Art. 14 de la Ley 3/2012, de 21 de septiembre, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía.

   Como bien indicas, en el apartado "2.2. Concepto", dentro de los supuestos por los que se reconoce el 100% del complemento aparecen: "Por incapacidad temporal derivada de contigencia común que ha generado hospitalización." y "Por incapacidad temporal derivada de contingencia común que ha generado intervención quirúrgia."

   Si sigues leyendo (que lo mismo paraste ahí y por eso no te has enterado), en el apartado "4. Motivos de denegación del reconocimiento del abono del cien por cien del complemento por incapacidad temporal en los supuestos del Art.14 de la Ley 3/2012, de 21 de septiembre." aparece un concepto de denegación de tal complemento " La intervención quirúrgica no deriva de tratamientos incluidos en la cartera básica de servicios del Sistema Nacional de Salud."

   Si te vas al documento de Cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y procedimiento para su actualización (que tiene 168 páginas de extensión), no figura la operación que me tienen que realizar expresamento, por eso y porque al tener gran extensión el documento se me pudo pasar algo, me fuí a preguntar directamente a Asesoría Médica en la Delegación, donde me confirmaron que, si no se tiene cáncer todavía (y espero que sea así), no cubre. NO TODAS LAS OPERACIONES TIENEN RECONOCIDO EL ABONO DEL CIEN POR CIEN DEL COMPLEMENTO.


   Tras esta aclaración, te agradecería que no siguieras por esta línea que no aclara nada las dudas que formulé y lo que menos me apetece es estar discutiendo por una cuestión así. Creo que no he ofendido a nadie y este foro está, entre otras cosas, para aclarar dudas que tengamos. Vuelvo a formular la duda principal que tengo: ¿Puede pasarme algo si no me doy de baja en mis vacaciones o estoy obligada a darme de baja? (si alguien sabe en qué legislación puede venir, también agradezco me la faciliten) Porque no voy a faltar a mi trabajo y prefiero dejar los cuatro días que disponemos sin descuento para más adelante que acaba de empezar el curso y no sabemos lo que pasará en un futuro.


Corichi

Cita de: ameru en 15 Agosto, 2015, 12:03:25 PM
Cita de: jmcala en 15 Agosto, 2015, 11:26:40 AM
Si te descontaran por los otros días que no son de hospitalización, y siendo en días de vacaciones, pide luego recuperar esos días de vacaciones no disfrutados y sí penalizados económicamente.


En Recursos Humanos pregunté y me dijeron que esos días no se pueden recuperar, ¿en qué legislación viene todo eso?
Muchas gracias.

Si los puedes recuperar. Yo estuve en el 2012 de baja todo el mes de agosto y lo recupere luego. Lo que no recuerdo es donde viene, supongo que en la circular de permisos y licencias. Tienes que recuperarlo antes de que acabe este año, antes de enero.


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