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SEGUNDO BORRADOR de la Orden que regulará las OPOSICIONES 2016

Iniciado por juan máximo, 15 Febrero, 2016, 12:43:42 PM

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toroloco

Cita de: juan máximo en 15 Febrero, 2016, 12:43:42 PM
Segundo Borrador:
http://ustea.es/new/wp-content/uploads/2016/02/Orden_de_Convocatoria_MESA_SECTORIAL.pdf

Primer Borrador:
http://ustea.es/new/wp-content/uploads/2016/01/Borrador_Orden_OPO_2016.pdf

Aparte de otras cuestiones,hay 2 puntos importantísimos que cambian radicalmente de un borrador a otro:

A.Provincias para Vacantes.
Primer borrador:

"Por otra parte, el personal funcionario interino con tiempo de servicio que forme parte de las bolsas de
trabajo de esta Comunidad Autónoma podrá ejercer la opción de solicitar al menos las dos primeras
provincias consignadas para vacantes, de las ocho provincias andaluzas".

Segundo borrador:

"Por otra parte el personal funcionario interino con tiempo de servicio que forme parte de las bolsas de
trabajo de esta Comunidad Autónoma podrá ejercer la opción de solicitar al menos las cuatro primeras
provincias consignadas para vacantes, de las ocho provincias andaluzas".

B.Acceso Bolsas Bilingües por Oposición.
Primer Borrador:

"En el supuesto de que se participe en el presente procedimiento selectivo por especialidades de los
cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria o Profesores Técnicos de Formación Profesional se podrán
incluir entre sus peticiones puestos de dichas especialidades susceptibles de impartición en una lengua
extranjera, de entre los incluidos en el apartado 1 del Anexo IX de la presente Orden, siempre que se acredite
la posesión de alguna de las titulaciones o certificados que se indican en el Anexo VIII de la misma. Dichas
peticiones solo serán válidas en el caso de resultar seleccionado o superar al menos una prueba por la
especialidad del puesto con el perfil bilingüe solicitado. En el caso de no resultar seleccionado las peticiones
que se realicen a puestos bilingües de la especialidad en la que haya superado al menos la primera prueba
estarán supeditadas a lo que establezca la Resolución de convocatoria de destinos provisionales para el
curso 2016/2017".

Segundo Borrador:

"En el supuestos de que se participe en el presente procedimiento selectivo por especialidades de los
cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria o Profesores Técnicos de Formación Profesional se podrán
incluir entre sus peticiones puestos de dichas especialidades susceptibles de impartición en una lengua
extranjera, de entre los incluidos en el apartado 1 del Anexo IX de la presente Orden, siempre que se acredite
la posesión de alguna de las titulaciones o certificados que se indican en el Anexo VIII de la misma. Dichas
peticiones solo serán válidas en el caso de resultar seleccionado o ser integrante con tiempo de servicio de la
bolsa de la especialidad del puesto con el perfil bilingüe solicitado".

La Consejería sigue con su política de "dar bandazos".
Que cada cual saque sus conclusiones.

Ya lo he pillado juan maximo,  estas cosas primero se deben cambiar en la normativa (Orden de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho personal.) y después reflejarlo en un documento ¿no?

No son bandazos, son informaciones incompletas......

juan máximo

Bueno si,se trata de eso.Primero hay que modificar la normativa,(decreto 302,orden 24 de mayo de 2011,...), y después reflejarlo en la orden de Convocatoria.
No se puede "empezar la casa por el tejado".

-Proyecto de modificación de la Orden de 24 de mayo de 2011, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes así como la movilidad por razón de violencia de género.
(BOJA del 3 de junio)

http://www.ustea.es/sites/default/files/Borrador_de_Orden.pdf

-Proyecto de decreto por el que se modifica el Decreto 302/2010, de 1 de junio,por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes:

http://www.csi-f.es/sites/default/files/196553/ver_borrador_21218.pdf


mariamar3

Por favor, me podéis aclarar si hay que pedir cuatro o dos provincias para vacantes? Gracias

mruzmor339

Cita de: juan máximo en 15 Febrero, 2016, 19:35:54 PM
Bueno si,se trata de eso.Primero hay que modificar la normativa,(decreto 302,orden 24 de mayo de 2011,...), y después reflejarlo en la orden de Convocatoria.
No se puede "empezar la casa por el tejado".

-Proyecto de modificación de la Orden de 24 de mayo de 2011, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes así como la movilidad por razón de violencia de género.
(BOJA del 3 de junio)

http://www.ustea.es/sites/default/files/Borrador_de_Orden.pdf

-Proyecto de decreto por el que se modifica el Decreto 302/2010, de 1 de junio,por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes:

http://www.csi-f.es/sites/default/files/196553/ver_borrador_21218.pdf

Estos son los últimos borradores?


mruzmor339

Según veo en este último borrador se eliminan las restricciones excepto el haber participado en el CGT. ¿Es así?

toroloco

Cita de: juan máximo en 15 Febrero, 2016, 19:35:54 PM
Bueno si,se trata de eso.Primero hay que modificar la normativa,(decreto 302,orden 24 de mayo de 2011,...), y después reflejarlo en la orden de Convocatoria.
No se puede "empezar la casa por el tejado".

-Proyecto de modificación de la Orden de 24 de mayo de 2011, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes así como la movilidad por razón de violencia de género.
(BOJA del 3 de junio)

http://www.ustea.es/sites/default/files/Borrador_de_Orden.pdf

-Proyecto de decreto por el que se modifica el Decreto 302/2010, de 1 de junio,por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes:

http://www.csi-f.es/sites/default/files/196553/ver_borrador_21218.pdf

Creo que debería ser así. Si sacan  la convocatoria y contradicen su propia normativa pues mal vamos.

Por otro lado la J.A es experta en saltarse a la torera su normativa y mirar para otro lado.......

Con estos grandes profesionales no hay nada claro, te pueden salir por cualquier sitio.

juan máximo

Cita de: mruzmor339 en 15 Febrero, 2016, 19:49:43 PM
Cita de: juan máximo en 15 Febrero, 2016, 19:35:54 PM
Bueno si,se trata de eso.Primero hay que modificar la normativa,(decreto 302,orden 24 de mayo de 2011,...), y después reflejarlo en la orden de Convocatoria.
No se puede "empezar la casa por el tejado".

-Proyecto de modificación de la Orden de 24 de mayo de 2011, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes así como la movilidad por razón de violencia de género.
(BOJA del 3 de junio)

http://www.ustea.es/sites/default/files/Borrador_de_Orden.pdf

-Proyecto de decreto por el que se modifica el Decreto 302/2010, de 1 de junio,por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes:

http://www.csi-f.es/sites/default/files/196553/ver_borrador_21218.pdf

Estos son los últimos borradores?
Que yo sepa ,si.

juan máximo

Cita de: mruzmor339 en 15 Febrero, 2016, 20:00:52 PM
Según veo en este último borrador se eliminan las restricciones excepto el haber participado en el CGT. ¿Es así?
2."Asimismo,podrá participar el personal funcionario de carrera con destino definitivo,en la forma y con las condiciones que la Consejería competente en materia de Educación determine en la normativa específica de provisión de vacantes".


mruzmor339

Según veo en el apartado de restricciones de la orden del 24 de Mayo no pone nada, solo pone que es un punto a negociar, y a continuación pone lo de que hay que haber participado en el cgt y no haber renunciado. Corrigeme si no es así.

juan máximo

Cita de: mruzmor339 en 15 Febrero, 2016, 20:47:49 PM
Según veo en el apartado de restricciones de la orden del 24 de Mayo no pone nada, solo pone que es un punto a negociar, y a continuación pone lo de que hay que haber participado en el cgt y no haber renunciado. Corrigeme si no es así.
Correcto.


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