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Colocación de efectivos

Iniciado por nollthedoll, 20 Junio, 2016, 10:54:55 AM

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nollthedoll

Buenas

Tengo una duda entre elegir Sevilla o Córdoba.  ¿qué provincia tiene mejores conexiones de carreteras?
Gracias

Cervantes

Tendrás que poner tu punto de partida,  anaid3


nollthedoll

Gracias por contestar.  Es málaga capital. Pero lo que necesito saber es el tipo de carreteras que hay en sevilla y córdoba.
mx gracias

mar83

la autovía de málaga a Córdoba, está muy bien, pero claro si te mandan a la sierra en cualquier provincia la carretera no será tan buena.


mar83

Yo tengo una pregunta. Si me dieran la comisión en un cole rural ¿cuenta los dobles puntos o no porque mi definitivo es un tipo de centro convencional? Gracias

Profesor

Cita de: mar83 en 21 Junio, 2016, 12:52:59 PM
Yo tengo una pregunta. Si me dieran la comisión en un cole rural ¿cuenta los dobles puntos o no porque mi definitivo es un tipo de centro convencional? Gracias

Los puntos se doblan en el caso de desempeñar la labor.

Tani59

Me puede decir alguien, cuando se sabe si te han dado Comision de Servicio por salud propia. Gracias, solicitada en marzo, y cuando se pediria destino para ella, si es en colocacion de efectivos

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Calendario orientativo

Según informa Consejería esta Resolución se publicará a partir del 23 de junio, siempre que previamente se haya publicado en BOJA la modificación de la Orden de 24 de mayo, concediéndose diez días hábiles para la participación.



Base primera: participantes y ordenación de los colectivos

1.    Funcionario de Carrera suprimido.

2.    Funcionario de Carrera desplazado de su centro.

3.    Funcionario de Carrera por cambio de centro finalizado mandato de dirección.

4.    Funcionario de Carrera en el último año de adscripción en el extranjero.

5.    Funcionario de Carrera que reingrese sin reserva del puesto.

6.    Funcionario de Carrera que haya obtenido comisión de servicio.

7.    Funcionario de Carrera sin destino definitivo.

8.    Funcionario en Prácticas.

9.    Funcionario de Carrera que haya obtenido comisión de servicio intercomunitaria.

10.  Funcionario Interino integrante de las Bolsas de Trabajo.

Podrá participar el Funcionario de Carrera que no pertenezca a ninguno de los colectivos anteriores y solicite centros y puestos de los Anexos V y VI.



Base segunda: solicitudes y plazos

ü  La cumplimentación de las solicitudes se hará obligatoriamente de forma TELEMÁTICA. Para su acceso, será necesario certificado digital o usuario IdEA. Las solicitudes se teletramitarán mediante los distintos medios de firma electrónica. En caso de tener que presentar documentación, se insertará en formato PDF. En este sentido, la CEJA va a facilitar el usuario IdEA a aquellos que no lo tengan, previa petición del interesado, incluidos los aspirantes, el personal en el extranjero y quienes estén en excedencia. Así mismo, el personal interino sin vacante también podrá solicitar el DIPA.

ü  Importante que comprobéis que el procedimiento de participación esta concluido. Esto es cuando se genera un documento PDF con sello de registro en el que se indica día y hora de presentación de la instancia.

ü  La acreditación de la formación pedagógica la realizará de oficio la CEJA. Sólo tendrán que indicarla en el formulario web aquellos cuya acreditación no conste en la aplicación.



Base tercera: petición y adjudicación

ü  Se puede solicitar un máximo de 120 peticiones a centros, localidades o servicios educativos. La petición a localidad o provincia incluye todos los centros de las mismas, ordenados en el caso de la localidad por orden alfabético y de la provincia por el código numérico de menor a mayor. Los códigos de los centros del Anexo V no se encuentran incluidos en las peticiones de localidad o provincia.

ü  Se podrán solicitar peticiones a media jornada. Para poder acceder a puestos de jornada completa deberá consignar otra petición al mismo centro o localidad sin marcar la columna de media jornada.

ü  En caso de solicitarse más de un puesto, la prioridad vendrá dada por el orden en que dichos puestos figuren en la solicitud.



Base cuarta: suprimidos y desplazados

ü  Este personal deberá participar, solicitando puestos por las especialidades o habilitaciones que posea, en caso contrario la Administración la incluirá de oficio. De no obtener destino se le adjudicará uno de oficio en otra localidad hasta un máximo de 50 Km.

ü  En el supuesto de no proceder su desplazamiento/supresión, se derivará a puestos específicos si lo hubiera solicitado. También se le derivará de oficio al colectivo de comisiones de servicio, en caso de haberlo solicitado.



Base quinta: finalización de mandato de dirección

ü  La participación por esta modalidad queda limitada a los dos cursos siguientes al de finalización del mandato.



Base sexta: solicitantes de comisión servicio

ü  El personal funcionario de carrera con destino definitivo podrá solicitar comisión de servicio por los supuestos de conciliación de la vida familiar, personal y laboral (cuidado de hijos de hasta tres años, cuidado de hijos, cónyuge o pareja de hecho, para el cuidado de otros familiares por razón de enfermedad, por tener el destino en municipio diferente al del domicilio habitual, por estudio del profesorado o sus hijos a más de 50Km del destino o por razón de enfermedad del profesorado), así mismo,se podrá solicitar por cargo electivo en las corporaciones locales, o por cónyuge de alto cargo o P.L.D.

En la solicitud podrá incluir puestos de trabajo en cualquier localidad, centro o servicio, por la especialidad del puesto de destino definitivo, con el requisito de que la localidad, el centro o el servicio solicitados se refieran a un municipio distinto al del destino definitivo.

ü  Las comisiones solicitadas antes de la entrada en vigor de la orden que modifica la de 24 de mayo de 2011, por razones de salud propia del personal funcionario de carrera o de cónyuge/pareja/familiar conviviente hasta primer grado, se incluirán en el supuesto de conciliación familiar.
Quienes solicitaron comisión de servicio por salud propia con anterioridad a la entrada en vigor de la orden que modifica la de 24 de mayo de 2011, podrá solicitar puestos en cualquier localidad, centro o servicio educativo por las especialidades de que sea titular o tenga reconocida.

ü  Las resolución de concesión de las comisiones de servicio, saldrán de forma paralela a la resolución de  la adjudicación provisional. Tanto las solicitadas antes de la publicación de la  orden que modifica la de 24 de mayo de 2011, como de las solicitadas en el procedimiento de adjudicación de destinos provisionales.

ü  Para la concesión de una comisión de servicio por conciliación de la vida familiar y laboral la CEJA va a solicitar una Declaración Responsable sobre la causa que se indique al solicitar esta comisión de servicio (no se adjuntará documentación acreditativa). En los casos de salud que afecte muy gravemente al desempeño del puesto de destino, habrá que entregar la documentación pertinente. Por otra parte, quien haya solicitado una comisión de servicios previo a la publicación de la orden de 24 de mayo, tendrá que rellenar el referido anexo y el programa le indicará, en su caso, que ya han solicitado una comisión de servicios.



Base séptima: reingreso y provisionales

ü  Tendrá que participar por este apartado el personal que carezca de destino definitivo por diferentes situaciones y según las especificaciones recogidas en la Resolución.



Base octava: personal funcionario en prácticas

ü  Tendrá que participar por este apartado el personal seleccionado en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 15 de marzo de 2016. Deberá solicitar puestos por la especialidad de ingreso, incluidos, en su caso, los contemplados en el Anexo V y VI,  cumplimentando por orden de preferencia las ocho provincias de Andalucía.



Base novena: personal funcionario definitivo que no participa por otros colectivos y solicite centros  y puestos específicos de los anexos V y VI

ü  Podrá participar por este apartado este personal siempre que reúna los requisitos para su desempeño.



Base décima: personal interino



ü  El personal interino con tiempo de servicios a 30 de junio de 2016, tendrá que participar por este apartado indicando al menos dos provincias para vacante, así como al menos una provincia y potestativamente hasta las ocho para sustituciones.  El personal que justifique enfermedad grave propia, de su cónyuge o pareja de hecho o familiares convivientes en primer grado de consanguineidad podrán solicitar una sola provincia a efecto de vacantes, adjuntando la documentación acreditativa. El personal que tuviera cumplido 55 años a 31 de agosto de 2011 se le garantizará un puesto de trabajo siempre que consigne las ocho provincias para vacante.

ü  El personal interino que ha participado en el proceso selectivo, no tendrá que participar en este procedimiento, salvo que desee modificar el número de provincias para vacantes o desee consignar una nueva relación de peticiones a la vista de la posible inclusión de nuevos puestos específicos en el anexo correspondiente.

ü  El personal que acredite discapacidad del 33% o mayor, estará exento de solicitar provincias para vacantes, debiendo consignar centros y localidades. Una vez se le oferte una sustitución o vacante con el curso empezado, la aceptación será voluntaria.



Base undécima: aspirantes a interinidad

ü  Podrán participar los aspirantes a interinidad de la Bolsa de Maestros-Francés, en las mismas condiciones que el personal interino.

ü  El resto de personal aspirante no tiene que participar en esta convocatoria, salvo que modificar las peticiones a provincias para sustituciones, para lo que cumplimentará el Anexo III. No obstante no procederá la modificación  de peticiones a provincias si ha participado en el proceso selectivo de 2016.



Base duodécima: puestos objeto de adjudicación

ü  La publicación de la relación de vacantes iniciales se realizará previa a la adjudicación definitiva.



Base decimotercera: publicación de la adjudicación de destinos

ü  El plazo de reclamación o desistimiento, en su caso, será de cinco días naturales desde la publicación de la adjudicación provisional.

ü  Los destinos de la adjudicación definitiva serán irrenunciables y tendrán efectos  a uno de septiembre de 2016.



Base decimocuarta: renuncia de personal funcionario interino

ü  El personal interino podrá renunciar al destino adjudicado si cumple los requisitos en el plazo de cinco días hábiles, computables desde el día siguiente a la adjudicación definitiva.



Base decimoquinta: permanencia del profesorado en los centros reconocidos como comunidad de aprendizaje

ü  Se garantizará la permanencia en dichos centros, con ocasión de vacante de los funcionarios de carrera o en prácticas con destino provisional en los mismos,  si se accedió a ellos por convocatoria pública.



Base decimosexta: intercambios de puestos

ü  El personal funcionario interinopodrá solicitar intercambios de puestos en el plazo de cinco días computables desde el día siguiente a la adjudicación definitiva, de acuerdo con los requisitos establecidos (destinos del mismo cuerpo y especialidad y tiempo de servicio que no difieran entre si mas de cinco años).



Base decimoséptima: reducción de jornada

ü  Se podrá solicitar media jornada indicándolo en el apartado correspondiente. Se podrá renunciar en el plazo de veinte días hábiles desde el día siguiente a la adjudicación definitiva.



Peticiones a centros con carácter voluntario y puestos especificos

Todos los participantes en este procedimiento, excepto los aspirantes a interinidad, podrán solicitar centros y puestos específicos de los relacionados en los Anexos V (centros docentes con carácter voluntario) y VI (puestos específicos), este último de reunir los requisitos para su desempeño.

    Así mismo se podrá solicitar puestos de Maestro-Francés, con el requisito de tener reconocida la especialidad.

Sevilla, 20 de junio de 2016.

Encontrado en esta página

http://www.anpeandalucia.org/contenidos.php?i=23024


Corichi

Pero en la orden yo veo que van a pedir empadronamiento.

kiran1901

Cita de: Corichi en 22 Junio, 2016, 10:43:57 AM
Pero en la orden yo veo que van a pedir empadronamiento.
Si, si se solicita comision de servicio por tener el destino defnitivo en un municipio diferente al de tu domicilio pone que hay que incluir el certificado de empadronamiento.

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