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Ordenación las bolsas después de las oposiciónes de 2016

Iniciado por pcg, 03 Octubre, 2015, 16:19:06 PM

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kharusss

Muy buenas, tengo una duda en cuanto a la ordenación:

Aspirante A: Saca un 8 en la parte eliminatoria y un 1 en el oral.

Aspirante B: Saca un 7.5 en la parte eliminatoria y un 4.5 en el oral.

El aspirante A sería el que iría primero?

Gracias!

Noether

Pero esa era la orden del 302 y luego está:

Orden de 11 de junio de 2013, por la que se modifica la de 8 de junio de 2011

http://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/115/1

Dos. El artículo 5 de la Orden de 8 de junio de 2011 queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 5. Permanencia en las bolsas de trabajo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Decreto 302/2010, de 1 de junio, en la redacción dada por el Decreto 311/2012, de 26 de junio, el personal integrante de una bolsa de trabajo podrá permanecer en la misma tras la realización de un nuevo procedimiento selectivo para el acceso a la función pública docente, si participa en dicho procedimiento realizando, al menos, la primera prueba del mismo.»

Luego se ha modificado el 302 con el Decreto 109/2016, de 14 de junio

http://www.juntadeandalucia.es/eboja/2016/115/BOJA16-115-00005-10996-01_00093513.pdf

cuatro. el artículo 19 queda redactado de la siguiente forma:
«Artículo 19. Acceso ordinario a las bolsas de trabajo.
1. Accederá a las bolsas de trabajo previstas en el artículo anterior el personal que haya superado una
o  varias  pruebas  del  último  procedimiento  selectivo  para  el  acceso  a  la  función  pública  docente  del  cuerpo  y
especialidad convocado en la
comunidad Autónoma de Andalucía, sin haber sido seleccionado, previa solicitud
de las personas interesadas.
2.   el personal a que se refiere el apartado anterior podrá acceder también a bolsas de trabajo del cuerpo
y especialidad en los que haya superado una o varias pruebas del procedimiento selectivo correspondiente para
las que se exija uno o varios requisitos específicos de los establecidos en el artículo 24.1.c), para lo cual habrá
de  invocar  tal  extremo,  aportando  la  documentación  pertinente,  junto  con  la  instancia  de  participación  en  el
referido procedimiento.»


Y falta publicar la orden:

http://ustea.es/new/resumen-de-la-negociacion-sobre-la-orden-de-8-de-junio-de-2011-que-regula-las-bolsas-de-trabajo-del-personal-funcionario-interino/

Art. 13. Motivos de exclusión. Se añade un nuevo motivo de exclusión: “No haber realizado al menos la primera prueba de los procedimientos selectivos del año que corresponda a los que, cumpliendo los requisitos, se tenga la obligación de concurrir” - See more at: http://ustea.es/new/resumen-de-la-negociacion-sobre-la-orden-de-8-de-junio-de-2011-que-regula-las-bolsas-de-trabajo-del-personal-funcionario-interino/#sthash.BeyIrSMF.dpuf


Noether

Cita de: kharusss en 22 Junio, 2016, 00:00:52 AM
Muy buenas, tengo una duda en cuanto a la ordenación:

Aspirante A: Saca un 8 en la parte eliminatoria y un 1 en el oral.

Aspirante B: Saca un 7.5 en la parte eliminatoria y un 4.5 en el oral.

El aspirante A sería el que iría primero?

Gracias!

Aspirante A

kharusss



respublica

Cita de: Noether en 22 Junio, 2016, 00:02:54 AM
Pero esa era la orden del 302 y luego está la Orden de 11 de junio de 2013, por la que se modifica la de 8 de junio de 2011...


La Orden de 11 de junio de 2013 no modifica el artículo 13 de la de 8 de junio de 2011, cuyo texto te he señalado y es el vigente.

Hay un borrador con nuevas modificaciones pero aún no conocemos su redacción final.

De todas formas, lo que dice ese borrador es lo mismo que lo que dice el Decreto y es no haber realizado al menos la primera prueba. Si bastara con realizar la primera prueba sobraría al menos.

Y efectivamente, si apruebas la primera prueba entras en bolsa si no estabas ya antes, que es tu caso, pero, en mi opinión, después te excluirían por no haberte presentado.


En cualquier caso, infórmate en tu propio tribunal o en tu delegación.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

Noether

Cita de: respublica en 22 Junio, 2016, 00:42:07 AM
Cita de: Noether en 22 Junio, 2016, 00:02:54 AM
Pero esa era la orden del 302 y luego está la Orden de 11 de junio de 2013, por la que se modifica la de 8 de junio de 2011...


La Orden de 11 de junio de 2013 no modifica el artículo 13 de la de 8 de junio de 2011, cuyo texto te he señalado y es el vigente.

Hay un borrador con nuevas modificaciones pero aún no conocemos su redacción final.

De todas formas, lo que dice ese borrador es lo mismo que lo que dice el Decreto y es no haber realizado al menos la primera prueba. Si bastara con realizar la primera prueba sobraría al menos.

Y efectivamente, si apruebas la primera prueba entras en bolsa si no estabas ya antes, que es tu caso, pero, en mi opinión, después te excluirían por no haberte presentado.


En cualquier caso, infórmate en tu propio tribunal o en tu delegación.


Saludos.

ok, gracias por la ayuda, aunque con la explicación del "al menos" me he quedado un poco confusa. Yo no lo entiendo así. Intentaré informarme, el problema es que estoy a 6000km.

biodel

Cita de: andjifer en 21 Junio, 2016, 16:51:16 PM
Cita de: biodel en 21 Junio, 2016, 16:47:35 PM
Duda:
Estoy en la lista de interinos, como aspirante. Sin tiempo de servicio.
Si no apruebas las primera parte, ¿te expulsan de la lista o te ordenan después del último aprobado de 2016?

Y por último. Si tienes tiempo de servicio en otra comunidad, y apruebas sin plaza. ¿te ordenan exclusivamente por nota? ¿O tienen en cuenta el tiempo de servicio?

Enviado desde mi Mi-4c mediante Tapatalk

Por haberte presentado te quedas en la bolsa, aunque no apruebes. El tiempo de servicio de tu comunidad te lo sumarán solamente cuando empieces a trabajar en Andalucía, una vez te llamen por tu posición en la bolsa.
Ok y como aspirante, me quedaría ordenada por nota después del último aprobado de 2016? O ¿por nota independientemente del año de oposición?

Enviado desde mi Mi-4c mediante Tapatalk


kharusss

Biodel, si eres interina y te has presentado a estas opos te ordenan por nota de oposición junto con todos los que se han presentado a estas opos de tu especialidad y no han sacado plaza.

Un saludo!


juanma236

Si no se es aún interino pero uno está pendiente con la posibilidad de acceder a la interinidad por las oposiciones de este año ¿hay que rellenar o hacer algún trámite?

kharusss

Buenas! posiblemente esta pregunta ya se ha hecho pero sigo teniendo la duda ya que, aunque me he leído la explicación de Juan Máximo varias veces, como cada uno me dice una cosa no me aclaro.
Yo entré en una extraordinaria en 2013 y ahora he hecho el escrito aunque no he aprobado. Ahora a los integrantes de la bolsa que somos aspirantes y que no hemos aprobado el escrito nos ordenan por el baremo de esa bolsa extraordinaria de 2013 o por nota del escrito?
Muchas gracias y lamento la insistencia.


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