¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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Publicada en BOJA modific.Orden 24 de mayo de 2011.

Iniciado por juan máximo, 22 Junio, 2016, 00:16:58 AM

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juan máximo


Orden de 18 de junio de 2016, por la que se modifica la Orden de 24 de mayo de 2011, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes así como la movilidad por razón de violencia de género.
http://www.juntadeandalucia.es/eboja/2016/118/BOJA16-118-00009-11270-01_00093776.pdf

theedge

Hola Juanmáximo, esta es la modificación de la orden de 24 de mayo por la que luego se reformulará la orden de colocación de efectivos. Pero ¿¿es legal o ilegal como dicen por ahí??, no se igual ahora le ha dado a la consejería por publicar ilícitos...

saludos y gracias por la información.
We are one but we are not the same


juan máximo

Cita de: theedge en 22 Junio, 2016, 00:40:27 AM
Hola Juanmáximo, esta es la modificación de la orden de 24 de mayo por la que luego se reformulará la orden de colocación de efectivos. Pero ¿¿es legal o ilegal como dicen por ahí??, no se igual ahora le ha dado a la consejería por publicar ilícitos...

saludos y gracias por la información.

En mi modesta opinión no veo ninguna ilegalidad. cafeara

theedge

Cita de: juan máximo en 22 Junio, 2016, 01:00:31 AM
Cita de: theedge en 22 Junio, 2016, 00:40:27 AM
Hola Juanmáximo, esta es la modificación de la orden de 24 de mayo por la que luego se reformulará la orden de colocación de efectivos. Pero ¿¿es legal o ilegal como dicen por ahí??, no se igual ahora le ha dado a la consejería por publicar ilícitos...

saludos y gracias por la información.

En mi modesta opinión no veo ninguna ilegalidad. cafeara

Coincidimos pues... adoraranad
We are one but we are not the same


mestizo

Gracias juan Máximo, siempre a la primera.

Alguna consulta sobre interinos.

«Artículo 15. Personal funcionario interino o aspirante a interinidad.

1. El personal funcionario interino integrante de las bolsas de trabajo de los distintos cuerpos y Especialidades docentes deberá participar en las convocatorias anuales para la provisión de puestos, con
carácter provisional, cuyo procedimiento regula este capítulo.

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 del Decreto 302/2010, de 1 de
junio, podrá participar el personal aspirante a interinidad integrante de las bolsas de trabajo de los cuerpos y
especialidades que, para cada convocatoria, establezca la resolución correspondiente. Dicha participación será
siempre voluntaria.

2. Para ello, dicho personal deberá consignar en la solicitud, por orden de preferencia, centros, zonas,
servicios educativos o localidades, así como, al menos, dos provincias de Andalucía, también por orden de
preferencia para la obtención de vacantes. De no consignar al menos las referidas dos provincias, se incluirán de
oficio las ocho provincias por orden alfabético.

Las peticiones se referirán a puestos de la especialidad y cuerpo en cuya bolsa de trabajo figure el personal funcionario interino o, en su caso, aspirante a interinidad, así como a puestos de carácter bilingüe u otros puestos específicos, siempre que cumpla los requisitos que para su desempeño se establezcan en las convocatorias.


El personal interino puede pedir puestos bilingües, pero si aportaron el B2 en estas oposiciones pero no están en la bolsa bilingüe, ¿Qué preferencia tiene sobre los aspirantes que ya estaban en la bolsa bilingüe?


En 1873 SE PROCLAMO LA I REPUBLICA ESPAÑOLA, y pocos meses después se declaran repúblicas independientes, Valencia, Málaga, Alcoy, Bailén, Cádiz, Sevilla, Torrevieja, Tarifa, Almansa, Andújar, Cartagena, Cataluña, Granada, Motril, Salamanca, Jumilla o Camuñas.

Por si fuera poco, Granada declara oficialmente la guerra a Jaén, Cartagena bombardeó el puerto de Alicante con la fragata Vitoria y se anexiona Torrevieja arrebatándosela a Alicante, aunque Torrevieja ya era una república independiente, mientras Jumilla declara la guerra a Murcia.

Parece una broma pero hubo cientos de muertos.
NO A UN REFERÉNDUM SEPARATISTA E ILEGAL.Y que si lo pierden pedirán otro y otro hasta que ganen uno.

respublica

Cita de: mestizo en 22 Junio, 2016, 01:19:17 AM
Gracias juan Máximo, siempre a la primera.

Alguna consulta sobre interinos.

«Artículo 15. Personal funcionario interino o aspirante a interinidad.

1. El personal funcionario interino integrante de las bolsas de trabajo de los distintos cuerpos y Especialidades docentes deberá participar en las convocatorias anuales para la provisión de puestos, con
carácter provisional, cuyo procedimiento regula este capítulo.

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 del Decreto 302/2010, de 1 de
junio, podrá participar el personal aspirante a interinidad integrante de las bolsas de trabajo de los cuerpos y
especialidades que, para cada convocatoria, establezca la resolución correspondiente. Dicha participación será
siempre voluntaria.

2. Para ello, dicho personal deberá consignar en la solicitud, por orden de preferencia, centros, zonas,
servicios educativos o localidades, así como, al menos, dos provincias de Andalucía, también por orden de
preferencia para la obtención de vacantes. De no consignar al menos las referidas dos provincias, se incluirán de
oficio las ocho provincias por orden alfabético.

Las peticiones se referirán a puestos de la especialidad y cuerpo en cuya bolsa de trabajo figure el personal funcionario interino o, en su caso, aspirante a interinidad, así como a puestos de carácter bilingüe u otros puestos específicos, siempre que cumpla los requisitos que para su desempeño se establezcan en las convocatorias.


El personal interino puede pedir puestos bilingües, pero si aportaron el B2 en estas oposiciones pero no están en la bolsa bilingüe, ¿Qué preferencia tiene sobre los aspirantes que ya estaban en la bolsa bilingüe?


Si un interino no está en la bolsa bilingüe no puede pedir puestos bilingües porque no cumple el requisito de pertenecer a esa bolsa.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

juan máximo

Cita de: theedge en 22 Junio, 2016, 01:05:24 AM
Cita de: juan máximo en 22 Junio, 2016, 01:00:31 AM
Cita de: theedge en 22 Junio, 2016, 00:40:27 AM
Hola Juanmáximo, esta es la modificación de la orden de 24 de mayo por la que luego se reformulará la orden de colocación de efectivos. Pero ¿¿es legal o ilegal como dicen por ahí??, no se igual ahora le ha dado a la consejería por publicar ilícitos...

saludos y gracias por la información.

En mi modesta opinión no veo ninguna ilegalidad. cafeara

Coincidimos pues... adoraranad

En todo caso,la legalidad o ilegalidad del proceso la debe resolver el Tribunal competente,en el supuesto de que se presente algún recurso.

nena8

Gracias Juan Máximo. Si ha salido hoy la orden, los enlaces para solicitar destino se activarán mañana supuestamente?


juan máximo

Cita de: nena8 en 22 Junio, 2016, 16:02:18 PM
Gracias Juan Máximo. Si ha salido hoy la orden, los enlaces para solicitar destino se activarán mañana supuestamente?

No,aún falta la Resolución por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales al personal docente, para el curso académico 2016/2017,que tiene que salir publicada en Boja de forma inminente. cafeara

respublica

Cita de: juan máximo en 22 Junio, 2016, 16:11:26 PM
Cita de: nena8 en 22 Junio, 2016, 16:02:18 PM
Gracias Juan Máximo. Si ha salido hoy la orden, los enlaces para solicitar destino se activarán mañana supuestamente?

No,aún falta la Resolución por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales al personal docente, para el curso académico 2016/2017,que tiene que salir publicada en Boja de forma inminente. cafeara

Yo creo que además falta la solicitud de la nueva comisión de servicio por conciliación con el aporte de la documentación correspondiente y ello es previo a la petición de destinos provisionales.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


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