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Accidente no laboral y vacante informatizada.

Iniciado por josexx, 21 Julio, 2017, 16:25:41 PM

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jmcala

Muchas gracias por la información que das. Me parece oportuna, clara y muy necesaria.

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elpeke

Cita de: saryvd

Aclararé un par de extremos que son de mi conocimiento:
1. La JA no paga el período de IT. PERO SÍ SE COBRA el 60% del sueldo siempre que se solicite la correspondiente prestación por IT a la SS dentro de los TRES meses siguientes. Si no se solicita en tal forma no ves un duro. Además, no se cobra nada en la extra correspondiente y en el IRPF te aplican dos pagadores. Total, mil lereles de pérdida por mes, arriba o abajo.

2. El período de IT a partir del 1° de septiembre se computa como tiempo de servicio para el ordenamiento en las listas, PERO NO para el baremo de oposiciones. Se trata de un limbo administrativo llamado "situación cero", que parece de película de serie B, pero así se ahorra unos eurillos la JA desde hace un tiempo, pobrecitos.

3. No hay nombramiento en el centro de destino hasta el día que te incorporas con el alta. En el portal docente se consigna la leyenda "O.C.E.P. Servicios en otros centros" para todo el período de IT en el apartado de nombramientos en puesto de servicio.

4. De esta situación laboral ominosa no hay postura o queja de sindicato alguno, que yo sepa. A ver si me desmienten.

Conclusiones
Si le es posible (eso no lo sé), es aconsejable que el compañero se incorpore el 1° de septiembre.
Antes de hablar de lo que se ignora hay que informarse.

Todo lo que dices es correcto, pero como decía, uno no elige estar o no de IT. Por tanto, no es algo que uno pueda controlar, sino que hay que atender a las circunstancias que se presentan. Y ni la junta ni ninguna empresa pueden (nombrar, o contratar) a una persona en IT. Otra cosa distinta es que la IT surgiera a posteriori, caso bien distinto. Pero para tomar posesion, y nombrar, no se puede estar de IT.

En cuanto al SEROC, eso podría ser otro tema de discusión.

Saludos


josexx

Muchas gracias por toda la información ofrecida. La incorporación en septiembre dependerá de la evolución de la intervención.

alicia14

Os cuento mi situación, tengo vacante informatizada y estaré aún de baja maternal (las cuatro semanas adicionales a las 16) el día 1 de septiembre, solicité todas las licencias a la vez y en delegación me dicen que no tengo que solicitarlas de nuevo pero que no me las suben a Séneca, porque solo estoy dada de alta hasta el 31 de agosto.
Mi pregunta es, debo dirigirme a mi nuevo centro el día 1 independientemente de que esté de baja?no cobro este periodo de baja (4 semanas adicionales + lactancia acumulada?), debo de hacer algún trámite más de los que ya realicé en su momento para solicitar la baja maternal?
Espero que alguien me pueda ayudar!gracias compañeros!


erpipi

¿Que pasaría si vas el día 1 de septiembre  al nuevo centro y presentas una baja a partir de ese mismo día?

maestrillo_liendre


Yo veo un gran fastidio que no me paguen, no sé a los demás. Lo que haría sería incorporarme si no estoy muy mal, pedir los días de agosto que haya estado de baja y después pedir la baja de nuevo por recaída o una nueva si hace falta, ya el médico conoce mejor esos temas.

Así sí me pagarían el tiempo que estuviese de baja, aunque me quiten dinero al principio pero si es pa largo al menos cobraría algo.

Otra opción sería pedir el paro.

Un saludo, ánimo y a recuperarse.
"Tan sólo por la educación puede el hombre llegar a ser hombre. El hombre no es más que lo que la educación hace de él" (Emmanuel Kant)


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