¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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¿Cómo se contabiliza el TS?

Iniciado por filologaonubense, 27 Julio, 2017, 17:15:02 PM

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latizaeslomio

Buenas

Necesito ayuda,

el curso pasado trabajé 9 meses y 1 día, es decir, desde 30-09-2015 al 30-06-2016, esto sin contar con la prórroga vacacional.
este curso he trabajado desde 11-10-2016 al 25-11-2016, del 12-12-2016 al 02-01-207, prórroga vacacional de navidad desde 03-01-2017 al 08-01-2017. El último contrato fue del 11-01-2017 al 30-06-2017

El curso 2015-2016, me sale un total de 11 meses y 1 día, mientras que este curso, el 2016-2017 me sale un total de 7 meses y 28 días, sin contar los 6 días de prórroga vacacional de navidad.
Todo ello me suma 1 año 7 meses y 5 días.

En delegación me contabilizan 1 año, 7 meses y 3 días.

Os parecerá dos días una miseria pero para mi supone trabajar más cerca de mi familia y mi hogar.

Gracias

pepe sosa

EEn la colocación de destinos provisionales debe también contar el tiempo de servicio de interino para aquellos funcionarios y funcionarias de carrera que participen por el con cursillo. La Junta de Andalucia está No aplicando en Educación lo que ella misma ha determinado en su Ley de la Función Publica  y es que para todo provisión de plazas por concurso se contará el tiempo de servicios trabajados tanto como funcionarios de carrera o interinos.
En Andalucia la Ley de la Función pública es aplicable a los dicentes pues no tenemos una Ley superior q contradiga q No se bareme el tiempo de servicios de Interinos.
¿Para cuando van a luchar los sindicatos y mi sindicato Ustea para que se nos aplique a los docentes andaluces nuestra Ley de la función pública de Andalucia?
Pido a mi sindicato Ustea como afiliado q soy que luche para que nos cuente en el con cursillo el tiempo trabajado de Interino. El tiempo de servicio es el que manda en las comisiones de servicios, pues se debe exigir que cuente lo que pone nuestra Ley de la.Función publica de Andalucia, el concursillo es una provisión de puestos de Andalucia y no está respetando lo que dice su máxima Ley, la de la función publica de Andalucia q repito se modificó para introducir el tiene.lo de interino en cualquier concurso, y los destinos provisionales lo son.


solucionamisdudas

Respecto al tiempo de servicio tengo una duda y es cuándo deja de "computarse" este tiempo, es decir, un interino que obtiene por ejemplo una sustitución para 6 meses, ¿aunque se dé de baja al tercer mes le computan los 6 meses de interinidad?

Un interino con vacante informatizada, ¿se le computa un año de servicio, aunque sólo haya trabajado 6 meses?
¿Existe algún supuesto en el que se le "quiten" días de servicio a un interino que este trabajando-días de asuntos propios no retribuidos (creo que no tenemos derecho), ausencias "injustificadas", huelgas, etc-?

No sé si existe alguna orden que regule el tiempo de servicio en Andalucía o bien todo es cuestión de "costumbres" administrativas...

vdevictor

Pepe sosa, hay algo que veo raro en tus cuentas ¿Estás seguro de que la prórroga vacacional te la abrieron un 3 de enero en medio de las vacaciones de Navidad? Es que a mí un año se me acabó una sustitución en medio de la semana Santa y lo que hicieron es cortar mi sustitución el viernes de dolores y abrir una prórroga vacacional de toda la semana santa (me dijeron que esto se hace así cuando hay una incorporación en periodo no lectivo). Ya sabes que con esa prórroga se cobran esos días, pero ese tiempo de servicio no cuenta después (esto ocurre en navidad y semana santa si se cesa hasta 5 días antes del fin de trimestre).

Aún así, habría un desfase de más de 2 días que es lo que te sale a ti.

Un saludo


pepe sosa

Cita de: vdevictor en 31 Julio, 2017, 13:18:43 PM
Pepe sosa, hay algo que veo raro en tus cuentas ¿Estás seguro de que la prórroga vacacional te la abrieron un 3 de enero en medio de las vacaciones de Navidad? Es que a mí un año se me acabó una sustitución en medio de la semana Santa y lo que hicieron es cortar mi sustitución el viernes de dolores y abrir una prórroga vacacional de toda la semana santa (me dijeron que esto se hace así cuando hay una incorporación en periodo no lectivo). Ya sabes que con esa prórroga se cobran esos días, pero ese tiempo de servicio no cuenta después (esto ocurre en navidad y semana santa si se cesa hasta 5 días antes del fin de trimestre).

Aún así, habría un desfase de más de 2 días que es lo que te sale a ti.

Un saludo
Compañero YO ME REFIERO AL TIEMPO DE SERVICIO DE INTERINO UNA VEZ Q ERES FUNCIINARIO DE CARRERA (PARA EL CONCURSILLO)
Aunque este hilo es para casos del colectivo de Interinos, he querido reivindicar aquí también un caso distinto pero totalmente relacionado con la interinidad, el tiempo que estáis trabajando de interinos y que por culpa de todos se está tirando por la borda porque No no los quieren contar en educación.
Compañeros yo tengo 17 años trabajados de interino y soy funcionario de carrera, os pongo en conocimiento que nada mas y nada menos que la Ley de la función pública se cambió para introducir vuestro tiempo de interino, tiempo que están aplicando a los funcionarios de carrera andaluces menos a nosotros los docentes.....Preguntad Preguntad
OS pongo la Ley de la Función publica de Andalucia
https://www.google.es/url?sa=t&source=web&rct=j&url=http://www.parlamentodeandalucia.es/webdinamica/portal-web-parlamento/pdf.do%3Ftipodoc%3Dcoleccion%26id%3D113735%26cley%3D2&ved=0ahUKEwjwto6utLPVAhXJI1AKHQdhDTQQFggfMAE&usg=AFQjCNHf8PUWhx3Ooyl1QVQoAf3lWKkwxQ


latizaeslomio

 Hola vdevictor

Creo que tu contestación no se dirige a Pepe sosa sino a mi jajajajaj. En cuanto a la prórroga vacacional de navidad, estoy totalmente segura, lo he comprobado en el portal docente, en mi cuenta,  me aparece en datos administrativos y el apartado de "nombramiento en puesto de servicio". La compañera a la que sustituía en ese periodo en concreto le dieron el alta el 2 de enero y la prórroga vacacional de navidad concluye el 8 de enero. Este es el desface de esos dos miseros días, pero que me gustaría saber si los puedo reclamar. De todos modos en el apartado de prórroga vacacional me aparece del 02-01-2017 al 08-01-2017

Gracias

pepe sosa

Cita de: pepe sosa en 31 Julio, 2017, 13:32:21 PM
Cita de: vdevictor en 31 Julio, 2017, 13:18:43 PM
Pepe sosa, hay algo que veo raro en tus cuentas ¿Estás seguro de que la prórroga vacacional te la abrieron un 3 de enero en medio de las vacaciones de Navidad? Es que a mí un año se me acabó una sustitución en medio de la semana Santa y lo que hicieron es cortar mi sustitución el viernes de dolores y abrir una prórroga vacacional de toda la semana santa (me dijeron que esto se hace así cuando hay una incorporación en periodo no lectivo). Ya sabes que con esa prórroga se cobran esos días, pero ese tiempo de servicio no cuenta después (esto ocurre en navidad y semana santa si se cesa hasta 5 días antes del fin de trimestre).

Aún así, habría un desfase de más de 2 días que es lo que te sale a ti.

Un saludo
Compañero YO ME REFIERO AL TIEMPO DE SERVICIO DE INTERINO UNA VEZ Q ERES FUNCIINARIO DE CARRERA (PARA EL CONCURSILLO)
Aunque este hilo es para casos del colectivo de Interinos, he querido reivindicar aquí también un caso distinto pero totalmente relacionado con la interinidad, el tiempo que estáis trabajando de interinos y que por culpa de todos se está tirando por la borda porque No no los quieren contar en educación.
Compañeros yo tengo 17 años trabajados de interino y soy funcionario de carrera, os pongo en conocimiento que nada mas y nada menos que la Ley de la función pública se cambió para introducir vuestro tiempo de interino, tiempo que están aplicando a los funcionarios de carrera andaluces menos a nosotros los docentes.....Preguntad Preguntad
OS pongo la Ley de la Función publica de Andalucia
https://www.google.es/url?sa=t&source=web&rct=j&url=http://www.parlamentodeandalucia.es/webdinamica/portal-web-parlamento/pdf.do%3Ftipodoc%3Dcoleccion%26id%3D113735%26cley%3D2&ved=0ahUKEwjwto6utLPVAhXJI1AKHQdhDTQQFggfMAE&usg=AFQjCNHf8PUWhx3Ooyl1QVQoAf3lWKkwxQ
De la Ley que he puesto de la FUNCIÓN PÚBLICA DE ANDALUCIA
Artículo único. Modificación de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública
de la Junta de Andalucía.
Se modifica la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de
Andalucía, en los siguientes términos:
Uno. Se añade un apartado 3 al artículo 26, con la siguiente redacción:
«3. Para valorar la antigüedad en la Administración a efectos de méritos en los procedimientos de
provisión de puestos de trabajo, se computarán los servicios prestados como personal funcionario de
carrera e interino».
Decir que mis 17 años de tiempo de servicios NO CONTABILIZADOS  me lo están quitando en la colocación de destinos provisionales por el colectivo del Concursillo, compañeros que no son un mes ni dos, 17 años que lo avalan nuestra Ley de la Función Pública de Andalucia como podéis leer en el articulado de la ley que os he puesto..
¿para cuándo va a acabar esta discriminación Ustea?

descartes

Cita de: solucionamisdudas en 31 Julio, 2017, 13:12:06 PM
Respecto al tiempo de servicio tengo una duda y es cuándo deja de "computarse" este tiempo, es decir, un interino que obtiene por ejemplo una sustitución para 6 meses, ¿aunque se dé de baja al tercer mes le computan los 6 meses de interinidad?

Un interino con vacante informatizada, ¿se le computa un año de servicio, aunque sólo haya trabajado 6 meses?
¿Existe algún supuesto en el que se le "quiten" días de servicio a un interino que este trabajando-días de asuntos propios no retribuidos (creo que no tenemos derecho), ausencias "injustificadas", huelgas, etc-?

No sé si existe alguna orden que regule el tiempo de servicio en Andalucía o bien todo es cuestión de "costumbres" administrativas...

Mientras no se incorpore el titular, el tiempo de servicio para el sustituto sigue contando.

Con respecto a las vacantes se le computa siempre un año de servicio, aunque no trabaje más que un día.


respublica



Cita de: pepe sosa en 31 Julio, 2017, 13:11:42 PM
En la colocación de destinos provisionales debe también contar el tiempo de servicio de interino para aquellos funcionarios y funcionarias de carrera que participen por el concursillo.

Para los destinos provisionales a los funcionarios no les cuenta ningún tiempo de servicio, ni de interino ni de funcionario y van ordenados en su colectivo por escalafón.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

pepe sosa

Cita de: respublica en 31 Julio, 2017, 13:59:52 PM


Cita de: pepe sosa en 31 Julio, 2017, 13:11:42 PM
En la colocación de destinos provisionales debe también contar el tiempo de servicio de interino para aquellos funcionarios y funcionarias de carrera que participen por el concursillo.

Para los destinos provisionales a los funcionarios no les cuenta ningún tiempo de servicio, ni de interino ni de funcionario y van ordenados en su colectivo por escalafón.


Saludos.
República eso es lo que venden algunos, léete la normativa

Respublica los sindicatos están diciendo que prima el escalafón para las comisiones de servicios (CONCURSILLO). Pero, digan lo que digan los sindicatos, parece claro que la CEJA está haciendo lo dictado en la convocatoria para el colectivo de peticionarios de comisión de servicio, ¿no? Esto es respublica:

_a) Mayor *antigüedad* en el cuerpo correspondiente o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto a que se aspira._

_b) *Año* más antiguo *de ingreso* en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto solicitado._

_c) *Orden, escalafón o calificación en la promoción* de ingreso en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto solicitado._

_d) En su caso, pertenencia al correspondiente *cuerpo de catedráticos*._


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