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INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO (No fraude de ley de contratación)

Iniciado por FLAFLI, 12 Febrero, 2018, 12:07:36 PM

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FLAFLI

Buenas, en otro hilo se está comentando el fraude de ley de la contratación, en este hilo, se abre para no mezclar y confundir sobre la indemnización por despido que las sentencias están dando por el despido tras la finalización del contrato.

Saludos
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Conservatoril

FLAFLI, yo tengo una duda sobre todo esto que aún no he visto abordar en ningún sitio

En caso de que todo esto empiece realmente a pasar, y el gobierno tenga que indemnizar, esto se aplica también al encadenamiento de contratos? Ya sabes, a la situación de los interinos de cesar un día para ser nombrados al día siguiente

En caso de que esto fuese así, se ha hablado de lo que pasaría con los muchos casos de personal interino que por tanto fue cesado muchas veces y posteriormente adquirió la condición de funcionario? Somos muchos así y si indemnizar a los actuales interinos ya sería casi inasumible por el estado, no me quiero pensar lo que pasaría si empezásemos a reclamar esto en los tribunales los que estamos en la situación que describo.
... nunca podría ser un Green Lantern, dado que tendría que ser elegido por los Guardianes de Oa, pero con el suficiente capital y los últimos avances en tecnología, podría ser Batman.


FLAFLI

Cita de: Conservatoril en 12 Febrero, 2018, 13:51:40 PM
FLAFLI, yo tengo una duda sobre todo esto que aún no he visto abordar en ningún sitio

En caso de que todo esto empiece realmente a pasar, y el gobierno tenga que indemnizar, esto se aplica también al encadenamiento de contratos? Ya sabes, a la situación de los interinos de cesar un día para ser nombrados al día siguiente

En caso de que esto fuese así, se ha hablado de lo que pasaría con los muchos casos de personal interino que por tanto fue cesado muchas veces y posteriormente adquirió la condición de funcionario? Somos muchos así y si indemnizar a los actuales interinos ya sería casi inasumible por el estado, no me quiero pensar lo que pasaría si empezásemos a reclamar esto en los tribunales los que estamos en la situación que describo.

Las sentencias que están saliendo en otras administraciones, están de ambos tipos, tanto los que no continúan trabajando como los que si continúan.

Pero en enseñanza, diferentes informes de abogados de distintos sindicatos territoriales del STES, tienen dudas sobre las consecuencias en otros ámbitos como el de las bolsas, de ahí que por ahora solamente se está tratando esto para quien lo demanda o en todo caso, personal interino que tenga nada que perder, de ahí que no exista campaña alguna por los centros, porque si bien se tiene claro que se gana, se desconoce las posibles consecuencias sobre las mismas, tanto a nivel personal como colectivo.

El problema es que la regulación de las bolsas es algo delicado, solamente acordarse del 302.

Saludos
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Freeman

El problema de raíz es que no facilitan a los interinos sacarse la plaza. Cuando tras años y años ejerciendo, con los exámenes teóricos aprobados, deberían entrar de alguna forma que les fuera asequible.

Porque las condiciones cambian para todos en una década.

Y no hay que hacer un doble acceso, es el mismo para todos. Usted aprueba los exámenes y tras x años de servicio y x méritos usted accede a la plaza.


hugo5

Cita de: Freeman en 12 Febrero, 2018, 17:46:31 PM
El problema de raíz es que no facilitan a los interinos sacarse la plaza. Cuando tras años y años ejerciendo, con los exámenes teóricos aprobados, deberían entrar de alguna forma que les fuera asequible.

Porque las condiciones cambian para todos en una década.

Y no hay que hacer un doble acceso, es el mismo para todos. Usted aprueba los exámenes y tras x años de servicio y x méritos usted accede a la plaza.

Exacto Freeman, si el acceso a la función pública docente tuviera esos mecanismos, no estaríamos ahora con los problemas que tenemos. En ese sentido un grupo de interinos ya publicamos en este mismo foro una propuesta de acceso en el mes de Julio pasado.

Saludos

jmcala

Eso que decís no es posible con la ley actual. Cada proceso selectivo es distinto. No se puede "convalidar" una parte del proceso por haberla superado en procesos anteriores porque sería adulterar el proceso.

Sí que creo que sería posible, y deseable, que fuera considerado un mérito esa circunstancia. De manera que aportara más baremo al aspirante el hecho de haber superado el proceso en alguna ocasión anterior.

Dado que las condiciones en las transitorias fueron declaradas ilegales, el otro punto a exigir sería que las pruebas del proceso de oposición no fueran obligatorias.

Tratar de forzar la creación de la figura del trabajador fijo, en Educación, estoy convencido de que es un retroceso laboral y que, más pronto que tarde, sería una catástrofe para el nuevo colectivo interino que de crease después de la colocación masiva. Nadie estaría en bolsa por tiempo de servicio y la Administración iría llamando en función de otro tipo de criterios, entre ellos los económicos. No olvidemos que los políticos tienen la obligación legal de administrar los bienes públicos de manera efectiva.

www.ejercicios-fyq.com


hugo5

De eso se trata, de cambiar la ley. Ya sabemos lo que hay con la que tenemos.

Saludos

hugo5

Cita de: hugo5 en 14 Febrero, 2018, 14:13:33 PM
De eso se trata, de cambiar la ley. Ya sabemos lo que hay con la que tenemos.

Saludos

Esta sería la nueva ley:

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Modificación de la Disposición adicional duodécima:

"El sistema de ingreso en la función pública docente, regidos siempre por los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, constará de dos fases, concurso-oposición y periodo de prácticas. La fase de concurso-oposición será convocada por las respectivas Administraciones educativas. En esta fase se valorarán entre otros méritos, la formación académica, la experiencia docente previa, la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Las pruebas se convocarán, según corresponda, de acuerdo con las especialidades docentes. Para la selección de los aspirantes se tendrá en cuenta la valoración de ambas partes del concurso-oposición, sin perjuicio de la superación de las pruebas correspondientes.

Los aspirantes que hayan superado la fase de concurso-oposición, accederán a las bolsas de trabajo docentes, ordenados según la puntuación obtenida, y servirá para la provisión de puestos de trabajo docente en prácticas. En estas bolsas permanecerán hasta el próximo proceso selectivo (mínimo dos años), de la que serán llamados por riguroso orden y según las necesidades del servicio para ser contratados y a su vez acceder a la segunda fase.

En la segunda fase, o periodo de prácticas, se valorará la aplicación de los conocimientos, habilidades y técnicas necesarias para el ejercicio docente. Esta fase o periodo de prácticas tendrá una duración no superior a tres años, teniendo, obligatoriamente, que ser superada."



hugo5

Las anotaciones en azúl son los cambios respecto a la actual.

FLAFLI

Por favor, este hilo es para hablar sobre la indemnización por despido, ya hay hilos para tratar el tema de los sistemas de accesos.

Hugo5, lo que has puesto puedes ponerlo en un hilo correspondente, gracias.

Saludos
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