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Días de asuntos propios

Iniciado por Ana ana, 27 Mayo, 2018, 00:14:34 AM

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Mr. Maker

Sí, eso es lo que se suele decir (y hacer), pero no es lo que dice la normativa, no?

Juan Antonio López

Analizando el documento de la Direeción General de Recursos Humanos sobre el disfrute por el personal docente del permiso por asuntos particualres retribuidos:
En el penúltimo párrafo de la página 5 dice que Navidad, Semana Santa y mes de Julio, son periodos no lectivos que no tienen la consideración de vacaciones.
En el último párrafo del documento (página 6) dice: " ... esta Dirección General adopta el criterio de que sea precisamente en los periodos no lectivos en que los centros no permenecen cerrados cuando se puede hacer uso del derecho a este permiso" .



Mr. Maker

O sea, según normativa, a efectos prácticos, es un permiso inútil porque de todos modos no vamos (a no ser que seas parte de un equipo directivo). Correcto?

Juan Antonio López



albay

Aquí hay mucha leña que cortar.

Voy por pasos:

1. Efectivamente nuestras "vacaciones" de Navidad, Semana Santa y Julio, no son tales sino días no lectivos "a disposición de la administración".

2. Los días de asuntos propios nos fueron negados en base a tal argumento, diciendo que ya teníamos muchos. Pero una ley más reciente permite tomarnos también días de asuntos propios en los días no lectivos de finales de Junio y principios de septiembre.

3. Esos días de finales de junio y principios de septiembre son de apertura y cierre de curso y la labor no es lectiva, pero si importante: reuniones, reclamaciones, organización, etc, por lo que queda muy en tela de juicio la posibilidad de irnos de asuntos propios esos días sin perjudicar a otros compañeros-as o sin dejar de hacer nuestras funciones.

4. Todo depende también de los equipos directivos y de su "benevolencia".

5. Nos olvidamos de un agravio comparativo. El del personal laboral del centro (administrativos y conserjes) que suelen tener muchas ventajas. Por ejemplo se benefician de los días que cierra el centro en Navidad y Semana Santa y ellos no trabajan, pese a que su convenio no lo estipula. Pero en cambio pueden pedirse días de asuntos propios incluso en días lectivos. Pero claro los profesores tenemos "tantas vacaciones".... en fin...

Así que nada está claro. Sacad vuestras propias conclusiones.

Freeman

Cita de: albay en 02 Junio, 2018, 02:28:17 AM
Aquí hay mucha leña que cortar.

Voy por pasos:

1. Efectivamente nuestras "vacaciones" de Navidad, Semana Santa y Julio, no son tales sino días no lectivos "a disposición de la administración".

2. Los días de asuntos propios nos fueron negados en base a tal argumento, diciendo que ya teníamos muchos. Pero una ley más reciente permite tomarnos también días de asuntos propios en los días no lectivos de finales de Junio y principios de septiembre.

3. Esos días de finales de junio y principios de septiembre son de apertura y cierre de curso y la labor no es lectiva, pero si importante: reuniones, reclamaciones, organización, etc, por lo que queda muy en tela de juicio la posibilidad de irnos de asuntos propios esos días sin perjudicar a otros compañeros-as o sin dejar de hacer nuestras funciones.

4. Todo depende también de los equipos directivos y de su "benevolencia".

5. Nos olvidamos de un agravio comparativo. El del personal laboral del centro (administrativos y conserjes) que suelen tener muchas ventajas. Por ejemplo se benefician de los días que cierra el centro en Navidad y Semana Santa y ellos no trabajan, pese a que su convenio no lo estipula. Pero en cambio pueden pedirse días de asuntos propios incluso en días lectivos. Pero claro los profesores tenemos "tantas vacaciones".... en fin...

Así que nada está claro. Sacad vuestras propias conclusiones.

Las trabajadoras del comedor del colegio de mis hijos disfrutan de 13 días al año de asuntos propios. Y tienen las mismas vacaciones que los niños... Y cuando no hay niños pues tampoco cocinan.

También deberían salir a las 16.00 y salen a las 15.00 todos los días.

respublica

Cita de: andjifer en 01 Junio, 2018, 22:06:04 PM
O sea, según normativa, a efectos prácticos, es un permiso inútil porque de todos modos no vamos (a no ser que seas parte de un equipo directivo). Correcto?
En la última semana de junio y la primera quincena de septiembre tenemos obligación de asistir todos los días al centro, normalmente de 9 a 14 y aunque en muchos centros, al igual que sucede con todas las horas de "obligada permanencia", no exijan acudir al trabajo incumpliendo la normativa, en otros sí hay que asistir y es en este contexto en el que debe entenderse los días de asuntos propios.


Saludos.
   


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

Juan Antonio López

Cita de: Freeman en 02 Junio, 2018, 08:10:28 AM

Las trabajadoras del comedor del colegio de mis hijos disfrutan de 13 días al año de asuntos propios. Y tienen las mismas vacaciones que los niños... Y cuando no hay niños pues tampoco cocinan.

También deberían salir a las 16.00 y salen a las 15.00 todos los días.


¿Y tú sabes si cobran el sueldo en esos días que no cocinan ? .


rantanplan

Cita de: albay en 02 Junio, 2018, 02:28:17 AM
Aquí hay mucha leña que cortar.

Voy por pasos:

1. Efectivamente nuestras "vacaciones" de Navidad, Semana Santa y Julio, no son tales sino días no lectivos "a disposición de la administración".

2. Los días de asuntos propios nos fueron negados en base a tal argumento, diciendo que ya teníamos muchos. Pero una ley más reciente permite tomarnos también días de asuntos propios en los días no lectivos de finales de Junio y principios de septiembre.

3. Esos días de finales de junio y principios de septiembre son de apertura y cierre de curso y la labor no es lectiva, pero si importante: reuniones, reclamaciones, organización, etc, por lo que queda muy en tela de juicio la posibilidad de irnos de asuntos propios esos días sin perjudicar a otros compañeros-as o sin dejar de hacer nuestras funciones.

4. Todo depende también de los equipos directivos y de su "benevolencia".

5. Nos olvidamos de un agravio comparativo. El del personal laboral del centro (administrativos y conserjes) que suelen tener muchas ventajas. Por ejemplo se benefician de los días que cierra el centro en Navidad y Semana Santa y ellos no trabajan, pese a que su convenio no lo estipula. Pero en cambio pueden pedirse días de asuntos propios incluso en días lectivos. Pero claro los profesores tenemos "tantas vacaciones".... en fin...

Así que nada está claro. Sacad vuestras propias conclusiones.

A lo que hay que sumar que cada vez son menos los días no lectivos de septiembre y junio.

Freeman

Cita de: Juan Antonio López en 03 Junio, 2018, 09:59:50 AM
Cita de: Freeman en 02 Junio, 2018, 08:10:28 AM

Las trabajadoras del comedor del colegio de mis hijos disfrutan de 13 días al año de asuntos propios. Y tienen las mismas vacaciones que los niños... Y cuando no hay niños pues tampoco cocinan.

También deberían salir a las 16.00 y salen a las 15.00 todos los días.


¿Y tú sabes si cobran el sueldo en esos días que no cocinan ? .

Por supuesto que los cobran.


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