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Vocal 8 suplente? Y ahora qué?

Iniciado por darwinvive, 14 Junio, 2018, 14:42:16 PM

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ferchusio

Cita de: Igael en 14 Junio, 2018, 14:49:41 PM
Yo creo que tiran del suplente del mismo sexo. La paridad se tiene que mantener.

vaya subnormalidad con la paridad, en especialidades de fp mayoritariamente masculinas les toca siempre a las pobres compañeras que no quieren formar parte del tribunal.... (igual viceversa). Que lo hagan voluntario, que se haga una formación para poder ser tribunal, que digan los criterios de corrección antes de los exámenes claros y concisos y que se dejen de gili...

rantanplan

Cita de: ferchusio en 15 Junio, 2018, 12:34:46 PMvaya subnormalidad con la paridad, en especialidades de fp mayoritariamente masculinas les toca siempre a las pobres compañeras que no quieren formar parte del tribunal....

La paridad es una solemne memez, no porque se encuentren o no personas  voluntarias o apropiadas de un determinado género, sino porque  en Andalucía el género  declarado por un ser humano al menos desde el 28 de diciembre de 2017, ( o quizás desde 2014) no es algo falsable:

CitarArtículo 4. Principios y efectividad de los derechos.

toda persona tiene derecho a construir para sí una autodefinición con respecto a su cuerpo, identidad sexual, género y orientación sexual. La orientación y/o identidad sexual que cada persona defina para sí es esencial para su personalidad y constituye uno de los aspectos fundamentales de su autodeterminación, dignidad y libertad. Ninguna persona podrá ser presionada para ocultar, suprimir o negar su orientación, identidad sexual o expresión de género.

Artículo 6. El derecho a la igualdad de trato y no discriminación.

1. Toda persona tiene derecho a ser tratada y respetada conforme a su orientación sexual e identidad de género, tanto en el ámbito público como privado. Ninguna persona podrá ser presionada, coaccionada u obligada a ocultar, suprimir o negar su orientación sexual e identidad de género, así como a someterse a tratamientos hormonales, quirúrgicos, psiquiátricos o de cualquier otro tipo con la finalidad de modificar su identidad u orientación sexual.

3. De conformidad con lo establecido en la Ley 2/2014, de 8 de julio, integral para la no discriminación por motivos de identidad de género y reconocimiento de los derechos de las personas transexuales de Andalucía, ninguna persona será obligada a someterse a tratamiento, procedimiento médico o examen psicológico que coarte su libertad de autodeterminación de género.

En resumen, yo soy lo que yo diga y tengo derecho a que se me trate como tal y, además, no se me puede obligar a pasar exámenes de ninguna naturaleza para certificar o desmentir que soy lo que digo ser.

Por tanto, la paridad deja de tener sentido, puesto que a priori desconocemos si un funcionario de la Junta es hombre, es mujer, es las dos cosas dependiendo del día (género fluido) o ninguna de las dos (género no binario).

Es más, cualquier vocal al que hayan confundido su género y cuyo género temerariamente supuesto por la Consejería no coincida con el género del presidente del Tribunal imagino que podrá apelar a que no hay paridad en sus tribunales como prescribe el EBEP y el Real Decreto 276/2010. Como la convocatoria de la Junta no ha respetado la paridad en las sustituciones (entiendo que esto sería recurrible, pero no se resolvería antes de la celebración de las oposiciones), yo no puedo apelar a ello; así que tendré que hacer huelga en caso de que me toque sustituir a un titular.


isaac1978

Pues ese es el problema. Digo yo que el tema de paridad está muy bien y es importante apostar por la igualdad real, pero en algunos casos su aplicación conlleva una discriminación en toda regla. En mi especialidad la mayoría son mujeres y los pocos hombres que hay salimos siempre. Es más, normalmente solo hay 3 o 4 tribunales en Andalucía y si tienes la suerte de que en tu provincia no se constituye ningún tribunal, te mandan a otra provincia para para respetar la paridad en las listas... Surrealista


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