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¿Convocatoria Extraordinaria de Septiembre o Exámenes de Recuperación?

Iniciado por Delacroix, 01 Septiembre, 2018, 10:35:44 AM

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Delacroix

Debatamos sobre este asunto.

Si estamos ante una convocatoria extraordinaria se entiende que la nota que debe ir en la evaluación es la que saque el alumnado en dicho examen. Si es un 5, un 5 y si es un 10, un 10, independientemente del o que haya hecho a lo largo de todo el curso.

Si son exámenes de recuperación el alumnado se presenta solo a la parte o contenidos no superados durante el curso. Esto es lo que nos indican en los centros. Pero claro, al alumnado que tiene que recuperar una evaluación o dos ahora ¿qué nota le pones en la evaluación?¿la que ha sacado en la recuperación sin tener en cuenta lo que ya tenía evaluado durante el curso?¿le haces una nota media?

Esta es una más de la incomprensible legislación y su aplicación en el sistema. Al final el marronazo es para el docente que tiene que evaluar y que haciendo una cosa u otra lo está haciendo mal. Lo importante, al final, es que los apruebes a todos.

b72pijim

Yo me enfrento a mis primeros exámenes de septiembre y no tengo ni idea de qué hacer!

Pero es que incluso en las evaluaciones ordinarias no sabía qué hacer. En mi centro, cada uno hacía lo que buenamente decidía y yo hice un "collage" de lo que cada uno a los que pregunté me fue diciendo.

Definitivamente, creo que debería estar todo mejor definido "desde arriba" para evitar líos.


rantanplan

Cita de: Delacroix en 01 Septiembre, 2018, 10:35:44 AM
Debatamos sobre este asunto.

Si estamos ante una convocatoria extraordinaria se entiende que la nota que debe ir en la evaluación es la que saque el alumnado en dicho examen. Si es un 5, un 5 y si es un 10, un 10, independientemente del o que haya hecho a lo largo de todo el curso.

No hay nada que debatir: basta con leer la(s) orden(es) de evaluación. Es exactamente lo que dices ahí: su calificación en la convocatoria de septiembre es la nota que saque en la prueba extraordinaria. Lo hemos discutido ya. Mira las ordenes de evaluación de ESO y Bachillerato y lo comprobarás.

Delacroix

Cita de: rantanplan en 01 Septiembre, 2018, 12:12:54 PM
Cita de: Delacroix en 01 Septiembre, 2018, 10:35:44 AM
Debatamos sobre este asunto.

Si estamos ante una convocatoria extraordinaria se entiende que la nota que debe ir en la evaluación es la que saque el alumnado en dicho examen. Si es un 5, un 5 y si es un 10, un 10, independientemente del o que haya hecho a lo largo de todo el curso.

No hay nada que debatir: basta con leer la(s) orden(es) de evaluación. Es exactamente lo que dices ahí: su calificación en la convocatoria de septiembre es la nota que saque en la prueba extraordinaria. Lo hemos discutido ya. Mira las ordenes de evaluación de ESO y Bachillerato y lo comprobarás.

Sé que es así pero entonces que no nos pidan conservar partes aprobadas para septiembre. Se va con todo y punto.


M.J.

Hay centros donde se va con todo y otros donde no. Y todo por. O cumplir con la norma nosotros mismos. El alumnado ha de alcanzar los objetivos no aprobados a través de lis estandares. La nota no puede ser la de un estándar, sino la media ponderada de los mismos. De otra forma incurrimos en error. Pienso


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