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Agresión y riesgo inherentes

Iniciado por toroloco, 08 Diciembre, 2018, 09:16:20 AM

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kermit

Por favor, tenéis, creo, tres post hablando de lo mismo. Si fuera posible que alguien los agrupara en el mismo sitio.... angelitoara angelitoara angelitoara angelitoara angelitoara

Busco distintas informaciones para ver en qué está la cosa, a bote pronto,  pero resulta que más bien parecen excluyentes. Yo creía que había alcanzado ya cierto "estatus jurídico" (sin saber el nombre designado para esa figura) pudiendo ser el de autoridad pública o no.
Actualmente, en qué espacio jurídico nos ubicamos los docentes??


https://www.elmundo.es/andalucia/2017/05/10/59133cad46163f49418b45f6.html
http://www.canalsur.es/los-profesores-pasan-a-ser-considerados-autoridad-publica/358293.html

Anyway the wind blows...


toroloco

LOMCE,LOE
Art. 124.3 3. Los miembros del equipo directivo y los profesores y profesoras serán considerados autoridad pública. En los procedimientos de adopción de medidas correctoras, los hechos constatados por profesores, profesoras y miembros del equipo directivo de los centros docentes tendrán valor probatorio y disfrutarán de presunción de veracidad «iuris tantum» o salvo prueba en contrario, sin perjuicio de las pruebas que, en defensa de los respectivos derechos o intereses, puedan señalar o aportar los propios alumnos y alumnas.

CODIGO PENAL
CAPÍTULO II
De los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia
Artículo 550

1. Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas.

En todo caso, se considerarán actos de atentado los cometidos contra los funcionarios docentes o sanitarios que se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, o con ocasión de ellas.

2. Los atentados serán castigados con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de seis meses a tres años en los demás casos.

3. No obstante lo previsto en el apartado anterior, si la autoridad contra la que se atentare fuera miembro del Gobierno, de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, del Congreso de los Diputados, del Senado o de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, de las Corporaciones locales, del Consejo General del Poder Judicial, Magistrado del Tribunal Constitucional, juez, magistrado o miembro del Ministerio Fiscal, se impondrá la pena de prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses.

Chacal

Hombre, muy, muy inherente a nuestro profesión no lo es, pero viendo el patio igual tenemos que resignarnos a que sea habitual, aunque seamos autoridad pública.



jmcala

Eso de que es un riesgo inherente da la medida perfecta de qué cree la CEJA que son los centros educativos.

Por definición deberían ser centros donde el trato, el comportamiento y los modales fuesen exquisitos por parte de todo el colectivo. Para la CEJA es un aparcamiento donde cualquiera puede ir y vaciar el cenicero de su coche.

Esta empresa es una mierda y nosotros haríamos bien en dejar claro que nos desmarcamos de ella.

www.ejercicios-fyq.com


hugo5

Cita de: jmcala en 13 Diciembre, 2018, 21:48:51 PM
Eso de que es un riesgo inherente da la medida perfecta de qué cree la CEJA que son los centros educativos.

Por definición deberían ser centros donde el trato, el comportamiento y los modales fuesen exquisitos por parte de todo el colectivo. Para la CEJA es un aparcamiento donde cualquiera puede ir y vaciar el cenicero de su coche.

Esta empresa es una mierda y nosotros haríamos bien en dejar claro que nos desmarcamos de ella.

www.ejercicios-fyq.com

Para luchar contra la empresa que es una mierda y sus medidas, no hay mejor fórmula que la unidad de TODO el colectivo docente. Prediquemos con el ejemplo.

Saludos.

ciberale

El profesor, el orden y la grapadora
23 Diciembre, 2018

Un juez rechaza la demanda de un docente que reclamaba a la Consejería de Educación casi 17.000 euros tras haber sido agredido en la cabeza por un menor en un instituto

https://m.diariodesevilla.es/juzgado_de_guardia/secreto_de_sumario/juez-rechaza-indemnizacion-profesor-golpeado-grapadora_0_1311768991.html


Chacal

Es bastante vergonzoso ver como la CEJA nos mea encima de forma permanente.

jmcala

También da pena ver cómo nos dejamos mear.

Todo el mundo asume como obligación algo que no lo es: ningún docente está obligado a tratar con delincuentes, a dejarse amenazar o a soportar agresiones.

Ante un caso como el descrito, si no se le puede dar una patada en la cabeza al desgraciado ese en la primera amenaza, se llama a los agentes de la autoridad y que de lo lleven. ¿Qué coño pinta eso de llamar a la madre y que te diga que no va hasta las dos? ¡Y una mierda!

A los delincuentes los atiende la policía y no los docentes.

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