¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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¿SE SABE SI EL CONCURSILLO SEGUIRÁ VIGENTE EL PRÓXIMO CURSO?

Iniciado por BIPEREZ, 19 Febrero, 2019, 18:45:16 PM

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rantanplan

Cita de: respublica en 03 Marzo, 2019, 17:02:16 PMNo se puede pedir una comisión de servicio si no se cumplen los requisitos establecidos y quien no tenga ahora destino definitivo para el próximo curso fuera de su localidad de residencia no puede pedir comisión por ese motivo.

Antes incumplía el requisito de ser funcionario de carrera con destino definitivo en el presente curso, pero ahora ¿cuál es el requisito que no cumplo? ¿Que no sabré exactamente cuál es mi destino definitivo el curso que viene?  En esa situación están todos los demás funcionarios que piden la comisión por conciliación, porque de hecho se les exige que participen en ell CGT como requisito indispensable. Y puede darse el caso de que a un funcionario definitivo en el presente curso le den un centro del mismo municipio en el que reside con lo que le denegarán la comisión, igual que a mi me la denegarán si no obtengo finalmente destino.

Yo no veo cuál es la diferencia entre él y yo (supuesto que yo estuviera en expectativas): ambos desconocemos en marzo cuál será el resultado de la adjudicación del CGT y por tanto si cumpliremos con el requisito de destino: yo no sé si lo tendré ni dónde, pero él no sabrá dónde lo tendrá,.

Cita de: respublica en 03 Marzo, 2019, 17:02:16 PMEn cambio cuando de resuelva el CGT si le dan destino fuera de su residencia sí cumple las condiciones y por ello habilitan un plazo extraordinario para solicitar la comisión por ese motivo.

Pues en ese caso, si veo que la Junta me lo requiere expreamente, vuelvo a echar los papeles. Total me valdré el mismo certificado que pedí en el ayuntamiento dos meses antes. Pero si este mes la Junta no me informa de que en mayo volverá a hacer eso, visto el cambio legislativo, yo no me la jugará y echaría los papeles ahora.

toroloco

Cita de: respublica en 02 Marzo, 2019, 13:40:19 PM
"Disposición adicional tercera. Comisiones de servicio para el personal funcionario de carrera que no haya obtenido aún su primer destino definitivo.

El personal funcionario de carrera que no haya obtenido aún su primer destino definitivo sólo podrá optar a una comisión de servicios por las razones establecidas en el párrafo a) del artículo 3.3 de la Orden de 26 de febrero de 2008."


Esta parte es la que ha quedado anulada por sentencia firme del TSJA y la Consejería decidió no cambiar nada más para no reabrir el debate y ha puesto una nota informativa:



CCOO Enseñanza Andalucía (Facebook) 01/03/19:

¿PUEDO SOLICITAR COMISIÓN DE SERVCIOS SI AÚN NO HE OBTENIDO MI PRIMER DESTINO DEFINITIVO?
Sí. Podrá optar a una comisión de servicio de conformidad con la Orden de 17 de diciembre de 2018, por la que se acuerda el cumplimiento de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso número 452/16
La disposición adicional tercera (Comisiones de servicio para el personal funcionario de carrera que no haya obtenido aún su primer destino definitivo) de la Orden de 24 de mayo de 2011 establece que "el personal funcionario de carrera que no haya obtenido aún su primer destino definitivo sólo podrá optar a una comisión de servicios por las razones establecidas en el párrafo a) del artículo 3.3 de la Orden de 26 de febrero de 2008."


toroloco

Comisiones de Servicio curso 2019/20: Comienza el plazo de presentación de instancias

Entre los días 1 y 31 de marzo de 2018 estará abierto el plazo para la presentación de solicitudes de COMISIONES DE SERVICIO

Plazo de presentación extraordinario para el personal que obtenga su primer destino definitivo en el CGT de ámbito nacional: del 24 al 31 mayo, ambos inclusive.

b) Por razones de conciliación de la vida familiar, personal y laboral.

    El personal funcionario docente podrá solicitar comisión de servicio, cuando existan razones relacionadas con la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, a un municipio distinto al del destino definitivo, con ocasión de vacante. En la solicitud se indicará la causa de la comisión de servicio y se adjuntará la documentación que la justifique, que podrá referirse a las siguientes:
        Para el cuidado de hijos de hasta 3 años.
        Para el cuidado de hijos mayores de 3 años, cónyuges o parejas de hecho, por razón de enfermedad.
        Para el cuidado de otros familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, por razón de enfermedad.
        Por tener el destino en municipio diferente al del domicilio habitual.
        Por estudios del profesorado o de sus hijos cuando el centro del nivel correspondiente a dichos estudios se halle a más de 50 km del municipio del destino.

        Por razones de enfermedad del profesorado no incluidas en el párrafo a) de este apartado.

Esta comisión permite al profesorado definitivo, provisional y en prácticas participar en la colocación de efectivos o "concursillo" (procedimiento de adjudicación de destinos provisionales) a finales de curso, para obtener destino para el curso 2019/2020 por conciliación de vida familiar, personal y laboral. Es obligatoria la participación en el Concurso General de Traslados del año en curso, salvo que la normativa del CGT lo impida.

¿Siendo funcionario en prácticas, puedo solicitar comisión de servicios?

Sí, pero la concesión, en su caso, estará supeditada a la superación de la fase de prácticas.


A ver si alguien puede aclarar esto:
Un funcionario en prácticas o un provisional , al no conocer su destino en el mes de marzo no pueden participar en este proceso. Si obtienen destino en el CGT podrán participar en el plazo extraordinario del 24 al 31 de mayo. Si no lo obtienen no puede solicitar comisión de servicio.

Esta comisión permite al profesorado definitivo, provisional y en prácticas participar en la colocación de efectivos o "concursillo" (procedimiento de adjudicación de destinos provisionales) a finales de curso, para obtener destino para el curso 2019/2020 por conciliación de vida familiar, personal y laboral.

Si se cumple lo anterior y no se puede participar en la comisión, ¿no se podrá participar en la colocación de efectivos de julio-agosto? .....

naquia

Soy funcionaria en prácticas, ¿entonces tengo que solicitar el concursillo ahora o en el plazo extraordinario?


respublica

Cita de: toroloco en 03 Marzo, 2019, 20:55:59 PM
Cita de: respublica en 02 Marzo, 2019, 13:40:19 PM
"Disposición adicional tercera. Comisiones de servicio para el personal funcionario de carrera que no haya obtenido aún su primer destino definitivo.

El personal funcionario de carrera que no haya obtenido aún su primer destino definitivo sólo podrá optar a una comisión de servicios por las razones establecidas en el párrafo a) del artículo 3.3 de la Orden de 26 de febrero de 2008."


Esta parte es la que ha quedado anulada por sentencia firme del TSJA y la Consejería decidió no cambiar nada más para no reabrir el debate y ha puesto una nota informativa:



CCOO Enseñanza Andalucía (Facebook) 01/03/19:

¿PUEDO SOLICITAR COMISIÓN DE SERVCIOS SI AÚN NO HE OBTENIDO MI PRIMER DESTINO DEFINITIVO?
Sí. Podrá optar a una comisión de servicio de conformidad con la Orden de 17 de diciembre de 2018, por la que se acuerda el cumplimiento de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso número 452/16
La disposición adicional tercera (Comisiones de servicio para el personal funcionario de carrera que no haya obtenido aún su primer destino definitivo) de la Orden de 24 de mayo de 2011 establece que "el personal funcionario de carrera que no haya obtenido aún su primer destino definitivo sólo podrá optar a una comisión de servicios por las razones establecidas en el párrafo a) del artículo 3.3 de la Orden de 26 de febrero de 2008."
Lo que dice CCOO es lo mismo que he dicho yo, ¿por qué lo pones entonces?


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

respublica

Cita de: toroloco en 04 Marzo, 2019, 12:13:00 PM
Comisiones de Servicio curso 2019/20: Comienza el plazo de presentación de instancias

Entre los días 1 y 31 de marzo de 2018 estará abierto el plazo para la presentación de solicitudes de COMISIONES DE SERVICIO

Plazo de presentación extraordinario para el personal que obtenga su primer destino definitivo en el CGT de ámbito nacional: del 24 al 31 mayo, ambos inclusive.

b) Por razones de conciliación de la vida familiar, personal y laboral.

    El personal funcionario docente podrá solicitar comisión de servicio, cuando existan razones relacionadas con la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, a un municipio distinto al del destino definitivo, con ocasión de vacante. En la solicitud se indicará la causa de la comisión de servicio y se adjuntará la documentación que la justifique, que podrá referirse a las siguientes:
        Para el cuidado de hijos de hasta 3 años.
        Para el cuidado de hijos mayores de 3 años, cónyuges o parejas de hecho, por razón de enfermedad.
        Para el cuidado de otros familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, por razón de enfermedad.
        Por tener el destino en municipio diferente al del domicilio habitual.
        Por estudios del profesorado o de sus hijos cuando el centro del nivel correspondiente a dichos estudios se halle a más de 50 km del municipio del destino.

        Por razones de enfermedad del profesorado no incluidas en el párrafo a) de este apartado.

Esta comisión permite al profesorado definitivo, provisional y en prácticas participar en la colocación de efectivos o "concursillo" (procedimiento de adjudicación de destinos provisionales) a finales de curso, para obtener destino para el curso 2019/2020 por conciliación de vida familiar, personal y laboral. Es obligatoria la participación en el Concurso General de Traslados del año en curso, salvo que la normativa del CGT lo impida.

¿Siendo funcionario en prácticas, puedo solicitar comisión de servicios?

Sí, pero la concesión, en su caso, estará supeditada a la superación de la fase de prácticas.


A ver si alguien puede aclarar esto:
Un funcionario en prácticas o un provisional , al no conocer su destino en el mes de marzo no pueden participar en este proceso. Si obtienen destino en el CGT podrán participar en el plazo extraordinario del 24 al 31 de mayo. Si no lo obtienen no puede solicitar comisión de servicio.

Esta comisión permite al profesorado definitivo, provisional y en prácticas participar en la colocación de efectivos o "concursillo" (procedimiento de adjudicación de destinos provisionales) a finales de curso, para obtener destino para el curso 2019/2020 por conciliación de vida familiar, personal y laboral.

Si se cumple lo anterior y no se puede participar en la comisión, ¿no se podrá participar en la colocación de efectivos de julio-agosto? .....
Sigo sin entender tus dudas.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

respublica

Cita de: naquia en 04 Marzo, 2019, 12:39:16 PM
Soy funcionaria en prácticas, ¿entonces tengo que solicitar el concursillo ahora o en el plazo extraordinario?
Si lo vas a solicitar alegando que tu destino definitivo está fuera de tu localidad o a más de 50 km. de donde estudias, tienes que esperar al plazo extraordinario que es después de la resolución definitiva del concurso de traslados y siempre que te hayan dado un destino definitivo que cumpla las condiciones. Si no te dan destino no podrás solicitar concursillo alegando esos motivos.

Si vas a alegar otros motivos, por ejemplo, tener un hijo menor de tres años, debes hacerlo ahora en marzo.

Así lo entiendo yo.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

Mr. Maker

Añado mi duda. Quiero participar en el concursillo, pero, ahora mismo, no tengo destino definitivo. Además, según mis cálculos, no creo que me den destino definitivo en este CGT. De las opciones por las que se puede pedir concursillo, solo me valdrían la de "destino en municipio diferente al del domicilio habitual" (esto es cierto, ya que mi destino provisional está en otro municipio distinto) o lo de "estudios de hijos en centros a más de 50 kms". ¿Significa esto que no lo puedo echar ni ahora ni luego? Gracias por la info.


albay

Cita de: andjifer en 04 Marzo, 2019, 17:53:19 PM
Añado mi duda. Quiero participar en el concursillo, pero, ahora mismo, no tengo destino definitivo. Además, según mis cálculos, no creo que me den destino definitivo en este CGT. De las opciones por las que se puede pedir concursillo, solo me valdrían la de "destino en municipio diferente al del domicilio habitual" (esto es cierto, ya que mi destino provisional está en otro municipio distinto) o lo de "estudios de hijos en centros a más de 50 kms". ¿Significa esto que no lo puedo echar ni ahora ni luego? Gracias por la info.

Ahora no. Luego, en junio, sí, en el plazo extraordinario para provisionales.

toroloco

Cita de: respublica en 04 Marzo, 2019, 17:26:48 PM
Cita de: naquia en 04 Marzo, 2019, 12:39:16 PM
Soy funcionaria en prácticas, ¿entonces tengo que solicitar el concursillo ahora o en el plazo extraordinario?
Si lo vas a solicitar alegando que tu destino definitivo está fuera de tu localidad o a más de 50 km. de donde estudias, tienes que esperar al plazo extraordinario que es después de la resolución definitiva del concurso de traslados y siempre que te hayan dado un destino definitivo que cumpla las condiciones. Si no te dan destino no podrás solicitar concursillo alegando esos motivos.

Si vas a alegar otros motivos, por ejemplo, tener un hijo menor de tres años, debes hacerlo ahora en marzo.

Así lo entiendo yo.


Saludos.
Con esto respondes a mis dudas. Gracias

Respecto a la publicación de CCOO la subrayo, lo que no entiendo muy bien es que una orden que regula unas comisiones de servicio no contemple aquella sentencia dejando así un poso de inseguridad jurídica para los participantes.


¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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