¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'

¿Pueden anular el concurso de traslados una vez resuelto?

Iniciado por Triunfadora, 14 Mayo, 2017, 22:43:37 PM

Tema anterior - Siguiente tema

0 Miembros y 1 Visitante están viendo este tema.

paula123

Subo este hilo para relacionarlo con el anterior sobre la baremación de la interinidad en el CGT.
Creo que es importante que se retome este asunto, puede tener efecto dominó y si es como se cuenta puede haber variaciones en la resolución YA publicada...

Conservatoril

El otro día hablando con un compañero sobre una sentencia que ha reconocido como catedrático de música a otro, me comentaban que existe un precepto que hace que no se pueda deshacer un concurso de traslados. Era algo así como "sentencia de imposible cumplimiento" porque implicaba a varias administraciones públicas.

Desconozco si esto es así, pero desde luego es importante si se viene encima lo que parece con el tema de la interinidad y el concurso de traslados
... nunca podría ser un Green Lantern, dado que tendría que ser elegido por los Guardianes de Oa, pero con el suficiente capital y los últimos avances en tecnología, podría ser Batman.


paula123

Gracias por responder Conservatoril,
Sí, es importante porque si la Junta no recurre o si fallan en contra en el siguiente concurso autonómico deberán contar el tiempo de servicio como interino/a.
Y esto tiene efecto domino...si en este último concurso que es nacional también se puede reclamar el mismo motivo, deberíamos reclamar todos YA para que se aplicara también a nivel nacional.
Pero sigo sin tener claro si esto es así 100% como te lo acabo de contar porque ninguno de los tres sindicatos que he consultado se pronuncia...

paula123



fjcm_xx

Cita de: rantanplan en 29 Mayo, 2017, 16:18:26 PM
¡Ah! Acabo de revisar la convocatoria gallega para ver en cuántos puntos más se traduce la interinidad. De la lectura entiendo que la diferencia es que cuentan como interino los punos:

1.1.3: Desempeño en centro de especial dificultad: 2 por año.
1.2. Antigüedad en el cuerpo: 2 por año (1.2.1). También puntúa el haber sido interino en otros cuerpos, pero eso es más raro (1.2.2 y 1.2.3).

¿y a los que no fuimos interinos cuándo nos dan el destino? En la p**** vida. Nos quedamos en el que estamos, pa los restos.


¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'