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IMPORTANTE: SENTENCIA CGT E INTERINIDAD

Iniciado por paula123, 26 Mayo, 2019, 10:58:07 AM

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rantanplan

Que conste que yo no tengo ningún interés personal. De hecho, no tengo tiempo como interino.

Cita de: respublica en 02 Junio, 2019, 20:01:58 PMEl RD 1364/2010 no establece el baremo de los concursos de traslados de ámbito autonómico pero es obvio que carece de sentido aplicar un baremo en años pares y otro distinto en años impares, por lo que ninguna comunidad autónoma lo hace así.

Efectivamente no tiene sentido. Pero mi comentario, se refiere puramente a las leyes, que en España cada vez se alejan más del sentido común y de las bases del derecho moderno.

Cita de: respublica en 02 Junio, 2019, 20:01:58 PMY en el concurso de traslados nacional es obligatorio aplicar el baremo que especifica el Anexo I del RD, en el que el único margen que deja a las comunidades autónomas es el apartado de otros méritos con un máximo de 15 puntos pero en el que se determinan qué méritos pueden incluirse en ese apartado y la antigüedad como interino no es uno de ellos.

No estoy de acuerdo. Y la prueba es que las disposiciones complementarias, ajenas al RD naconal, no se refieren sólo al aparado de otros méritos. De hecho, hay al menos una en la convocatoria andaluza (la que se refiere al apartado 1.1.3, que entra dentro de la valoración de la antigüedad) que modifica sustancialmente el sentido del RD.

paula123

Lo que preocupa a muchos compañeros/as son los plazos.
1. ¿Hasta cuándo puede recurrir la sentencia la JA?
2. ¿Cuánto tiempo tardará en resolverse ese recurso?
3. ¿Cómo afecta a la adjudicación definitiva?
4. Supongamos que consideran finalmente en esta convocatoria del CGT el tiempo de servicio como interino a los funcionarios que lo reclamaron en el apartado 1.2. del baremo. ¿Se mueven los ya adjudicados en la resolución definitiva?¿Pasan a estar suprimidos los que se queden sin plaza por la rebaremación?
5. ¿Cómo afectaría esto al concursillo?

Hay muchas preguntas sin responder...ni desde la administración ni desde los sindicatos están dando respuestas...


respublica



Cita de: paula123 en 03 Junio, 2019, 15:35:46 PM
Lo que preocupa a muchos compañeros/as son los plazos.
1. ¿Hasta cuándo puede recurrir la sentencia la JA?
2. ¿Cuánto tiempo tardará en resolverse ese recurso?
3. ¿Cómo afecta a la adjudicación definitiva?
4. Supongamos que consideran finalmente en esta convocatoria del CGT el tiempo de servicio como interino a los funcionarios que lo reclamaron en el apartado 1.2. del baremo. ¿Se mueven los ya adjudicados en la resolución definitiva?¿Pasan a estar suprimidos los que se queden sin plaza por la rebaremación?
5. ¿Cómo afectaría esto al concursillo?

Hay muchas preguntas sin responder...ni desde la administración ni desde los sindicatos están dando respuestas...


Creo que todas esas preguntas ya han sido respondidas.

1. ¿Hasta cuándo puede recurrir la sentencia la JA?

- Según decía el segundo vídeo, la sentencia ya fue recurrida por la Consejería al Supremo.


2. ¿Cuánto tiempo tardará en resolverse ese recurso?

- En el segundo vídeo dicen que dos o tres años, pero pueden ser más


3. ¿Cómo afecta a la adjudicación definitiva?

Esa sentencia no tiene nada que ver con el actual concurso de traslados, sino con el de hace dos años, y no le afecta en nada.

Esta misma respuesta sirve para las restantes preguntas.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

caroma

Buenas ¿Sabéis cuánto puntúan en otras comunidades por año de interinidad? Muchas gracias.


jeguso

Cita de: paula123 en 03 Junio, 2019, 15:35:46 PM
5. ¿Cómo afectaría esto al concursillo?

Hay muchas preguntas sin responder...ni desde la administración ni desde los sindicatos están dando respuestas...

De lleno. Por lo que se dice en los vídeos y el grupo de facebook el tribunal superior de justicia dice que nos tienen que aplicar la ley de ordenación de la Junta de Andalucía así que para ordenarnos a todos nos tienen que contabilizar la antigüedad como interinos. Si no lo hacen, a los juzgados.


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