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¿Y la evaluación de Septiembre cómo será?

Iniciado por albay, 07 Junio, 2020, 14:07:01 PM

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franxx

Cita de: rantanplan en 08 Junio, 2020, 16:10:51 PM
Cita de: fran5 en 08 Junio, 2020, 11:30:38 AMQué parte de la Orden de evaluación es la que incumple? Es para avisar al equipo directivo y éstos, a su vez, avisar al inspector, que en permanente contacto con la dirección, fue quien le aconsejó de esta circunstancia.

Pues obviamente, la parte en la que se explica en qué consiste la evaluación de septiembre: artículo 20.4 de la orden de secundaria y artículo 23.5 de la orden de bachillerato. Si me dices que metió la cuchara el inspector, me lo explico mejor: muchos inspectores tienen la fea costumbre de hablar sin ni siquiera haberse leído la normativa.

Mas alla de la normativa está el sentido común. Dios no lo quiera pero imagínate que hay un brote fuerte por el movimiento de personas en el verano y no pueden venir al insti en septiembre a los exámenes porque lo prohiben. ¿que hacemos entonces los que hemos apostado todo al negro y no hay un plan B?. ¿Aprobado general?. Yo no veo mal esa solución por si las moscas...

Mr. Maker

Y no podría aplicarse todo esto de incumplimiento de normativa a la evaluación ordinaria de ahora en junio? (pregunto, sin tener clara la respuesta, claro):


fran5

Cita de: andjifer en 08 Junio, 2020, 22:19:14 PM
Y no podría aplicarse todo esto de incumplimiento de normativa a la evaluación ordinaria de ahora en junio? (pregunto, sin tener clara la respuesta, claro):

Por esa misma regal de tres, entiendo que también se estaría incumpliendo en esta tercera evaluación. Por eso, la Junta sacó unas instrucciones para regular todo este tiempo y volverá a sacar unas nuevas instrucciones para regular las pruebas extraordinarias de septiembre para el caso en el que no podamos volver. Por ello, pienso que hay que tener previsto los 2 posibles escenarios para septiembre.

rantanplan

Cita de: fran5 en 08 Junio, 2020, 22:52:08 PMPor esa misma regal de tres, entiendo que también se estaría incumpliendo en esta tercera evaluación. Por eso, la Junta sacó unas instrucciones para regular todo este tiempo y volverá a sacar unas nuevas instrucciones para regular las pruebas extraordinarias de septiembre para el caso en el que no podamos volver. Por ello, pienso que hay que tener previsto los 2 posibles escenarios para septiembre.

¿Qué regla de tres? La evaluación hasta junio es continua. Evalúas continuamente utilizando las herramientas que estimes oportunas las cuales incluyen exámenes o no Tú decides..No se basa exclusivamente en la realización y calificación de una única prueba. Las instrucciones se limitan a puntualizan lo indicado en las órdenes, no lo contrarían, porque no pueden hacerlo por el principio de jerarquía normativa. Para contrariarlo tendrían que ser al menos  órdenes .La extraordinaria de septiembre en cambio consiste en evaluar a través de una prueba y lo deja meridianamente claro la normativa: si este año hay que evaluar mediante otro procedimiento, la Junta tendrá que promulgar, al menos, una orden  que lo describa.

Evaluar en septiembre con tareas hechas en veranos o tomando como referencia  actividades realizadas durante el periodo lectivo incumple la normativa de evaluación vigente.


fran5

Cita de: rantanplan en 09 Junio, 2020, 08:57:05 AM
Cita de: fran5 en 08 Junio, 2020, 22:52:08 PMPor esa misma regal de tres, entiendo que también se estaría incumpliendo en esta tercera evaluación. Por eso, la Junta sacó unas instrucciones para regular todo este tiempo y volverá a sacar unas nuevas instrucciones para regular las pruebas extraordinarias de septiembre para el caso en el que no podamos volver. Por ello, pienso que hay que tener previsto los 2 posibles escenarios para septiembre.

¿Qué regla de tres? La evaluación hasta junio es continua. Evalúas continuamente utilizando las herramientas que estimes oportunas las cuales incluyen exámenes o no Tú decides..No se basa exclusivamente en la realización y calificación de una única prueba. Las instrucciones se limitan a puntualizan lo indicado en las órdenes, no lo contrarían, porque no pueden hacerlo por el principio de jerarquía normativa. Para contrariarlo tendrían que ser al menos  órdenes .La extraordinaria de septiembre en cambio consiste en evaluar a través de una prueba y lo deja meridianamente claro la normativa: si este año hay que evaluar mediante otro procedimiento, la Junta tendrá que promulgar, al menos, una orden  que lo describa.

Evaluar en septiembre con tareas hechas en veranos o tomando como referencia  actividades realizadas durante el periodo lectivo incumple la normativa de evaluación vigente.

De acuerdo con lo que dices. En la Orden, no aparece el tipo de prueba que puede ser. Mi pregunta es: ¿podría ser una prueba online durante esos primeros 5 días de septiembre?

Mr. Maker

Cita de: rantanplan en 09 Junio, 2020, 08:57:05 AM
Cita de: fran5 en 08 Junio, 2020, 22:52:08 PMPor esa misma regal de tres, entiendo que también se estaría incumpliendo en esta tercera evaluación. Por eso, la Junta sacó unas instrucciones para regular todo este tiempo y volverá a sacar unas nuevas instrucciones para regular las pruebas extraordinarias de septiembre para el caso en el que no podamos volver. Por ello, pienso que hay que tener previsto los 2 posibles escenarios para septiembre.

¿Qué regla de tres? La evaluación hasta junio es continua. Evalúas continuamente utilizando las herramientas que estimes oportunas las cuales incluyen exámenes o no Tú decides..No se basa exclusivamente en la realización y calificación de una única prueba. Las instrucciones se limitan a puntualizan lo indicado en las órdenes, no lo contrarían, porque no pueden hacerlo por el principio de jerarquía normativa. Para contrariarlo tendrían que ser al menos  órdenes .La extraordinaria de septiembre en cambio consiste en evaluar a través de una prueba y lo deja meridianamente claro la normativa: si este año hay que evaluar mediante otro procedimiento, la Junta tendrá que promulgar, al menos, una orden  que lo describa.

Evaluar en septiembre con tareas hechas en veranos o tomando como referencia  actividades realizadas durante el periodo lectivo incumple la normativa de evaluación vigente.

Muy interesante. Pues no los veo yo publicando una orden en verano, pero...

rantanplan

Cita de: fran5 en 09 Junio, 2020, 10:11:50 AMDe acuerdo con lo que dices. En la Orden, no aparece el tipo de prueba que puede ser. Mi pregunta es: ¿podría ser una prueba online durante esos primeros 5 días de septiembre?

Como se limita a decir que es una prueba, en principio, puede tener la naturaleza que establezcas. SI salieran unas instrucciones fijando qué reglas debería cumplir, tendrías que ceñirte a ellas. ¿Que yo me hago el longuis y corrijo a los alumnos tareas de veranos y guardo notas y demás irregularidades. Pues allá cada cual, pero que no se le ocurra cambiar la programación para dejar eso por escrito.

En cualquier caso, yo soy de la opinión de que, siendo tranquilo el verano, en septiembre habrá exámenes presenciales. Sobre todo porque si no hubiera exámenes presenciales, eso significaría que tampoco habría clases presenciales dos semanas después. Y eso, salvo que pase algo gordo en verano, no ocurrirá.

Aethar

Hola,

Subo este tema porque, revisando la orden de 15 de enero de 2021, observo que, en referencia a la extraordinaria, han cambiado la palabra "prueba" por "proceso". Es verdad que dicha orden no entra en vigor hasta el próximo curso.


ORDEN 14 JULIO DE 2016

Artículo 20

"4. El alumnado con evaluación negativa podrá presentarse a la prueba  extraordinaria de las materias no superadas que los centros docentes organizarán durante los primeros cinco días hábiles del mes de septiembre. Esta prueba será elaborada por el departamento de coordinación didáctica que corresponda en cada caso. Los resultados obtenidos por el alumnado en dicha prueba se extenderán en la correspondiente acta de evaluación, en el expediente académico del alumno o alumna y en el historial académico".


ORDEN 15 DE ENERO DE 2021

Artículo 43.

3. Para el alumnado que curse el primer ciclo y obtenga evaluación negativa en alguna materia, con la finalidad de proporcionar referentes para la superación de la misma en la evaluación extraordinaria, el profesor o profesora correspondiente elaborará un informe sobre los objetivos, criterios de evaluación y aprendizajes no adquiridos y la propuesta de actividades en cada caso. El alumnado con evaluación negativa podrá presentarse a la evaluación extraordinaria de las materias no superadas que los centros docentes organizarán durante los primeros cinco días hábiles del mes de septiembre. El proceso de evaluación extraordinaria será diseñado por el departamento de coordinación didáctica que corresponda en cada caso. Los resultados obtenidos por el alumnado en dicha evaluación se extenderán en la correspondiente acta de evaluación, en el expediente y en el historial académico del alumno o alumna


diletante

Cita de: andjifer en 09 Junio, 2020, 11:57:11 AM
Cita de: rantanplan en 09 Junio, 2020, 08:57:05 AM
Cita de: fran5 en 08 Junio, 2020, 22:52:08 PMPor esa misma regal de tres, entiendo que también se estaría incumpliendo en esta tercera evaluación. Por eso, la Junta sacó unas instrucciones para regular todo este tiempo y volverá a sacar unas nuevas instrucciones para regular las pruebas extraordinarias de septiembre para el caso en el que no podamos volver. Por ello, pienso que hay que tener previsto los 2 posibles escenarios para septiembre.

¿Qué regla de tres? La evaluación hasta junio es continua. Evalúas continuamente utilizando las herramientas que estimes oportunas las cuales incluyen exámenes o no Tú decides..No se basa exclusivamente en la realización y calificación de una única prueba. Las instrucciones se limitan a puntualizan lo indicado en las órdenes, no lo contrarían, porque no pueden hacerlo por el principio de jerarquía normativa. Para contrariarlo tendrían que ser al menos  órdenes .La extraordinaria de septiembre en cambio consiste en evaluar a través de una prueba y lo deja meridianamente claro la normativa: si este año hay que evaluar mediante otro procedimiento, la Junta tendrá que promulgar, al menos, una orden  que lo describa.

Evaluar en septiembre con tareas hechas en veranos o tomando como referencia  actividades realizadas durante el periodo lectivo incumple la normativa de evaluación vigente.

Muy interesante. Pues no los veo yo publicando una orden en verano, pero...

Hasta 4 que yo recuerde han sacado, y serán más......

sergioiq

Cita de: Aethar en 14 Mayo, 2021, 16:49:15 PM
Hola,

Subo este tema porque, revisando la orden de 15 de enero de 2021, observo que, en referencia a la extraordinaria, han cambiado la palabra "prueba" por "proceso". Es verdad que dicha orden no entra en vigor hasta el próximo curso.


ORDEN 14 JULIO DE 2016

Artículo 20

"4. El alumnado con evaluación negativa podrá presentarse a la prueba  extraordinaria de las materias no superadas que los centros docentes organizarán durante los primeros cinco días hábiles del mes de septiembre. Esta prueba será elaborada por el departamento de coordinación didáctica que corresponda en cada caso. Los resultados obtenidos por el alumnado en dicha prueba se extenderán en la correspondiente acta de evaluación, en el expediente académico del alumno o alumna y en el historial académico".


ORDEN 15 DE ENERO DE 2021

Artículo 43.

3. Para el alumnado que curse el primer ciclo y obtenga evaluación negativa en alguna materia, con la finalidad de proporcionar referentes para la superación de la misma en la evaluación extraordinaria, el profesor o profesora correspondiente elaborará un informe sobre los objetivos, criterios de evaluación y aprendizajes no adquiridos y la propuesta de actividades en cada caso. El alumnado con evaluación negativa podrá presentarse a la evaluación extraordinaria de las materias no superadas que los centros docentes organizarán durante los primeros cinco días hábiles del mes de septiembre. El proceso de evaluación extraordinaria será diseñado por el departamento de coordinación didáctica que corresponda en cada caso. Los resultados obtenidos por el alumnado en dicha evaluación se extenderán en la correspondiente acta de evaluación, en el expediente y en el historial académico del alumno o alumna

Antes podía interpretarse que la prueba era obligatoria. Ahora es proceso, por lo que está más abierto, pero la realización de ejercicios, tareas... y hacer un examen en septiembre es un proceso.


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