¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'

Duda renuncia cuidado menor de 3 años

Iniciado por niuskiz, 23 Julio, 2020, 12:52:00 PM

Tema anterior - Siguiente tema

0 Miembros y 2 Visitantes están viendo este tema.

niuskiz

¡Hola!  A ver si alguien me puede  ayudar  con  una duda  que tengo. Soy interina con vacante, actualmente  estoy de baja por maternidad  y me han dado vacante informatizada.  Mi baja termina a principios de octubre y a esta baja tendría que sumar las 4 semanas adicionales,  la lactancia y la recuperación de las vacaciones de agosto por lo que previsiblemente me incorporaría a finales de diciembre.  Mi duda es: si decido no incorporarme y renunciar a la vacante,  ¿debo hacerlo ahora en las definitivas o en octubre cuando acabe mi baja?  En caso de que renuncie ¿me seguirían pagando las 4 semanas adicionales y la recuperación  de las vacaciones? (la lactancia  tengo  entendido que  si renuncias a la vacante  no tienes derecho a ella) .
Muchas gracias por vuestra ayuda

Fibrelia

Cita de: niuskiz en 23 Julio, 2020, 12:52:00 PM
¡Hola!  A ver si alguien me puede  ayudar  con  una duda  que tengo. Soy interina con vacante, actualmente  estoy de baja por maternidad  y me han dado vacante informatizada.  Mi baja termina a principios de octubre y a esta baja tendría que sumar las 4 semanas adicionales,  la lactancia y la recuperación de las vacaciones de agosto por lo que previsiblemente me incorporaría a finales de diciembre.  Mi duda es: si decido no incorporarme y renunciar a la vacante,  ¿debo hacerlo ahora en las definitivas o en octubre cuando acabe mi baja?  En caso de que renuncie ¿me seguirían pagando las 4 semanas adicionales y la recuperación  de las vacaciones? (la lactancia  tengo  entendido que  si renuncias a la vacante  no tienes derecho a ella) .
Muchas gracias por vuestra ayuda

Según entiendo, tienes que renunciar dentro de los diez días tras las definitivas, creo recordar. No te pagan, lógicamente, y te cuenta el tiempo de servicio de la vacante.

Si me equivoco, que me corrija alguien.

Mi duda es si una vez que te acoges al cuidado de menor de 3 años tras las definitivas y la vacante, si puedes regresar y volver en mitad del curso, incorporándote a SIPRI en tu posición de ese momento.


chihuahua73

Cuando yo lo hice eran solo 5 dás de plazo desde que salían las definitivas. Es por el curso completo, no puedes cortarlo antes.

niuskiz

Muchas gracias a los dos  por vuestras respuestas. Fibrelia, entiendo que cuando dices que no se cobra te refieres a que no se cobra una vez agotados todos los permisos (maternidad,  4 semanas adicionales y recuperación de las vacaciones).¿o si no me incorporo no tengo derecho a ellos? Es que como me ha pillado la baja entre dos cursos me surge esa duda.


albay

Creo haber leído en algún sitio que si lo pides, la excedencia no termina hasta que el menor cumpla 3 años. Si el menor tiene ahora 1 año, hasta dentro de dos no se podría volver a bolsa. ¿Es eso cierto o estoy equivocado?

Fibrelia

Cita de: albay en 23 Julio, 2020, 19:40:18 PM
Creo haber leído en algún sitio que si lo pides, la excedencia no termina hasta que el menor cumpla 3 años. Si el menor tiene ahora 1 año, hasta dentro de dos no se podría volver a bolsa. ¿Es eso cierto o estoy equivocado?

Esa es mi gran duda.

Yo entiendo que si una interina se acoge al cuidado de un menor de 3 años tras conseguir una vacante (o sustitución en SIPRI), puede cortarlo antes, avisando con 15 días de antelación.

Quizás esté equivocada, pero no es obligatorio estar el curso completo como activo no disponible. Sólo se puede hacer una vez por curso, o hasta que el hijo cumpla 3 años, claro.

¿Es así o una vez que lo pides ya no trabajas hasta septiembre del próximo curso?

albay

No lo sé, yo también tengo la misma duda. A ver si alguien nos lo aclara.

respublica

Está todo en la Orden de 10 de junio de 2020.

Procede realizar una lectura atenta de los artículos 51, 52 y 53.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


albay

Gracias respublica. Sabía que serías tú quien resolviese la duda.

Efectivamente se puede renunciar, pero si lo haces será hasta que el menor cumpla los 3 años, por lo tanto, el caso al que me refiero sería para dos años.

Fibrelia

Cita de: respublica en 23 Julio, 2020, 23:07:29 PM
Está todo en la Orden de 10 de junio de 2020.

Procede realizar una lectura atenta de los artículos 51, 52 y 53.


Saludos.

Gracias por tu ayuda, res.

Parece un trabalenguas de Groucho Marx.

A ver si lo he entendido bien.

Soy interina. Me dan vacante en la colocación de efectivos para este curso que entra. Tengo un hijo de menos de un año. Me acojo a ello y me pongo activa no disponible. No me incorporo. Me cuenta todo el tiempo de servicio y obviamente no cobro.

Pero entonces, ¿ya no puedo volver a incorporarme (vacantes, sustituciones, lo que sea) hasta que el niño cumpla los 3 años?

Gracias.


¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'