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AYUDA - Trabajar para el IES anterior en agosto

Iniciado por albaorienta, 13 Agosto, 2020, 22:49:46 PM

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jmcala

En el Decreto 327/2010 se puede leer:

Artículo 77.- Competencias de la Secretaría.

Son competencias de la Secretaría:

a) Ordenar el régimen administrativo del instituto, de conformidad con las directrices de la dirección.

b) Ejercer la secretaría de los órganos colegiados de gobierno del instituto, establecer el plan de reuniones dedichos  órganos,  levantar  acta  de  las  sesiones  y  dar  fe  de  los  acuerdos,  todo  ello  con  el  visto  bueno  de  la dirección.

c) Custodiar los libros oficiales y archivos del instituto.

d) Expedir, con el visto bueno de la dirección, las certificaciones que soliciten las autoridades y las personas interesadas.

e) Realizar el inventario general del instituto y mantenerlo actualizado.

f) Adquirir el material y el equipamiento del instituto, custodiar y gestionar la utilización del mismo y velar por su mantenimiento en todos los aspectos, de acuerdo con la normativa vigente y las indicaciones de la dirección, sin perjuicio de las facultades que en materia de contratación corresponden a la persona titular de la dirección, de conformidad con lo recogido en el artículo 72.1. k).

g)  Ejercer,  por  delegación  de  la  dirección  y  bajo  su  autoridad,  la  jefatura  del  personal  de  administración  y servicios  y  de  atención  educativa  complementaria  adscrito  al  instituto  y  controlar  la  asistencia  al  trabajo  del mismo.

h)  Elaborar,  en  colaboración  con  los  restantes  miembros  del  equipo  directivo,  el  horario  del  personal  de administración y servicios y de atención educativa complementaria, así como velar por su estricto cumplimiento.

i) Elaborar el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos del instituto.

j) Ordenar el régimen económico del instituto, de conformidad con las instrucciones de la dirección, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante la Consejería competente en materia de educación y los órganos a los que serefiere el artículo 27.4.

k) Cualesquiera  otras  que  le  sean  atribuidas  en  el  Plan  de  Centro  o  por  Orden  de  la  persona  titular  de  la Consejería competente en materia de educación.



Creo que queda muy claro que no hay duplicidad de funciones con respecto a lo que debe hacer el personal administrativo del centro. Sin embargo, es demasiado común que se dediquen los miembros del equipo directivo a matricular a estudiantes, por ejemplo.

rantanplan

Cita de: jmcala en 17 Agosto, 2020, 12:42:01 PMCreo que queda muy claro que no hay duplicidad de funciones con respecto a lo que debe hacer el personal administrativo del centro. Sin embargo, es demasiado común que se dediquen los miembros del equipo directivo a matricular a estudiantes, por ejemplo.

Yo en esta cuestión soy taxativo y voy a muerte con la administración: si ya tienes un idiota que te hace el trabajo, ¿para qué mandar a alguien que te cuesta dinero?


jmcala

Efectivamente, rantanplan. La CEJA hace bien en ahorrar presupuesto PÚBLICO teniendo a un montón de profesionales con vocación que están dispuestos a ahorrar dinero haciendo la labor de otros profesionales.

Lo que no tengo tan claro es que esos docentes que confunden vocación con servilismo sean conscientes del daño que hacen al sistema público educativo con su actitud. Lo de que vayan por ahí tratando de dar lecciones éticas y profesionales es ya producto de cierta falta de razonamiento crítico.

fortunate

Pero esos serviles o vocacionales de pacotilla serán los que después se quejan por todo en las salas de profesores.


albay

Cita de: jmcala en 17 Agosto, 2020, 12:42:01 PM
Creo que queda muy claro que no hay duplicidad de funciones con respecto a lo que debe hacer el personal administrativo del centro. Sin embargo, es demasiado común que se dediquen los miembros del equipo directivo a matricular a estudiantes, por ejemplo.

Tardo menos en matricular yo a los alumnos-as que en explicarle al administrativo cómo se hace, para luego tener que repasarlo yo todo de nuevo. No es cuestión de hacerle el trabajo al personal administrativo. Se trata de ahorrarme trabajo yo, explicándole algo que va a hacer mal y yo tendré que repetir. Me ahorro tiempo.

Callistenes

Cita de: albaorienta en 16 Agosto, 2020, 13:15:16 PM
Cita de: Callistenes en 15 Agosto, 2020, 21:41:29 PM
¿Fuiste Orientadora hasta el 30 de junio? Como director de mi centro no te hubiese pedido ese trabajo en vacaciones, aunque sí te hubiera adelantado la información para que lo tuvieras la primera semana de septiembre. Sí eres responsable del seguimiento que te corresponde, como Orientadora, durante todo el curso 2019/2020. Tras lo que ya hiciste en marzo imagino un trabajo de seguimiento de ese joven, coordinado con el Equipo Docente y el Equipo Directivo, hasta la Evaluación Ordinaria. Y firmarlo es muy fácil con la DIPA.

Buenos días, Callistenes, en primer lugar, te agradezco enormemente que me des tu punto de vista como director, ya que ello me ayuda bastante a tener una perspectiva más amplia de la realidad.

Efectivamente, he sido la orientadora hasta el 30 de junio y, si no tienes inconveniente, me gustaría plantearte algunas cuestiones al respecto para ver si puedo llegar a entender mejor la situación, así como resumirte un poco este caso en concreto (ya que va a acompañado de otros muchos aspectos que avivan mi actitud).

Cuando comentas que hubieras adelantado la información para tenerla lista en la primera semana de septiembre, dada la complejidad de un caso así y la alta confidencialidad que requiere, ¿lo hubieras hecho a través de un canal de comunicación oficial (como puede ser Séneca) o con un mensaje de Whatsapp lo hubieras considerado adecuado? Si no lo hubieras hecho en período vacacional, ¿cuándo hubiera sido? Y, en la primera semana de septiembre, ¿quién se considera el orientador/a del centro? ¿A la persona que ha cesado el 30 de junio o a la que toma posesión el 1 de septiembre?

De otro lado, me voy a ceñir al cumplimiento del protocolo recogido en el Anexo II de la Orden de 20 de junio de 2011. En el Paso 4 de dicho protocolo, se indica La dirección del centro solicitará al departamento de orientación o equipo de orientación educativa que corresponda la evaluación inicial del caso, en la que colaborará el tutor o tutora o el equipo docente, con la información que haya obtenido del menor o la menor, y de su familia, pues bien, este proceso es el que llevé a cabo en los momentos previos al mes de marzo, elaborando en consecuencia precisamente el correspondiente informe, firmándolo y entregándolo personalmente en mano al director un día antes del confinamiento, a fin de que pudiera informar al Servicio de Inspección y dar continuidad a dicho protocolo, es decir, enviar la hoja SIMIA junto con este informe. Cabe añadir que facilité, en varias ocasiones (y, en varias ocasiones, se perdieron, que es lo que creo que ha ocurrido con el informe) la normativa y la hoja SIMIA y que los pasos previos 2 y 3 no se habían realizado a pesar de que el alumno llevaba ya varios años en el centro y el Equipo Directivo era conocedor de su situación (y, además, habiendo tenido hermanos/as escolarizados en dicho centro que abandonaron los estudios de manera prematura).

Como ya sabemos, el 13 de marzo entramos en confinamiento y el director no vuelve a contactar conmigo hasta el 16 de abril (encontrándome en una reunión virtual de coordinación con los tutores/as), pero no para coordinarnos en el seguimiento del caso (aún no había enviado la hoja SIMIA y me parece a mí que el informe había pasado a mejor vida, pero no lo puedo afirmar con rotundidad), sino para preguntarme que qué estábamos haciendo para registrar el contacto con el alumnado, conocer si contaban con recursos TIC, etc. (aclaro que había estado totalmente desaparecido en combate y que no habíamos recibido directrices de absolutamente NADA; los tutores/as intentaban contactar con él y no les devolvía las llamadas ni respondía a los Séneca). Total, que frente a esta orfandad directiva, nos vimos obligados a reunirnos mañana, tarde y noche, fuera miércoles o domingo, para diseñar nuestros propios medios de registro, coordinación y seguimiento, incluyendo el de las graves circunstancias en las que se encontraba este alumno (mientras que el Equipo Directivo se mantenía al margen o, al menos a mí, nadie me convocó a ninguna reunión de coordinación ni me solicitó información expresa). Sí he de decir que, como yo también asumía toda la responsabilidad de coordinar el absentismo (jamás, repito, JAMÁS, ningún miembro del Equipo Directivo acudió a ninguna reunión con la técnico, ni con la Comisión Local, ni nada, de hecho, ni conocían el protocolo y no voy a contar cómo tenía que abrir yo el perfil de alumno absentista en Séneca), cuando Inspección les pidió explicaciones, como no tenían control de nada, pues les tuve que facilitar mi registro de todo el trabajo que yo había estado haciendo con detalles pormenorizados sobre en qué estadio se encontraba cada alumno/a que cumplía los criterios.

Total, retomando el desarrollo del protocolo, una vez llevado a cabo el Paso 5, en el apartado de 'Evaluación y seguimiento', se indica lo siguiente:
En todos los casos de maltrato, haya sido necesaria o no la intervención de agentes externos al centro educativo, el equipo directivo realizará un seguimiento de la situación y de las condiciones en que se encuentre el alumno o alumna afectado. Para ello, periódicamente realizará un análisis de la situación basándose en los indicadores que detectaron la situación, recabando la información que fuera necesaria.

Me parece perfecto, pero resulta que la información que se está demandando no es la de seguimiento (algo que puede consultarse directamente en el sistema de registro que ideamos durante el confinamiento), sino el informe primero que entregué en el mes de marzo ya que, en la celebración de la evaluación ordinaria, aún no había remitido la hoja SIMIA y manifestó su intención de hacerlo en el mes de septiembre y yo le dije que NO, que debía hacerse cuanto antes.

Dicho todo esto, lo que tengo claro es que yo he cumplido con lo establecido en el protocolo y he llevado a cabo, junto con la tutora, el seguimiento del chico (el cual, estaba prácticamente desconectado y le costaba horrores seguir la docencia telemática). En este sentido, dábamos parte quincenalmente al equipo directivo a través de un documento colaborativo y numerosos listados para la dotación de recursos, pero nada, no se hizo NADA.

Y ahora, con un poco más de información, ¿tengo que continuar salvando los muebles de este centro o puedo considerar con tranquilidad que ya he realizado mi cometido?

Muchas gracias de antemano.

PD: sí, si yo sé firmar documentos externos con la DIPA a través de Séneca, lo que no sé es si, teniendo en cuenta que en la firma digital aparece la fecha, es un trámite legal estando en período de vacaciones y no siendo ya la orientadora de este centro, puesto que me ha sido adjudicado un nuevo destino.


Alba, no te juzgo. Al revés, intento ayudarte. De hecho, en esta intervención das bastante más información que en la primera. No me interesa cuál es tu centro ni quién ocupa la dirección. Solo ten presente que has sido orientadora hasta el 30 de junio. Y que un informe, sea de la naturaleza que sea, no sería el mismo el 13 de marzo que el 30 de junio. Y tú eres responsable solo de tu parcela.

Por cierto, en mi centro todos nos llamamos por teléfono cuando es imprescindible. Y un servidor, aunque esto te aporte poco, hoy ha ido a trabajar.

De veras que solo pretendía ayudarte.

jdegranada

Cita de: parruna en 15 Agosto, 2020, 21:24:50 PM
Cómo se os nota la vocación de docente siempre dispuesto a ayudar.
Cuánto servilismo en tan pocas palabras. Seguro que es de los que se hace ver por el centro  media hora antes y media hora después de su horario. Espero que le sirva para algo al menos.

ameru

Cita de: parruna en 15 Agosto, 2020, 21:24:50 PM
Cómo se os nota la vocación de docente siempre dispuesto a ayudar.

Algunos se creen o Dios o juez/jueza... Será vocación frustrada?


fernandete

Cita de: ameru en 18 Agosto, 2020, 19:32:46 PM
Cita de: parruna en 15 Agosto, 2020, 21:24:50 PM
Cómo se os nota la vocación de docente siempre dispuesto a ayudar.

Algunos se creen o Dios o juez/jueza... Será vocación frustrada?

O frustración vocacional. Quién sabe...

Saludos

fernandete

Cita de: albay en 17 Agosto, 2020, 17:33:54 PM
Cita de: jmcala en 17 Agosto, 2020, 12:42:01 PM
Creo que queda muy claro que no hay duplicidad de funciones con respecto a lo que debe hacer el personal administrativo del centro. Sin embargo, es demasiado común que se dediquen los miembros del equipo directivo a matricular a estudiantes, por ejemplo.

Tardo menos en matricular yo a los alumnos-as que en explicarle al administrativo cómo se hace, para luego tener que repasarlo yo todo de nuevo. No es cuestión de hacerle el trabajo al personal administrativo. Se trata de ahorrarme trabajo yo, explicándole algo que va a hacer mal y yo tendré que repetir. Me ahorro tiempo.

En eso no estoy de acuerdo Albay.

Puede ser que haya quien no haga bien su trabajo. No lo niego. Es más, muchas veces hace que el de uno mismo sea más tedioso, pero el trabajo de esa figura requiere unas instrucciones por muy costosas que sean, y el puesto de trabajo es necesario (cuando digo el puesto de trabajo no me refiero a un empleo que se cree, sino a la definición del puesto en sí: características y funciones)
Una vez creado (que ya lo está) y ocupado el puesto habría que hablar de lo que comentas.

Comprendo que cuando uno está desbordado de trabajo sea más rápido hacerlo uno mismo, pero creo que a estas cuestiones hay que darle un enfoque coyuntural para reivindicarlo, porque la Junta -magnífica trilera- nos la cuela con calzador excusándose en que el PAS es personal de otra consejería o del IAAP.

Saludos



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