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cobrar la navidad

Iniciado por Kalipso, 06 Octubre, 2015, 23:54:45 PM

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Corichi

Cita de: sisi1983 en 17 Noviembre, 2016, 20:11:06 PM
hola, retomo este hil, a ver si alguien puede contestarrme a una preguntilla.

si mi marido cesa el 23 de diciembre, tiene derecho a cobrar la navidad entera o solo la parte correspondiente a los dias trabajados?

le contaría el tiempo de servicio hasta el 8 de enero o solo hasta el 23?

muchas gracias

La navidad la cobra entera. El tiempo de servicio le cuenta hasta el 8 pero no para calcular las vacaciones de verano.

sisi1983

menos mal, que estrés teniamos con eso. Lo de que no computa para el verano no lo he entendido bien, se que julio y agosto se cobra en caso de trabajar 7 meses o 2 meses cada trimestre. Pero y el tiempo de servicio de julio y agosto? en caso de que los cobre enteros también le contarían en el ts? es que lo que más nos preocupa es que pierda posiciones en la bolsa. Este año ha tenido que coger una sustitución en lugar de una vacante porque se la ofrecieron muy lejos y estamos con un bebe y muy lejos de la familia...a ver si tenemos más suerte en la siguiente llamada porque esto es un sinvivir


Corichi

Pues que tiene que tener o los 7 meses o 2 meses trabajados en cada trimestre sin contar con el tiempo del 24 de diciembre al 8 de enero. El tiempo de verano le cuenta todo.

Mr. Maker

Cita de: Xenon en 06 Diciembre, 2015, 23:45:29 PM
tienes que cesar en la ultima semana habil de ésa provincia.
El curso pasado lo sufrí yo en mis propias carnes.... la última semana hábil (en Jaén), fue la del lunes 15 al viernes 19.... yo cesé el viernes 12.... así que: ni cobré la Navidad, ni me contó el tiempo de servicio, ni tuve opción a nada.
Es más: Las carambolas de la vida hicieron que, al titular, incorporado el 15 de diciembre, le concedieron la comisión de servicio que tenía solicitada el 18 de diciembre.... baja definitiva. hecho que hace que, logicamente, se solicite desde el centro la reposición de la baja, que volviá a tocarme a mi por estar el número 1 a lo que la CEJA respondió que sí, pero que las bolsas estaban ya desactivadas y no se retomarían hasta el 8 enereo, dia en el que me llamaron para cubrir la comision de servicio liberada el 18 de diciembre.
En resumen: Me dieron de baja el 12 de diciembre (viernes previo al de las vacacviones). Me incorporé el 8 de neero en el mismo sitio con la misma plaza, sin cobrar la Navidad y sin contabilizar el tiempo de servicio.

Pues vaya mala suerte. Una situación un tanto injusta, aunque se hiciera todo conforme a la norma.


Narses

Cita de: sisi1983 en 17 Noviembre, 2016, 20:11:06 PM
hola, retomo este hil, a ver si alguien puede contestarrme a una preguntilla.

Por experiencia personal son 5 días antes de que se inicie el periodo vacacional , el tie.po de servicio también le sumará hasta el final de las vacaciones. Un saludo.
si mi marido cesa el 23 de diciembre, tiene derecho a cobrar la navidad entera o solo la parte correspondiente a los dias trabajados?

le contaría el tiempo de servicio hasta el 8 de enero o solo hasta el 23?

muchas gracias


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