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¿Con cuántos positivos se confina un aula?

Iniciado por fjcm_xx, 29 Enero, 2021, 11:58:48 AM

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fjcm_xx

Pues nada, mi tutoría está cayendo como chinches. No sé si había un número de contagios que implicara cerrar el aula o incluso el centro.

Profe

Depende sobre todo del centro de salud de referencia y del informe que haga el coordinador COVID de tu centro, porque en cada sitio se está haciendo una cosa distinta. Donde yo trabajo por ejemplo se cerró el grupo entero de convivencia cuando se produjo un brote en una misma clase. La presión que se ejerza sobre el centro de salud es importante, porque son ellos los que deciden.


Taliesin

Justo hace 10 minutos he hablado con una pareja de amigos. Tienen a sus hijos en un colegio privado de los caros. 3 positivos en la clase, acaban de confinarlos. Yo ya tengo muchísimos ejemplos de compañeros que en sus centros públicos tienen clases con bastantes más y la inspección les está negando el confinamiento del grupo.

fjcm_xx

Cita de: Taliesin en 29 Enero, 2021, 16:21:36 PM
Justo hace 10 minutos he hablado con una pareja de amigos. Tienen a sus hijos en un colegio privado de los caros. 3 positivos en la clase, acaban de confinarlos. Yo ya tengo muchísimos ejemplos de compañeros que en sus centros públicos tienen clases con bastantes más y la inspección les está negando el confinamiento del grupo.
Arriba dice el compañero que quien confina es el centro de salud adscrito no inspección.


ciberale

Cita de: Taliesin en 29 Enero, 2021, 16:21:36 PM
Justo hace 10 minutos he hablado con una pareja de amigos. Tienen a sus hijos en un colegio privado de los caros. 3 positivos en la clase, acaban de confinarlos. Yo ya tengo muchísimos ejemplos de compañeros que en sus centros públicos tienen clases con bastantes más y la inspección les está negando el confinamiento del grupo.

La pela es la pela y el criterio inocuo de sanidad local se lo pasan por el forro.

Taliesin

Cita de: fjcm_xx en 29 Enero, 2021, 16:29:32 PM
Cita de: Taliesin en 29 Enero, 2021, 16:21:36 PM
Justo hace 10 minutos he hablado con una pareja de amigos. Tienen a sus hijos en un colegio privado de los caros. 3 positivos en la clase, acaban de confinarlos. Yo ya tengo muchísimos ejemplos de compañeros que en sus centros públicos tienen clases con bastantes más y la inspección les está negando el confinamiento del grupo.
Arriba dice el compañero que quien confina es el centro de salud adscrito no inspección.

El centro de salud da la indicación, pero al menos hasta dónde yo se por los casos que he visto directamente o de amigos, la dirección debe comunicarlo a inspección y estos son los que lo "firman". O eso, o la inspección se está dando unas capacidades que no tiene.

jmcala

Es el centro de salud quien decide y se informa a inspección, que no puede, ni debe, hacer otra cosa que tomar nota de la situación. Inspección no puede negar nada de nada en este tema.

Juanma82

Cita de: jmcala en 30 Enero, 2021, 06:10:00 AM
Es el centro de salud quien decide y se informa a inspección, que no puede, ni debe, hacer otra cosa que tomar nota de la situación. Inspección no puede negar nada de nada en este tema.
Eso es, inspección solo es informada, no decide absolutamente nada. Las autoridades sanitarias (enfermera de referencia y epidemiólogo de guardia) sonlas que decretan cierres totales o parciales de aulas o centros.


Taliesin

Pues ya os digo yo entonces que inspección se está tomando esa prerrogativa, con amenazas incluidas a directores que han intentado cumplir las instrucciones del centro de salud.

elmasca

Pues es como han dicho. Yo soy el coordinador covid de mi centro y las instrucciones son claras en eso: 3 alumnos en la misma clase se considera brote y competa a las autoridades sanitarias su cierre (hay varios escenarios). El inspector ahí pinta lo mismo que el concejal de Cuenca. Vamos, es que si en una clase hay 3 casos positivos, yo desde luego no entro y si el inspector quiere, que amenace lo que quiera, a ver si tiene huevos de cumplir las amenazas. Os copio las instrucciones remitidas por la propia Junta al respecto:


"La gestión de los brotes corresponde a los Servicios de Salud Pública quienes elaborarán un
informe sobre la investigación epidemiológica y las actuaciones a llevar a cabo en cada contexto específico. Esta tarea, se llevará a cabo con el apoyo del referente sanitario y del coordinador COVID19 del centro tanto para obtener información como para transmitirla al centro.
Se considerará brote cualquier agrupación de 3 o más casos con infección activa en los que se
haya establecido un vínculo epidemiológico según lo recogido en la Estrategia de detección
precoz, vigilancia y control de COVID-19.
Los escenarios de aparición de los casos de COVID-19 en los centros escolares pueden ser muy
variables. Pueden aparecer casos en un único GCE o clase sin que se produzca transmisión en
dicho grupo o en la clase. También puede detectarse un brote en un grupo en el que a partir de
un caso se generó transmisión en el GCE o en la clase. También pueden detectarse brotes en
varios grupos o clases sin que exista relación entre ellos y ser eventos independientes. Por último, puede producirse brotes en diferentes grupos de convivencia o clases con vínculo entre
ellos en el propio centro educativo.
El control de la transmisión en estos escenarios y las actuaciones necesarias para su control
dependerán de factores relativos a la organización propuesta por cada centro educativo. Algunos de estos elementos son la sectorización del centro escolar con una separación franca entre
los distintas etapas educativas: infantil, primaria, ESO y bachillerato o la presencia de una o
varias líneas escolares.


[...]
La adopción concreta de la medida preventiva de salud pública relativa a la suspensión, total o
parcial, de la actividad docente presencial en un centro docente no universitario, incluidas las
escuelas infantiles, se ejercerá previo informe de la correspondiente comisión provincial a que
se refiere el Acuerdo de 28 de agosto de 2020, del Consejo de Gobierno (BOJA extraordinario
núm. 53, de 2 de septiembre de 2020), previa evaluación del riesgo sanitario y de la proporcionalidad de la medida, ante un riesgo grave inminente y extraordinario para la salud pública,
existiendo razones objetivas sanitarias para el cierre temporal del centro docente como medida
preventiva y de contención de la transmisión del COVID-19, dándose traslado al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía en orden a solicitar la ratificación judicial prevista en el párrafo
2.º del artículo 8.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa, de conformidad con el artículo 41 de la Ley 9/2017, de 2 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía."


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