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Copias de exámenes

Iniciado por fjcm_xx, 29 Junio, 2021, 08:39:12 AM

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fjcm_xx

Creo recordar que hay estipulado un periodo para solicitar las copias de exámenes puesto que un seretario de un ies me lo dijo ¿sabéis en qué normativa está eso recogido?

fjcm_xx

El plazo de reclamaciones acabó el viernes pasado ¿aún hay tiempo hábil para pedir las copias de exámenes?


fjcm_xx

Perdonad el chorrillo mensajes, no he sido claro al principio. Lo pregunto porque ahora me llega por correo corporativo una solicitud de copia de exámenes ¿no estaría fuera de plazo? Las reclamaciones acabaron el viernes.

Danielillo

En mi centro al menos el plazo de reclamaciones no ha terminado, dependerá de cuándo se publicaron las notas.

En todo caso, por sí solo solicitar copia de los exámenes no es una reclamación, con lo que depende más de cómo funcione cada centro concreto.


fjcm_xx

Cita de: Danielillo en 29 Junio, 2021, 09:37:43 AM
En mi centro al menos el plazo de reclamaciones no ha terminado, dependerá de cuándo se publicaron las notas.

En todo caso, por sí solo solicitar copia de los exámenes no es una reclamación, con lo que depende más de cómo funcione cada centro concreto.
Por eso preguntaba si hay normativa al respecto porque no vamos a estar haciendo copias de exámenes hasta el 30 de julio porque los niños los vayan pidiendo cuando les dé la gana. En el proyecto educativo no dice nada al respecto.

pinochofueapescar

Esto tiene que ver con el procedimiento administrativo general y no con las leyes educativas. Si piden documentación hay que dársela en un plazo (no se exactamente cuál es). Lo recomendable es que la petición la hagan por escrito con registro de entrada, se hace la copia y la pueden recoger en secretaría. En algunos centros les cobran las copias para que no sea esto pedir por pedir. En estos casos lo que se suele buscar no es ya reclamar, sino hacerle el trabajo al profesor particular o academia de turno, que prepara al alumno a aprobar tus exámenes.
Saludos!!

trankas

Creo que en los días de revisión es cuando se pueden pedir copias de los exámenes. El procedimiendo se hace a través de la secretaría virtual y creo que las copias se subirían al punto de recogida en Séneca. Que deban de pagar o no dependerá de como esté establecido en el centro (coste de las fotocopias en caso de que lo quieran en papel y no escaneado).

Lo curioso de pedir copia de los exámenes es que los ejercicios de clase son prácticamente calcados a los que caen en los exámenes. Pero los padres piden copias como si en los exámenes se preguntaran cosas diferentes.

También suelen pedirlos para ver los fallos. ¿Qué fallos pueden ver cuando un alumno saca un 1?. No ha estudiado, y punto.

En fin....es ganas de 'enreaaa'  ;D




fjcm_xx

Cita de: pinochofueapescar en 29 Junio, 2021, 10:43:01 AM
Esto tiene que ver con el procedimiento administrativo general y no con las leyes educativas. Si piden documentación hay que dársela en un plazo (no se exactamente cuál es). Lo recomendable es que la petición la hagan por escrito con registro de entrada, se hace la copia y la pueden recoger en secretaría. En algunos centros les cobran las copias para que no sea esto pedir por pedir. En estos casos lo que se suele buscar no es ya reclamar, sino hacerle el trabajo al profesor particular o academia de turno, que prepara al alumno a aprobar tus exámenes.
Saludos!!
Pues por eso precisamente,  que estará regulado como procedimiento administrativo y eso es lo que quería saber si ese periodo acabó con el de reclamaciones y por tanto ahora se abre el periodo de la buena fé de lo que quiera hacer cada profesor.


diletante

Cita de: pinochofueapescar en 29 Junio, 2021, 10:43:01 AM
Esto tiene que ver con el procedimiento administrativo general y no con las leyes educativas. Si piden documentación hay que dársela en un plazo (no se exactamente cuál es). Lo recomendable es que la petición la hagan por escrito con registro de entrada, se hace la copia y la pueden recoger en secretaría. En algunos centros les cobran las copias para que no sea esto pedir por pedir. En estos casos lo que se suele buscar no es ya reclamar, sino hacerle el trabajo al profesor particular o academia de turno, que prepara al alumno a aprobar tus exámenes.
Saludos!!


Entonces..... En las oposiciones....., Que TAMBIÉN es un acto administrativo....., Dan las fotocopias de lo exámenes corregidos?

Pues hasta entonces, yo lo que doy son los buenos días.


bareto

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, establece los derechos de los interesados en los procedimientos administrativos en su artículo 53 creo, por lo que el alumnado/familias tienen derecho a solicitar copia de los documentos (exámenes). No confundir con una reclamación, porque ésta tiene un plazo y forma (48 horas después de comunicar las calificaciones, primero aclaraciones y después, por este orden, revisión primera instancia y reclamación segunda). Yo entiendo que tienen derecho a obtener copia en cualquier momento del procedimiento, es cierto, que ha terminado el curso pero no el procedimiento.
Es solo una interpretación de la ley.
Saludos


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