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INTERINOS: LA SOLUCION A LA ESTABILIDAD PUEDE LLEGAR VÍA GOBIERNO CENTRAL.

Iniciado por Emilin, 01 Marzo, 2017, 18:16:14 PM

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joaquindr (+ 1 Oculto) y 11 Visitantes están viendo este tema.

Fibrelia

Cita de: respublica en Hoy a las 00:34:24 AM
Cita de: Profedecomomia en 12 Mayo, 2026, 22:56:03 PMEn educación, nadie que no sea seleccionado supera el proceso selectivo, tal y como exige el TS.

La exigencia del TS sobre la fijeza es para los laborales indefinidos no fijos, y afecta al resultado obtenido en sus oposiciones previas, por tanto, da igual lo que digan las oposiciones docentes.


Saludos.

En primer lugar, gracias por tus intervenciones y por resolver las dudas de la gente.

Desde el total desconocimiento: entonces, ¿esta sentencia podría afectar hipotéticamente a docentes interinos que anteriormente hayan aprobado sin plaza y puedan, supuestamente, reclamar "fijeza" posteriormente, o todo este lío solo se circunscribe a personal laboral?

Gracias de antemano y siento si es una pregunta ya resuelta anteriormente.

respublica

Cita de: Fibrelia en Hoy a las 07:04:43 AMEn primer lugar, gracias por tus intervenciones y por resolver las dudas de la gente.

Desde el total desconocimiento: entonces, ¿esta sentencia podría afectar hipotéticamente a docentes interinos que anteriormente hayan aprobado sin plaza y puedan, supuestamente, reclamar "fijeza" posteriormente, o todo este lío solo se circunscribe a personal laboral? 

Gracias por tus palabras Fibrelia.

Esta sentencia afecta exclusivamente al personal laboral que por sentencia hubiera sido declarado indefinido no fijo.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


Fibrelia

Cita de: respublica en Hoy a las 10:51:29 AM
Cita de: Fibrelia en Hoy a las 07:04:43 AMEn primer lugar, gracias por tus intervenciones y por resolver las dudas de la gente.

Desde el total desconocimiento: entonces, ¿esta sentencia podría afectar hipotéticamente a docentes interinos que anteriormente hayan aprobado sin plaza y puedan, supuestamente, reclamar "fijeza" posteriormente, o todo este lío solo se circunscribe a personal laboral? 

Gracias por tus palabras Fibrelia.

Esta sentencia afecta exclusivamente al personal laboral que por sentencia hubiera sido declarado indefinido no fijo.


Saludos.

Gracias.

Lo que quiero decir, dentro de mi total desconocimiento sobre el tema, es si a los que somos interinos docentes de Secundaria, habiendo aprobado en el pasado (o no) oposiciones sin plaza, nos afectará todo esto en el futuro en el sentido de que supuestamente pudieran hacer funcionarios de carrera a los interinos con oposiciones aprobadas sin plaza y posteriores interinidades concatenadas (vacantes o sustituciones).

Un saludo.

scout

Cita de: Fibrelia en Hoy a las 10:55:18 AMLo que quiero decir, dentro de mi total desconocimiento sobre el tema, es si a los que somos interinos docentes de Secundaria, habiendo aprobado en el pasado (o no) oposiciones sin plaza, nos afectará todo esto en el futuro en el sentido de que supuestamente pudieran hacer funcionarios de carrera a los interinos con oposiciones aprobadas sin plaza y posteriores interinidades concatenadas (vacantes o sustituciones).

Un saludo.

Nos debería haber afectado ya desde la primera sentencia del TJUE en 2020.

El TJUE deja a elección del estado español elegir la sanción al abuso (3 años encadenando contratos temporales). Y la elección ha sido no elegir nada y no fijar la sanción para que se cumplan las sucesivas sentencias. En primer lugar dejar a elección del reo la imposición de la pena no es buena idea. Como parche temporal se sacó un concurso de méritos en la que se decía D.A. sexta y octavas que por cada interino en esta situación debería salir una plaza a concurso. Sólo Canarias lo cumplió y se les ha llenado la lista de andaluces que no van a pisar Canarias. A continuación el TJUE también ha dicho que este concurso de méritos tampoco es sanción al abuso.

Se produce un cambio de paradigma que genera un profundo rechazo entre los funcionarios definitivos. "Si yo he estudiado para entrar no acepto que otros, que también han estudiado en la mayoría de los casos y llevan años demostrando que lo hacen igual o mejor que yo, entren por sentencia y me parece bien que se fastidien aunque se incumpla una sentencia judicial".

Hasta el momento el TJUE ha repetido varias veces:

- empleados públicos también son trabajadores y les es de aplicación la directiva de ETT de 1999, diga lo que diga la constitución, que es normativa de rango inferior a la directiva 1999. El TJUE anima incluso a juzgados menores a incumplir las resoluciones del supremo si es para dar cumplimiento a sus resoluciones.

- 3 años encadenando contratos temporales es abuso en la contratación temporal y debe ser resarcido (fijeza o indemnización).

Pero este cambio de paradigma afecta también a los jueces del supremo (300 temas de oposición) que no aceptan/toleran/consienten que sus compañeras interinas, que llevan años llevando los peores juzgados de España, logren la plaza por sentencia.

Hasta el momento todos los docentes que han judicializado el asunto hasta la última instancia están perdiendo dinero siendo condenados en costas y últimamente el supremo ya ni siquiera está reconociendo que tres años seguidos sean abuso en la temporalidad.

Seguimos avanzando.


respublica

Cita de: scout en Hoy a las 11:46:58 AMHasta el momento todos los docentes que han judicializado el asunto hasta la última instancia están perdiendo dinero siendo condenados en costas y últimamente el supremo ya ni siquiera está reconociendo que tres años seguidos sean abuso en la temporalidad.

Seguimos avanzando.

El primer párrafo es el perfecto resumen de la que algunos llaman vía judicial, y es invariable desde el inicio de este tema.

El segundo párrafo, también invariable desde el inicio, entra en flagrante contradicción con el primero.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

Enserio

Fibrelia, tu pregunta no tiene aún respuesta, pero será igual o mejor.

Del mismo modo que para el personal laboral se ha conseguido una sentencia demoledora, queda muy poco para que salga otra sentencia similar que sí afecte a las personas funcionarias interinas. Porque Europa habla de trabajadoras/es y la división artificial española le da igual.

El abuso de las instituciones españolas (en minúscula porque no puedo ponerlo en subíndice) no es propio de países democráticos y tiene sus raíces en la dictadura (demasiado bien se habla de la transición viendo como actúan aún los poderes fácticos en este país).

La sentencia de lo social es una ruina para la Administración, todo el personal laboral que demande ganará fijeza e indemnización, o indemnización. Y hablamos de indemnizaciones no topadas para cientos de miles de personas, más las costas y el colapso judicial. A lo que hay que sumar la retirada de miles de millones de fondos europeos para España.

Todos los comentarios sobre que nada ha cambiado y que justifican el abuso, son los últimos coletazos de personas incapaces de entender que todo abuso llega a su fin antes o después.

Lo que no entiendo es porque siguen en un foro de izquierdas apoyando algo que hasta los partidos políticos de izquierdas han superado ya. Podrían unirse a VOX, dar un golpe de estado y salirse de Europa si no les gusta el avance social que supone.

respublica

Para quienes afirman, sin ninguna fuente, que la Sala de lo Contencioso va a modificar su jurisprudencia en el mismo sentido que la Sala de lo Social, esta publicación en APISCAM lo desmiente:

La Sala de lo Contencioso del Supremo no va a modificar su doctrina por la sentencia del TJUE del asunto Obadal

- Ha asegurado en su resolución del 29/04/2026 que la sentencia del TJUE en el asunto Obadal no va a rectificar su doctrina actual para el abuso de temporalidad del funcionario interino.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


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