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interino ¿Me pagan el verano?¿los meses de verano cuentan?

Iniciado por chuse_t, 19 Mayo, 2013, 21:07:48 PM

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Lau_Musik

La información que tienes más arriba es correcta. La CEJA no cuenta por días, cuenta por meses y días sueltos. Los meses los cuenta todos como 30 días, tanto los de 31 como febrero. En esas cuentas que te has hecho te has incluido los 31, y así no es como se calcula. Si cesas el día 21 te salen 6 meses y 20 días. Aunque tu compañera se incorpore el 30, te faltarán dos días para cobrarlo entero.

FLAFLI

Cita de: Race en 07 Abril, 2014, 19:58:48 PM
   Muy buenas tardes, yo tengo una duda bastante grande respecto a este tema, se que para cobrar el verano debo de trabajar 2 meses cada trimestre (que no es el caso) o 7 meses a lo largo del curso, yo tengo un asunto peculiar debido a que he trabajado en dos destino por lo que es imposible contar los 7 meses completos y de seguido, por lo que imagino que en dias sueltos habra que trabajar un total de 210 dias para que salga así 7 meses de 30 días cada uno. Pues verá yo comence el 27  de Noviembre hasta el 1 de Abril inclusive, y ahora de nuevo acabo de comenzar el 7 de Abril hasta, en principio, 21 de Junio, por lo que contando se que no me da los 210 días por 8 dias.
   Entonces hablo con la titular que por cierto es por riesgo de embarazo y me comenta que se tiene que incorporar aunque sea un día antes de que termine el curso porque al ser interina el proximo curso no aparece en bolsa (cosa que no entiendo porque si le dan la baja por embarazo de riesgo, ahora para el 21 de junio le den el alta), y le comento que si se incorpora el Lunes 30 de Junio (ultimo dia de contrato para los interinos) yo puedo trabajar hasta el 29 de Junio y entonces si cumplo el cupo de los 210 días trabajado en un año, a esto me dice que lo haría encantada para satisfacer a los dos.

Las opciones que barajo son logicas y tienen fundamento legal?, pensais de otra opcion valida para poder cobrar el verano?, o sabiendo del asunto me decis que lo tengo imposible de cobrar??

Un saludo y muchas gracias

Si no me equivoco en la primera sustitución tendrías 4 meses y 5 días en la primera sustitución.

Para la segunda, que si se incorpora el 21, tu cese sería el 20, sería 2 meses y 13 días.

En total 6 meses y 18 días.

El cómputo no es en ningún caso 210 días, esa información es errónea. El cálculo de un mes igual a 30 días, es para los días sueltos, es decir, si en una sustitución se trabaja x meses y 16 días y en otra z meses y 21 días, el total  de días es 37, por lo que añadiría un mes y se quedaría de resto 7 días.

Saludos
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rosarosae79

Y a los que no llegamos a ese caso, que hemos trabajado sólo 6 meses y por tanto cobramos sólo un mes... también nos dan de alta ese mes? Es decir, si yo ceso ahora y solicito el paro, en julio saltaría como si estuviese de alta? o simplemente me pagan sin darme de alta, ni contar el tiempo de servicio?
Gracias!!

imm00012

Te dan de alta el uno d julio. 5 días x mes trabajado.
Never lose hope. You never know what tomorrow may bring.


Ritore

Cita de: rosarosae79 en 21 Mayo, 2014, 01:48:12 AM
Y a los que no llegamos a ese caso, que hemos trabajado sólo 6 meses y por tanto cobramos sólo un mes... también nos dan de alta ese mes? Es decir, si yo ceso ahora y solicito el paro, en julio saltaría como si estuviese de alta? o simplemente me pagan sin darme de alta, ni contar el tiempo de servicio?
Gracias!!

Si. Rosita. Te dan de alta el mismo tiempo que cobres.  ;)
Vente conmigo, vente y déjate llevar,
y verás como es la vida, cuando se vive de verdad ;)

albaynaner

Y si estas cobrando el paro,tienes que pararlo en el mes de julio?o directamente al darte de alta lo paran?
Yo el 30 de mayo cesó,por lo que el mes de junio,voy a pedir el paro,entonces,tengo que volver a hacer papeles en julio y de nuevo volver a hacer papeles en agosto para reanudarlo?? Qué lío madre mía.
Después de la tormenta......viene la calma!!!!!!

rosarosae79

Cita de: albaynaner en 23 Mayo, 2014, 15:56:55 PM
Y si estas cobrando el paro,tienes que pararlo en el mes de julio?o directamente al darte de alta lo paran?
Yo el 30 de mayo cesó,por lo que el mes de junio,voy a pedir el paro,entonces,tengo que volver a hacer papeles en julio y de nuevo volver a hacer papeles en agosto para reanudarlo?? Qué lío madre mía.

SIIII... tenemos que suspender el paro! Ya me lo avisaron en un foro. De no suspenderlo ven que has tenido dos pagadores y te sancionan!
Se para, y después se reanuda.

imcabalero

¿Alguien sabe qué ocurre cuando has trabajado 5 meses en una comunidad autónoma y te vienes a Andalucia los siguientes 4 meses? He trabajado todo el curso excepto dos semanas y la prórroga vacacional incluye los últimos 4 meses. ¿Podría alegar algo?

Muchas gracias


respublica

Cita de: imcabalero en 13 Julio, 2016, 16:12:45 PM
¿Alguien sabe qué ocurre cuando has trabajado 5 meses en una comunidad autónoma y te vienes a Andalucia los siguientes 4 meses? He trabajado todo el curso excepto dos semanas y la prórroga vacacional incluye los últimos 4 meses. ¿Podría alegar algo?

Muchas gracias

Cada comunidad te pagará las vacaciones que te correspondan según la normativa de cada comunidad.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

Supermaestro

Cita de: rosarosae79 en 05 Junio, 2014, 03:40:11 AM
Cita de: albaynaner en 23 Mayo, 2014, 15:56:55 PM
Y si estas cobrando el paro,tienes que pararlo en el mes de julio?o directamente al darte de alta lo paran?
Yo el 30 de mayo cesó,por lo que el mes de junio,voy a pedir el paro,entonces,tengo que volver a hacer papeles en julio y de nuevo volver a hacer papeles en agosto para reanudarlo?? Qué lío madre mía.

SIIII... tenemos que suspender el paro! Ya me lo avisaron en un foro. De no suspenderlo ven que has tenido dos pagadores y te sancionan!
Se para, y después se reanuda.

Eso que comentas creo que es erróneo. Una vez que hayas cobrado paro ya habras tenido dos pagadores, independientemente de si te das de baja o no.  Si no te das de baja lo único que ocurrirá es que debrás devolver el dinero de aquellos días que hayas cobrado paro y de la Junta a la vez, pero no es necesario ir a echar ningún papel, ya ellos dejan de pagarte el paro automaticamente al més siguiente a ser llamado. En la renta te lo quitarían.


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