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DUDA CON LA MOVILIDAD GEOGRÁFICA

Iniciado por andalous84, 21 Marzo, 2013, 14:27:53 PM

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PARESTO

Se me ha olvidado:

Hice todo por sede electrónica. Viendo que no se movía el asunto me llegué a la oficina territorial de Hacienda donde constan mis datos fiscales. Allí me atendieron muy bien, me enseñaron mi expediente y me lo explicaron todo.

Y la notificación de resolución me la mandaron mediante una alerta a la sede electrónica de la AEAT.

Pilongo

Qué suerte Paresto, menos mal que te empradronastes.

Yo no tenía contrato de alquiler ni me había empadronado y lo intenté con el certificado de haber trasladado mi centro de salud de referencia, documentos y cartas en los que constaba el domicilio donde estaba desplazado, recibos de las mensualidades pagada...y nada, me la han denegado.

Por eso me gustaría preguntarte, ¿qué tipo de contrato no legal tenías, que te fue suficiente para empadronarte? ¿Fue complicado el trámite de empadronarte?. Más que nada para intentar yo este año conseguir un contrato al menos así, que me valga para empadronarme, si no es posible conseguir contrato legal.

Gracias.


PARESTO

Buenas Pilongo.

Yo diferencio dos tipos de contratos
- Uno el legal, el que se compra o se compraba en estancos y que se registra, creo, en registros mercantiles. El dueño del piso tiene que declararlo en su renta y, por ello, es el menos común.

-Otro es como una exposición del acuerdo entre ambas partes, casero e inquilino, donde se ponen los datos de ambos, el precio de la mensualidad, lo que incluye ese precio y no, las clausulas o normas, etc. Lo firman los dos y supongo que en caso de problema sí tendría valor, pero como no se declara, pues no se puede presentar para este tipo de deducciones.

Este último es el que yo presenté en el ayuntamiento, en la sección de Padrón municipal, y me lo cogieron sin problemas. Y el padrón es el que he presentado para la renta, que total, justifica claramente que me moví geográficamente.

Espero te sirva de ayuda. Un saludo


yelmo

Pues yo la solicité hace unos años. Afortunadamente desde entonces no he tenido que apuntarme al INEM. Con lo cual y a pesar de haber estado danzando (de un lado para otro) no podía optar a ella. Porque la ley dice que has debido estar inscrito en el INEM.
Bueno, el caso es que cuando yo la pude solicitar ni presenté contrato ni empadronamiento. Con los nombramientos les bastó, a más de 300 km de distancia de mi domicilio familiar.

En fin lo que quiero decir es que la ley del IRPF, no dice que tengas que tener ni contrato ni que empadronarte en otro domicilio (yo habría tenido 14 empadronamientos distintos en los últimos años). Lo único que dice es:
    - Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
   -  Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
    - Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

O sea que cualquier cosa que pueda probar que trasladaste tu residencia valdría (no serían necesarias todas). Otra cosa es que se tenga la obligación de empadronarse donde uno tenga la residencia habitual.

Aunque entiendo que últimamente resulta más cómodo negar unos cientos de euros a los trabajadores que recuperar unas decenas de millones de otros. Y que el sentido común más veces de las que debiera está ausente.

¡Y todavía uno encuentra alumnos que se creen que a los que vivimos fuera nos pagan la gasolina!


yelmo

Sólo añadir que un nombramiento sin fecha de cese, podría servir como prueba suficiente para no tener la obligación de empadronarse. ¿Acaso sabríamos entonces que vamos a estar más de seis meses en ese destino?
Y en cuanto al contrato, para el asunto que nos ocupa valdría cualquier modalidad que sea por escrito.


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