¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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Permiso, por favor ayudadme

Iniciado por Laura_Pink, 29 Octubre, 2015, 19:22:40 PM

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ignacio_vaca

Como el hecho se produjo a lo largo de tu jornada laboral, la ley es clara, comienza a contar desde el día siguiente. Solo contaría el día en curso si el fallecimiento se produce antes de comenzar tu jornada laboral!!!

Laura_Pink

Evidentemente ya me he dado cuenta. Lo que pasa es que en la circular anterior de 3 de febrero no ponía eso. Lo pone en el texto refundido de 5 de mayo.


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