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Lo de los seis años del concursillo sigue vigente o ya no?

Iniciado por antoniosantiagobyg, 12 Agosto, 2019, 11:55:16 AM

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nocreoqueseayo

Cita de: rantanplan en 14 Agosto, 2019, 23:01:43 PM
Cita de: Kanito en 14 Agosto, 2019, 10:38:48 AMPues parece que no, porque muchos se piensan que un interino no debe tener los mismos derechos que un funcionario,

El pseudoconcursillo posibilita al personal con destino definitivo a participar en el procedimiento de colocación de efectivos de verano. O sea, justamente lo que ya hace un interino. Así que no sé muy bien a qué te refieres.

Eso digo yo. A los únicos que nunca se dejaba cambiar su destino durante un curso era a los funcionarios con destino definitivo (salvo con alguna comisión, y apenas se concedían ), provocando que hubiese miles a cientos de kilómetros de sus casas durante años. Ahora se dejan que participen igual que provisionales e ínterinos, y todo parece como la mayor de las injusticias.

respublica



Cita de: rantanplan en 14 Agosto, 2019, 23:01:43 PM
Cita de: Kanito en 14 Agosto, 2019, 10:38:48 AMPues parece que no, porque muchos se piensan que un interino no debe tener los mismos derechos que un funcionario,

El pseudoconcursillo posibilita al personal con destino definitivo a participar en el procedimiento de colocación de efectivos de verano. O sea, justamente lo que ya hace un interino. Así que no sé muy bien a qué te refieres.

Yo no voy a entrar en el fondo de este asunto que ya debatimos extensamente en su momento porque además ni la administración ni los sindicatos han planteado su eliminación, pero es obvio que el compañero se refiere a que mientras funcionarios con destino definitivo y funcionarios en provisional (estos últimos por sentencia) pueden solicitar una comisión de servicios para la conciliación de la vida laboral y familiar, en la que todos los beneficiarios de esa comisión se ordenan por tiempo de servicio, a los interinos se les prohíbe la solicitud de dicha comisión de servicios, lo que sin duda conlleva tener menos derechos.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


rantanplan

Cita de: respublica en 15 Agosto, 2019, 14:34:19 PMYo no voy a entrar en el fondo de este asunto que ya debatimos extensamente en su momento porque además ni la administración ni los sindicatos han planteado su eliminación, pero es obvio que el compañero se refiere a que mientras funcionarios con destino definitivo y funcionarios en provisional (estos últimos por sentencia) pueden solicitar una comisión de servicios para la conciliación de la vida laboral y familiar, en la que todos los beneficiarios de esa comisión se ordenan por tiempo de servicio, a los interinos se les prohíbe la solicitud de dicha comisión de servicios, lo que sin duda conlleva tener menos derechos.

Es que el fondo tiene importancia. La razón del concursillo (del auténtico) no era ninguna conciliación, sino brindar al funcionario con destino definitivo la posibilidad de optar a puestos temporales. En cuanto a la conciliación, ambos sabemos que el único modo de habilitarla para interinos es que tales comisiones provoquen la reordenación dentro del propio colectivo de interinos. Pero tal cosa, no sé si les iba a gustar a algunos.

zocter

Cita de: rantanplan en 15 Agosto, 2019, 16:10:45 PM
Cita de: respublica en 15 Agosto, 2019, 14:34:19 PMYo no voy a entrar en el fondo de este asunto que ya debatimos extensamente en su momento porque además ni la administración ni los sindicatos han planteado su eliminación, pero es obvio que el compañero se refiere a que mientras funcionarios con destino definitivo y funcionarios en provisional (estos últimos por sentencia) pueden solicitar una comisión de servicios para la conciliación de la vida laboral y familiar, en la que todos los beneficiarios de esa comisión se ordenan por tiempo de servicio, a los interinos se les prohíbe la solicitud de dicha comisión de servicios, lo que sin duda conlleva tener menos derechos.

Es que el fondo tiene importancia. La razón del concursillo (del auténtico) no era ninguna conciliación, sino brindar al funcionario con destino definitivo la posibilidad de optar a puestos temporales. En cuanto a la conciliación, ambos sabemos que el único modo de habilitarla para interinos es que tales comisiones provoquen la reordenación dentro del propio colectivo de interinos. Pero tal cosa, no sé si les iba a gustar a algunos.
Exacto. No puedes dejar a funcionarios fuera por interinos. Otra cosa es que dentro de los interinos permitiesen una comisión especial por ejemplo para padres de menores de 3 años... Dile tu eso a interinos longevos sin hijos pequeños...


Andaluz 04

Parece lógico que los funcionarios se ordenen por delante de los interinos, ya que los que pertenecen al cuerpo son los funcionarios y no los interinos que son asimilados. He sido interino unos años y lo veía lógico en esa época y está bien como está y facilitar la conciliación. Cuando los interinos saquen su plaza también tendrán derecho a ello. El contrato con el interino rescinde el 30 de junio. Circunstancialmente, por no estar cubiertas las plazas se tira de interinos. Parece lógico. Si la administración fuese más seria, no habría más interinos que los que van por sustitución y las pocas plazas que surgieran según la configuración de nuevos cursos (en vista a consolidarlas en las próximas oposiciones).


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