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una pregunta sobre la ley 3/2013, de 17 de enero sobre Colegios profesionales

Iniciado por sisi_1983, 30 Marzo, 2013, 19:01:29 PM

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jmcala

Tengo muy claro que no me colegio diga lo que diga quien lo diga. Los conocimientos que imparto han pasado el filtro de una universidad pública y de unas oposiciones públicas. Lo de los colegios profesionales es una estafa. Para afrontar responsabilidades existen los seguros profesionales.

Para mí lo de los colegios oficiales se parece más a una mafia que a otra cosa.

tormentas

De todas formas, al haberse eliminado del Código Penal el ilícito penal por ejercer una profesión colegiada sin estar colegiado se da una situación paradójica. Los Colegios solamente pueden sancionar a sus miembros, por lo que, en la práctica, esa "obligación" (cuando se publique la nueva ley teóricamente las obligatoriedades de colegiación se van a reducir al mínimo) es prácticamente imposible de hacer cumplir.


Uleti

Cita de: tormentas en 01 Abril, 2013, 16:52:21 PM
Entre las profesiones colegiadas no se encuentra la de "profesor". Por tanto, para ejercerla no es necesario estar adscrito a ningún colegio profesional.

Lo que indica la STC 3/2013 es que los funcionarios que ejercen una profesión colegiada (ingenieros, ingenieros técnicos, arquitectos, trabajadores sociales, físicos, quimicos, economistas...) no están exentos de colegiarse, debiéndolo hacer del mismo modo que los que trabajan en el sector privado.

No hay que confundir la titulación académica con la actividad profesional que se ejerce. Yo soy ingeniero técnico y estoy colegiado (voluntariamente), pero la actividad profesional que realizo (profesor) no es la propia de mi profesión colegiada.

Más claro agua.

Vd. Puede ser Ingeniero en naves marcianas pero si Vd. no firma un sólo proyecto en naves marcinanas ante ninguna autoridad competente que le exija responsabilidad alguna se puede pasar por el culo la colegiación. Lo mismo si es Vd. Licenciado en Ciencias perrúnicas o mediopensionistas.

Por mucho que sea Vd. licenciado en Medicina con nueve especialidades MIR si Vd. está dando clases de secundaria no es Vd. personal sanitario a cargo de la Administración andaluza y no está ejerciendo ninguna profesión sanitaria y, por tanto, si se colegia Vd. o no, es tan relevante como si decide afeitarse cada mañana o cada noche o cada mes. Exactamente lo mismo.


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