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Vacaciones de Verano y de Navidad

Iniciado por Dolce Vita, 24 Noviembre, 2014, 22:41:08 PM

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Dolce Vita

Hola.

Respecto al cobro del verano integramente y de la Navidad, tengo algunas dudas.

Verano:
En Andalucía, para cobrar integramente los dos meses de verano (Julio y Agosto) y que, además, cuenten como otiempo de servicio, se debe haber trabajado siete meses de contínuo o dos meses en cada trimestre. Hasta ahí bien.
Mi pregunta es que si al decir dos meses en cada trimestre se refiere a dos meses de contínuo o en total por trimestre.
Es decir, un mes y medio en un centro y tres semanas en otro contaría como valido?

Navidad:
En Andalucia, ¿cuáles son los requisitos que se aplican a los interinos para cobrar en Navidad?
¿Hasta que punto cuenta la Navidad como tiempo de servicio, habiendo finalizado la sustitución antes de las vacaciones?

Gracias, de antemano, por lo que podais aportar.

lfersan

Creo que para la Navidad estar trabajando la semana que se dan las vacaciones. Si las vacaciones se dan el viernes hay q estar dado de alta, al menos hasta el lunes de esa misma semana. Que me corrija alguien si me equivoco.


j_delpino

Es correcto, debes trabajar el día 15 de diciembre para cobrar las navidades, y si, cuentas como tiempo de servicio y también de cara a los 7 meses, no así las de semana santa. Los 7 meses no han de ser de continuo, si sumas 7 meses hasta el 30 de junio cobras julio y agosto, si sumas dos meses por trimestre natural también cobras julio y agosto y si tienes una vacante conseguida en el primer trimestre. Por otra parte, si no llegas ahi te corresponden vacaciones pero  inferiores a un mes...

Gorbi

Gracias por vuestras respuestas. Ahora también mthe enterado que en Castilla la Mancha habrá oposiciones. Saludos


LGH



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