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Qué hay q hacer para RENUNCIAR a vacante???

Iniciado por eselcam, 31 Julio, 2015, 17:31:40 PM

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eselcam

Hola compañeros.
Por motivos familiares hemos decidido renunciar a la vacante q me acaban de adjudicar. Alguien q se haya visto en esta situación sabe si se puede mandar todo por correo electrónico a delegación o, por el contrario, hay que ir allí físicamente???

Gracias!

toroloco

3. El personal funcionario interino adjudicatario de un destino podrá solicitar la renuncia al
puesto adjudicado en el plazo de los cinco días hábiles computables desde el siguiente al de la
publicación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la
Orden de 8 de junio de 2011, citada, si se da alguna de las circunstancias que figuran relacionadas
en el artículo 14 de la citada disposición. Las solicitudes, según el modelo que figura como Anexo II,
se dirigirán a la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos
Humanos.

ANEXO II. Modelo de renuncia al destino adjudicado

Lamentablemente ni con certificado digital se puede entregar. Habrás de ir a Delegación a no ser que un alma caritativa acepte otro modo.....

Andalucía imparable.

Suerte


fasalva

Yo renuncie este curso pasado... Y a lo mejor este también, y entregue los papeles en el registro de la delegación de mi ciudad.
Creo q no se puede hacer con certificado digital, pero si lo llevas a cualquier registro oficial te lo compulsar y te lo mandan a la delegación de educación q quieras.
Animo, no eres la única.

eselcam

Gracias por las respuestas!
Lo intentaré el lunes y os cuento.
Es una decisión difícil, pero la vida es así, llena de decisiones.
Que sea para bien ;-)
Buena suerte a tod@s!!!


SSG

Cualquier oficina de correos vale (lleva copia para que te la sellen). Ánimo, mi mujer lleva varios años rechazando también.

LGH

Una duda: ¿Qué consecuencias tiene rechazar? ¿Se puede hacer también en Septiembre con las vacantes telefónicas?

fasalva

Para renunciar a una vacante informatizada tiene que ser por ciertos casos,  como cuidado de un menor de 3 años, cuidado de un familiar,  etc... En estos casos no te echan de la bolsa y el tiempo de servicio te cuenta igual q si trabajasen a nivel de bolsa, para oposiciones no cuenta.

En las vacantes o sustituciones de junio por otro contrato laboral, pero no se que más casos a parte de ese...supongo q los mismos q para vacantes informatizadas, pero no te lo puedo.decir con seguridad. Yo diría q si, pero no lo se seguro. Pero si es por contrato de trabajo, no te cuenta el tiempo de servicio ni pa bolsa ni pa oposiciones, por lo q te adelanta gente en.la bolsa.

fasalva

Me he equivocado con.las vacantes de junio, son de septiembre.


LGH



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