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Concursillo

Iniciado por mey, 17 Marzo, 2016, 10:23:52 AM

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mey

Estimados compañer@s.
Escribo esta nota por el malestar que ha creado el "concursillo" en el colectivo de profesores funcionarios sin destino definitivo. Me explico: consideramos que no pueden ni deben cambiarse las reglas una vez iniciado el propio concurso. No nos paramos a calificar si el concursillo es justo o no, pero sí en que las normativa deben estar publicada para concursar, me refiero al concurso general de traslados, con TODA la información en la mesa; NO PUEDEN CAMBIARSE LAS REGLAS CUANDO EL PROCESO YA ESTÁ INICIADO Y NO HAY VUELTA ATRÁS.
Lo voy a ilustrar con un ejemplo, el mío en concreto: en el concurso general de traslados no aporté méritos, tal y como me permite la ley, atendiendo a la normativa que había en el momento. De haber sabido del cambio que había por venir mi decisión habría sido distinta.

La irretroactividad de las leyes significa que las normas legales rigen a partir de su vigencia sin poder aplicarse a situaciones pasadas, sobre todo por razones de seguridad jurídica...

antojsanchez



rantanplan

Las reglas del concurso no han cambiado: siguen siendo exactamente las mismas. Es más, ni siquiera pueden ser modificadas por la Junta, porque las reglas las fija un decreto nacional. Lo que ha cambiado (o mejor dicho, cambiarán) son las reglas del procedimiento de provisión de destinos provisionales, que aún no se ha convocado. Así que no hay retroactividad ninguna. ¿Que habría sido mejor que hubiera todo estado claro antes del concurso? Pues sí, pero, aunque no ha sido el caso, hablar aquí de no sé qué de la retroactividad es mear fuera del tiesto.

Puedes darte con un canto en los dientes: tú jamás tendrás que pasarte años en un destino que no quieres. Lo cual me provoca hasta rabia, visto que por tu pequeño interés particular (que tampoco es tan grave) no te importa en absoluto que cientos de esos que tú llamas protocolariamente estimados compañeros se tengan que fastidiar un año lejos de sus casas. Pus menos mal que les tienes estimas: habría que ver lo que les desearías si los aborrecieras.

Cínico

Cita de: rantanplan en 17 Marzo, 2016, 15:07:51 PM
Las reglas del concurso no han cambiado: siguen siendo exactamente las mismas. Es más, ni siquiera pueden ser modificadas por la Junta, porque las reglas las fija un decreto nacional. Lo que ha cambiado (o mejor dicho, cambiarán) son las reglas del procedimiento de provisión de destinos provisionales, que aún no se ha convocado. Así que no hay retroactividad ninguna. ¿Que habría sido mejor que hubiera todo estado claro antes del concurso? Pues sí, pero, aunque no ha sido el caso, hablar aquí de no sé qué de la retroactividad es mear fuera del tiesto.

Puedes darte con un canto en los dientes: tú jamás tendrás que pasarte años en un destino que no quieres. Lo cual me provoca hasta rabia, visto que por tu pequeño interés particular (que tampoco es tan grave) no te importa en absoluto que cientos de esos que tú llamas protocolariamente estimados compañeros se tengan que fastidiar un año lejos de sus casas. Pus menos mal que les tienes estimas: habría que ver lo que les desearías si los aborrecieras.
Bien dicho.


cd

Los que obtengamos destino definitivo este año, se nos dijo que podíamos participar en el concursillo. Y ahora Ustea dice que le ha preguntado a la consejeria y han sacado una nota diciendo que sólo si renunciamos a nuestro destino definitivo en las provisionales. Vaya lío.  Primero una cosa y ahora otra

jmcala

No aportar los méritos es tratar de jugar con ventaja para conseguir estar en casa o cerca. No es ilegal y no es criticable. Pero quejarse de que esa opción ahora pueda suponer una desventaja es un poco inapropiado.

Es lo malo que tiene especular con los méritos para tratar de sacar ventaja.

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Corichi

Cita de: cd en 17 Marzo, 2016, 15:30:53 PM
Los que obtengamos destino definitivo este año, se nos dijo que podíamos participar en el concursillo. Y ahora Ustea dice que le ha preguntado a la consejeria y han sacado una nota diciendo que sólo si renunciamos a nuestro destino definitivo en las provisionales. Vaya lío.  Primero una cosa y ahora otra

Lo que ha puesto USTEA es:
" El personal que haya participado en el Concurso General de Traslados convocado en este curso académico y renuncie en las listas provisionales, si podrá participar en el llamado concursillo.

Esto ocurre de manera transitoria únicamente para este curso escolar."

Yo no entiendo por ningún lado que tengamos que renunciar al destino.

cd

Ok.gracias por contestar


opo5

Cita de: Corichi en 17 Marzo, 2016, 21:17:31 PM
Cita de: cd en 17 Marzo, 2016, 15:30:53 PM
Los que obtengamos destino definitivo este año, se nos dijo que podíamos participar en el concursillo. Y ahora Ustea dice que le ha preguntado a la consejeria y han sacado una nota diciendo que sólo si renunciamos a nuestro destino definitivo en las provisionales. Vaya lío.  Primero una cosa y ahora otra

Lo que ha puesto USTEA es:
" El personal que haya participado en el Concurso General de Traslados convocado en este curso académico y renuncie en las listas provisionales, si podrá participar en el llamado concursillo.

Esto ocurre de manera transitoria únicamente para este curso escolar."

Yo no entiendo por ningún lado que tengamos que renunciar al destino.
Entonces ¿sigue para adelante lo del concursillo?

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juan máximo

Cita de: cd en 17 Marzo, 2016, 15:30:53 PM
Los que obtengamos destino definitivo este año, se nos dijo que podíamos participar en el concursillo. Y ahora Ustea dice que le ha preguntado a la consejeria y han sacado una nota diciendo que sólo si renunciamos a nuestro destino definitivo en las provisionales. Vaya lío.  Primero una cosa y ahora otra

Para poder participar en el concursillo no es necesario renunciar al CGT.
Aunque en caso de renunciar si que es posible participar en el "concursillo"

Aclaración de la Consejería al respecto de la posibilidad de participar este año 2016 en el CONCURSILLO si se renuncia a la ADJUDICACIÓN PROVISIONAL del concurso de traslados 2015-2016:

"Esta Dirección General está recibiendo consultas para que se aclare si el personal que haya participado en el concurso de traslados, y renunciado en listas provisionales, podrían participar en el llamado concursillo, estando la redacción del Proyecto de Orden en los términos actuales.

Así las cosas, la respuesta es afirmativa, pues si se excusa el cumplimiento del apartado 1 del artículo 12 bis de la nueva Orden, ha de excusarse lo que se establece en el apartado 2, habida cuenta de que este se dicta "a los efectos de lo establecido en el apartado anterior".


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