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Concursillo (bilingüe) injusto para unos, bueno para otros

Iniciado por olala, 18 Abril, 2016, 16:39:09 PM

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olala

Os comento, según las indicaciones de la junta:  Si tienes perfil bilingüe solo puede participar en concursillo por perfil bilingüe. Lo grave es que si no tienes perfil bilingüe puedes preséntate tanto por no bilingüe como por bilingüe si presentas el b2.

O todos o ninguno!, lo que no se puedes en beneficiar a unos y a otros no. Comentarlo con vuestros sindicatos para que él al próximo sectorial sea modificado.

Un saludo.

rantanplan

Cita de: olala en 18 Abril, 2016, 16:39:09 PMOs comento, según las indicaciones de la junta:  Si tienes perfil bilingüe solo puede participar en concursillo por perfil bilingüe. Lo grave es que si no tienes perfil bilingüe puedes preséntate tanto por no bilingüe como por bilingüe si presentas el b2.

¿Cuáles son esas indicaciones de la Junta? ¿Es lo que hay escrito en el borrador del artículo 12bis.3 de la orden de 24 de mayo?

CitarEl personal a que se refiere este artículo solo podrá solicitar puestos de trabajo de las mismas características del puesto de su destino definitivo

Hombre, leído esto, simplemente, yo entiendo que si un puesto no bilingüe no es de las mismas características que un puesto bilingüe, entonces un puesto bilingüe no es de las mismas características que un no bilingüe. ¿Hay algo más de literatura al respecto?


mruzmor339

Señores,

Estamos a 18 de Abril y sigue sin aprobarse la normativa...así que queda un mes y poco para pedir destinos y a día de hoy no hay ninguna novedad. Por ahora no hay concursillo.... ¿Alguien sabe algo?....

olala

No puedo copiar link, pero si miráis en anpeandalucia en Facebook, ellos aclaran lo que yo digo.


rantanplan

Cita de: mruzmor339 en 18 Abril, 2016, 18:13:13 PM
Estamos a 18 de Abril y sigue sin aprobarse la normativa...así que queda un mes y poco para pedir destinos y a día de hoy no hay ninguna novedad. Por ahora no hay concursillo.... ¿Alguien sabe algo?....

Yo tengo fe a que esto se deba a que el decreto 302 también afecta a la orden de 8 de junio de 2011 que regula las bolsas de interinos, que se está discutiendo ahora mismo:

http://ustea.es/new/sectorial/mesa-tecnica-20-de-abril-de-2016/

Si aprobaran las nuevas redacciones del decreto 302 y la orden de 24 de mayo, sin aprobar también una nueva redacción conforme al decreto de la orden anterior, resultaría que el decreto 302 entraría en contradicción con esta orden y esta orden a su vez no desarrollaría lo que el decreto 302 dice que debe desarrollar.

Confiemos en que sea eso y que ultimen la redacción de esta última orden cuanto antes: como no sea antes de un mes, este año no habrá concursillo. Espero que no haya más normativa afectada.

Para olala.Supongo que te refieres a esto:

http://www.anpeandalucia.org/userfiles/file/pdf5/hoja_ANPE_CONCURSILLO.pdf

Es lo que afirman ahí. Sinceramente, no sé si en algún sitio está definido qué es eso de "mismas características": yo creo lo que creo en que entiendo que si A no es de las mismas características que B, entonces B no es de las mismas características que A, que es lo que dicta la lógica, pero no sé si hay alguna definición jurídica que desmonta ese principio lógico. En cualquier caso, yo no me creería algo que afirma alguien, si no sostiene por qué lo afirma. A mí los receterios de los sindicatos me dan grima, porque por lo general afirman sin preocuparse en poner las referencias de por qué afirman lo que afirman, con lo que uno no sabe en realidad cuál es la credibilidad de lo que está leyendo. ¿Que'cuesta poner entre paréntesis la referencia al decreto, orden o instrucción?

olala



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