¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'

INTERINOS: LA SOLUCION A LA ESTABILIDAD PUEDE LLEGAR VÍA GOBIERNO CENTRAL.

Iniciado por Emilin, 01 Marzo, 2017, 18:16:14 PM

Tema anterior - Siguiente tema

0 Miembros y 19 Visitantes están viendo este tema.

Zeronter

Ya con lo que tenemos hay que tragar y poco más se puede hacer. Con 50 años recorriendo Andalucía muchos compañeros como al inicio pero habrá que ir dándose de baja si el cuerpo no aguanta y así hasta jubilarse.Los gobiernos no quieren estabizar a personas mayores por lo tanto tendrán que aguantar bajas de gente que con edades ya altas no tienen el aguante de veinteañeros.


Callejón sin salida

Cita de: Zeronter en 13 Diciembre, 2022, 23:14:33 PM
Ya con lo que tenemos hay que tragar y poco más se puede hacer. Con 50 años recorriendo Andalucía muchos compañeros como al inicio pero habrá que ir dándose de baja si el cuerpo no aguanta y así hasta jubilarse.Los gobiernos no quieren estabizar a personas mayores por lo tanto tendrán que aguantar bajas de gente que con edades ya altas no tienen el aguante de veinteañeros.

Compañero, eso será si cuando saquen todas las plazas de reposición y estabilización coges vacante, si no ni eso, una resfriado de 15 días en la otra punta de Andalucía te costará el dinero, por tanto, ni eso.


mares

📢NOTICIAS ARAUZ

La Sala Con/Ad del TSJ de Madrid, del TSJ de Canarias y el TSJ de Andalucía,Ceuta y Melilla,con sede en Málaga,en resoluciones del 26/10,25/11 y 12/12 2022,requieren a las Administraciones demandadas para que completen los expedientes administrativos remitidos
✅con la doc.necesaria para que se identifique el Nº de empleados públicos temporales nombrados o contratados antes del 1/1/16

✅el Nº de puestos,que estaban ocupados con carácter temporal con anterioridad a dicha fecha o que a 30/12/21estaban servidos por funcionarios interinos
✅el Nº de puestos, que reuniendo los requisitos de la DA 6ª y 8ª de la Ley 20/2021 se han computado como plazas vacantes en los procesos de estabilización anteriores a 2022 y los que se han computado a los efectos de la OPE de estabilización como plaza vacante;
✅el documento administrativo que acredite el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.7 de la Ley 20/2021;

✅las actas de las sesiones celebradas con motivo de la negociación previa de la oferta de empleo.

👉‼️Todos los puestos, con sus respectivos códigos.
‼️👏Es decir, las Salas de los TSJ admiten la necesidad de que la Administración acredite que todas las plazas incluidas en las DA 6ª y 8ª, esto es, que TODAS las plazas ocupadas por empleados públicos temporales con anterioridad al 1 de enero de 2016,
👉‼️
..así como aquellas plazas vacantes que a 31/12/21 estaban ocupadas por empleados públicos temporales ligados a la Administracion con anterioridad al 1/1/16, se incluyen en las OPES de 2022 para ser convocadas a través de un concurso de méritos, en ejecución de la Ley 20/21.
https://threadreaderapp.com/thread/1602973726966165506.html

scout

Deberían publicarlo todas las CCAA. Es un procedimiento idéntico en todas ellas.



Zeronter

Cita de: mares en 14 Diciembre, 2022, 14:29:06 PM
📢NOTICIAS ARAUZ

La Sala Con/Ad del TSJ de Madrid, del TSJ de Canarias y el TSJ de Andalucía,Ceuta y Melilla,con sede en Málaga,en resoluciones del 26/10,25/11 y 12/12 2022,requieren a las Administraciones demandadas para que completen los expedientes administrativos remitidos
✅con la doc.necesaria para que se identifique el Nº de empleados públicos temporales nombrados o contratados antes del 1/1/16

✅el Nº de puestos,que estaban ocupados con carácter temporal con anterioridad a dicha fecha o que a 30/12/21estaban servidos por funcionarios interinos
✅el Nº de puestos, que reuniendo los requisitos de la DA 6ª y 8ª de la Ley 20/2021 se han computado como plazas vacantes en los procesos de estabilización anteriores a 2022 y los que se han computado a los efectos de la OPE de estabilización como plaza vacante;
✅el documento administrativo que acredite el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.7 de la Ley 20/2021;

✅las actas de las sesiones celebradas con motivo de la negociación previa de la oferta de empleo.

👉‼️Todos los puestos, con sus respectivos códigos.
‼️👏Es decir, las Salas de los TSJ admiten la necesidad de que la Administración acredite que todas las plazas incluidas en las DA 6ª y 8ª, esto es, que TODAS las plazas ocupadas por empleados públicos temporales con anterioridad al 1 de enero de 2016,
👉‼️
..así como aquellas plazas vacantes que a 31/12/21 estaban ocupadas por empleados públicos temporales ligados a la Administracion con anterioridad al 1/1/16, se incluyen en las OPES de 2022 para ser convocadas a través de un concurso de méritos, en ejecución de la Ley 20/21.
https://threadreaderapp.com/thread/1602973726966165506.html
Y esto en qué se traduce¿? Ya estamos quemados de ver y ver cosas salir y vemos que en lugar de ir a mejor vamos a peor y con sentencia dictaminada que se está en fraude de ley y estamos viendo que vamos a ir a peor porque mucha gente que está en fraude se va a quedar si plaza y sin vacantes. Desde Europa ya se sabe que hay unos trabajadores perjudicados pero aquí son las plazas las que van a pasar a mejor situación labora que estan muertas y no tienen vida y los docentes perjudicados son los que van a empeorar tras esta transitoria. Esto como se entiende¿? Serán las nuevas tecnologias que ahora les dan vida a las plazas y a los docentes que sienten y padecen los consideran como seres inertes. Es la única conclusión que le veo a esto.

Callejón sin salida

Importante, una auditoría judicial de las plazas de estabilización, menos mal, ya veremos en qué queda...pero si se demuestra que han vulnerado la ley, deberían suspender cautelarmente las oposiciones y méritos.

joaquindr

 No hace falta suspenderlo todo. Con ampliar el número de plazas hasta llegar al número real bastaría.

xenium

Cita de: mares en 14 Diciembre, 2022, 14:29:06 PM
📢NOTICIAS ARAUZ

La Sala Con/Ad del TSJ de Madrid, del TSJ de Canarias y el TSJ de Andalucía,Ceuta y Melilla,con sede en Málaga,en resoluciones del 26/10,25/11 y 12/12 2022,requieren a las Administraciones demandadas para que completen los expedientes administrativos remitidos
✅con la doc.necesaria para que se identifique el Nº de empleados públicos temporales nombrados o contratados antes del 1/1/16

✅el Nº de puestos,que estaban ocupados con carácter temporal con anterioridad a dicha fecha o que a 30/12/21estaban servidos por funcionarios interinos
✅el Nº de puestos, que reuniendo los requisitos de la DA 6ª y 8ª de la Ley 20/2021 se han computado como plazas vacantes en los procesos de estabilización anteriores a 2022 y los que se han computado a los efectos de la OPE de estabilización como plaza vacante;
✅el documento administrativo que acredite el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.7 de la Ley 20/2021;

✅las actas de las sesiones celebradas con motivo de la negociación previa de la oferta de empleo.

👉‼️Todos los puestos, con sus respectivos códigos.
‼️👏Es decir, las Salas de los TSJ admiten la necesidad de que la Administración acredite que todas las plazas incluidas en las DA 6ª y 8ª, esto es, que TODAS las plazas ocupadas por empleados públicos temporales con anterioridad al 1 de enero de 2016,
👉‼️
..así como aquellas plazas vacantes que a 31/12/21 estaban ocupadas por empleados públicos temporales ligados a la Administracion con anterioridad al 1/1/16, se incluyen en las OPES de 2022 para ser convocadas a través de un concurso de méritos, en ejecución de la Ley 20/21.
https://threadreaderapp.com/thread/1602973726966165506.html

Por fin.

Por fin se está llegando a donde teníamos que haber partido desde el principio.

Por cumplir la ley mal llamada de estabilización.

Pues hasta eso nos está robando la administración y los sindicatos.

Los sindicatos son los que debían haber hecho estas demandas, que para eso reciben jugosas subvenciones públicas para esa labor.

Precisamente ese puede ser el motivo por el cual no han movido un dedo, mirando desvergonzadamente hacia otro lado.

Esto ya lo manifesté por aquí hace poco tiempo. Se me tildó de antisindicalista para arriba.

Que la culpa de no sacaran las plazas que marca la ley era de los interinos por no haber hecho más huelgas.

Después, doblemente acusados por no votar a los sindicatos que nos dejaron en la estacada.

Como por aquí se argumentó, la administración ya ha encontrado la forma de desactivar el efecto de las huelgas y los sindicatos lo saben de sobra, pero les viene muy bien culparnos y así ellos se cubren las espaldas y siguen el juego a las administraciones, que los mantienen económicamente.

El ejemplo que se puso, impecable, el caso reciente de las huelgas de sanitarios en Madrid, siendo un servicio esencial, no han tenido gran efecto, tampoco en Canarias.

El detalle que recoge la noticia de que los jueces han pedido las actas de las negociaciones de las plazas no es un aspecto menor.

A ver si podemos por fin conocer hasta qué punto se ha hecho una negociación limpia.

Ahí se pueden destapar algunas vergüenzas.

Decían por aquí que acudir a la Justicia que no, que era lenta y no servía de nada.

Que hacer huelgas era lo importante.

Menudo zasca.

Ya era hora.
Pienso, luego existo.


respublica

Cita de: Zeronter en 14 Diciembre, 2022, 17:26:24 PM
Cita de: mares en 14 Diciembre, 2022, 14:29:06 PM
📢NOTICIAS ARAUZ

La Sala Con/Ad del TSJ de Madrid, del TSJ de Canarias y el TSJ de Andalucía,Ceuta y Melilla,con sede en Málaga,en resoluciones del 26/10,25/11 y 12/12 2022,requieren a las Administraciones demandadas para que completen los expedientes administrativos remitidos
✅con la doc.necesaria para que se identifique el Nº de empleados públicos temporales nombrados o contratados antes del 1/1/16

✅el Nº de puestos,que estaban ocupados con carácter temporal con anterioridad a dicha fecha o que a 30/12/21estaban servidos por funcionarios interinos
✅el Nº de puestos, que reuniendo los requisitos de la DA 6ª y 8ª de la Ley 20/2021 se han computado como plazas vacantes en los procesos de estabilización anteriores a 2022 y los que se han computado a los efectos de la OPE de estabilización como plaza vacante;
✅el documento administrativo que acredite el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.7 de la Ley 20/2021;

✅las actas de las sesiones celebradas con motivo de la negociación previa de la oferta de empleo.

👉‼️Todos los puestos, con sus respectivos códigos.
‼️👏Es decir, las Salas de los TSJ admiten la necesidad de que la Administración acredite que todas las plazas incluidas en las DA 6ª y 8ª, esto es, que TODAS las plazas ocupadas por empleados públicos temporales con anterioridad al 1 de enero de 2016,
👉‼️
..así como aquellas plazas vacantes que a 31/12/21 estaban ocupadas por empleados públicos temporales ligados a la Administracion con anterioridad al 1/1/16, se incluyen en las OPES de 2022 para ser convocadas a través de un concurso de méritos, en ejecución de la Ley 20/21.
https://threadreaderapp.com/thread/1602973726966165506.html
Y esto en qué se traduce¿? Ya estamos quemados de ver y ver cosas salir y vemos que en lugar de ir a mejor vamos a peor y con sentencia dictaminada que se está en fraude de ley y estamos viendo que vamos a ir a peor porque mucha gente que está en fraude se va a quedar si plaza y sin vacantes. Desde Europa ya se sabe que hay unos trabajadores perjudicados pero aquí son las plazas las que van a pasar a mejor situación labora que estan muertas y no tienen vida y los docentes perjudicados son los que van a empeorar tras esta transitoria. Esto como se entiende¿? Serán las nuevas tecnologias que ahora les dan vida a las plazas y a los docentes que sienten y padecen los consideran como seres inertes. Es la única conclusión que le veo a esto.

Eso se traduce en que esas administraciones remitirán los expedientes administrativos correspondientes a los juzgados en los que se han basado para el cálculo de plazas de estabilización y a ver qué abogado luego es capaz de demostrar documentalmente que faltan plazas.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

respublica

Gran esfuerzo de sindicatos y partidos de izquierdas para recabar más de 50.000 firmas y poder llevar al parlamento una ley que baje las ratios y con este resultado:

https://www.publico.es/politica/moreno-tumba-iniciativa-legislativa-popular-50000-firmas-bajar-numero-alumnos-aula.html

- El presidente andaluz se ausenta del debate, lo que la izquierda consideró una falta de respeto a los firmantes y sus representantes, que consideraron: "Es triste y lamentable el sentido del voto del PP. Teníamos la esperanza de que votaran que sí para sentarse a hablar. La comunidad educativa no va a olvidar esto".


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'