¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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INTERINOS: LA SOLUCION A LA ESTABILIDAD PUEDE LLEGAR VÍA GOBIERNO CENTRAL.

Iniciado por Emilin, 01 Marzo, 2017, 18:16:14 PM

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solucionamisdudas y 5 Visitantes están viendo este tema.

alboradas

Sin olvidar que el estatuto básico del trabajador público, TREBEP, justo antes de ser reformado, YA era más que suficiente como estaba para evitar el abuso de interinidad, solo hacía falta CUMPLIRLO.

Además decía que el método de selección es de concurso oposición o de concurso incluso, si circunstancias extraordinarias así lo motivasen.

Perfectamente constitucional por tanto el concurso, siendo además estas circunstancias actuales innegablemente extraordinarias.

Prometieron mucho pero han preferido hacerlo a lo bestia, con el concurso impagable (aliñado con un aumento significativo de las subvenciones públicas a los sindicatos, que pasa de 8,8 M eur a 13,8 M eur, un 56 %) de los denominados sindicatos mayoritarios.

No os fieis de las manipulaciones de sindicalistos ni de políticos.

Han aprobado corriendo reformas tanto en pensiones como en temporalidad pública para ofrecerle reformas a la Unión europea y así recibir fondos de recuperación, después de "durísimas" negociaciones con los sindicatos, jajaja.

Espero que las denuncias presentadas ante Europa les hagan ver que las reformas recién decretadas incumplen de forma palmaria las sentencias del TJUE al respecto.

Saludos.

alboradas

Cita de: YOIGA en 09 Julio, 2021, 18:42:20 PM
Cita de: respublica en 09 Julio, 2021, 17:30:03 PM
Cita de: Iridium en 09 Julio, 2021, 13:49:52 PM
Cita de: respublica en 09 Julio, 2021, 03:08:58 AM
... porque el acceso a la condición de funcionario de carrera o de personal laboral fijo sólo es posible a raíz de la superación de un proceso selectivo con unas características determinadas que ya he explicado.

Esto puede cambiarse, pero en este caso no basta con cambiar una ley o dos, sino que habría que cambiar antes la Constitución Española.


Saludos.

No es correcto, también las sentencias judiciales hacen fijos a los interinos, y lo hacen cuando encuentran que es justo que así sea. Y eso señala un camino. No todo es tan simple.

Que yo sepa no hay ninguna sentencia firme que a un funcionario interino lo haya hecho funcionario de carrera, ni creo que la haya en el futuro. Sí hay indefinidos pero no fijos.

En cualquier caso cuando afirmo que solo se puede ser funcionario de carrera superando el correspondiente proceso selectivo no estoy dando ninguna opinión sino informando de la realidad de la legislación española, y parece mentira que tenga que recordarlo porque es algo que cualquiera debe conocer aunque no le guste.


Saludos.

Amigo Respublica,
Quizás tengas razón en el hecho de que no haya ninguna sentencia firme que obligue a un empleado público a convertirse en fijo ( con las mismas condiciones del funcionario de carrera o personal laboral fijo pero sin serlo); a lo mejor tendría que investigar y no quiero malgastar ese tiempo.

Según tú las cosas son como son y no podemos cambiarlas, y tú interpretación de las " cosas" es la correcta y te alzas con el título del mesías del foro como " ya he dicho en repetidas ocasiones" " como ya dije desde el principio del foro".

Cualquier proceso judicial tarde 5-7 años en resolverse si tiene que pasar por el TC, por eso no encuentras ninguna sentencia firme. El asunto está ante esta situación de vacío legal ¿se denuncia el abuso de la temporalidad o no se denuncia? si no lo haces, solo quedan las oposiciones. ¿Esperamos a que salga una sentencia firme en 3 años para denunciar? Son cuestiones que cada uno debe plantearse y
actuar en consecuencia.

Hombre amigo, quizás tengas razón en que no haya ninguna sentencia firme de " fijeza" o "estabilidad, pero sí las hay en primera instancia en bastantes juzgados y también de "indemnizaciones". Pero claro, ahora me dirás que esas no valen, que las que valen son la del TC, un tribunal politizado por los grupos políticos.

Como esto va de interpretaciones y solo la tuya es válida, sobre todo por encima de juristas expertos como Arauz, Fabian, Martos.... pues entonces no hay nada más que interpretar cada vez que se hace algún movimiento o sale una sentencia.

Voy a recordarte algunas de tus "interpretaciones" y " opiniones", desde las últimas 300-400 páginas pues no me uní desde el principio.

- Las diversas sentencias no dicen nada ni obligan a nada. A lo mejor deberías aprender algo de Derecho Comunitario para saber qué las Directivas europeas son vinculantes y de obligado cumplimiento.
- Recuerdo cuando intentaba justificar que un exceso de demandas colapsaría el sistema judicial. Y tú me dijiste que no pues las demandas por la misma causa se agrupaban y no se producía colapso.
- Qué no se iba a modificar el EBEP, qué ahora sí. Qué cuando se vaya a modificar y se negocie en el parlamento, pues sería el momento de medidas de presión. No antes, no sirven para nada las que han hecho los compañeros públicos ( campañas en redes sociales, huelgas, manifestaciones, caravanas los domingos...)
Fíjate si ha sido rápida la negociación ( para mí se acelera por la sentencia del 3 de junio, otra que para ti no dice nada) que se ha publicado en 3 semanas. En este periodo no he visto ningún mensaje tuyo apostando por la movilización o criticando el modo operandis del gobierno y sindicatos.
Luego ¿ cuándo nos movilizamos si consideras que tenemos que hacerlo? ¿Lo hacemos ahora? ¿De qué forma? ¿Vas a participar? ... Desde luego, si no hubiéramos hecho lo de antes, no habría ni derecho a las indemnizaciones? Son cuestiones que te planteamos diversos compañeros y evitas contestar.
- La última: "interpretar como solamente tú interpretas" que a partir de la disposición esa de que se agilizarán los procesos selectivos las pruebas serán no eliminatorias.
Por lo menos podrías tener un poco de humildad y reconocer que te has aventurado por tu parte, en lugar de atacar al resto de foreros por unas "opiniones" o " interpretaciones" desafortunadas por lo menos por tu parte.

Y para terminar nadie va a ser nombrado funcionario de carrera por la vía judicial, pero sí tendrán que ponerle otro nombre (fijo a extinguir, con las mismas condiciones de cese que el funcionario de carrera). A lo mejor esto tampoco te sirva, pues entonces solo te quedará el sistema concurso-oposición que establezca el gobierno de turno.

Por cierto, Enhorabuena al compañero que ha aprobado las oposiciones en Madrid.
Saludos compañeros

Te aporto otro de los mantras de respublica: que había que votar al partido adecuado de forma que tuviese poder, sí, ese que ostenta la vicepresidencia del gobierno y que ahora Yolanda Díaz, como reproduje la noticia Yolanda Díaz tacha de "histórico" el acuerdo sobre temporalidad y felicita a Iceta porque "no ha sido nada fácil" https://www.europapress.es/economia/laboral-00346/noticia-yolanda-diaz-tacha-historico-acuerdo-temporalidad-felicita-iceta-porque-no-sido-nada-facil-20210707141102.html

No me parece nada fiable, más bien son afirmaciones muy interesadas de gran sesgo político.

Todo eso está escrito en ese mismo hilo, así es que a quien le apetezca lo puede verificar.

Ojo con las manipulaciones interesadas. La política ya está en ese nivel, desgraciadamente, es decir: según ellos todo vale y el fin justifica los medios.


Observador_curioso

Cita de: YOIGA en 09 Julio, 2021, 18:42:20 PM

Por cierto, Enhorabuena al compañero que ha aprobado las oposiciones en Madrid.
Saludos compañeros

Muchas gracias compañera.

respublica

Pues nada, el que no quiera aceptar la realidad y prefiera el engaño que siga pagando a esos bufetes que llevan 20 años prometiendo fijeza y todo lo que el cliente desesperado quiera oír. A ver cuántos de sus clientes consiguen esa fijeza dentro de otros 20 años.

Yo no voy a entrar en la provocación de quienes me atacan personalmente en vez de utilizar argumentos de aquello de lo que debatimos.

Si alguien quiere debatir en serio utilizando argumentos, con gusto le responderé.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


Observador_curioso

Cita de: Observador_curioso en 09 Julio, 2021, 22:57:00 PM
Cita de: YOIGA en 09 Julio, 2021, 18:42:20 PM

Por cierto, Enhorabuena al compañero que ha aprobado las oposiciones en Madrid.
Saludos compañeros

Muchas gracias compañera.

¡O compañero, según veo ahora!

alboradas

Valoración de USTEA:

UNA VALORACIÓN


Discrepamos completamente con el planteamiento general que se hace del problema de la temporalidad: ni es suficiente el reconocimiento que se hace en la parte expositiva de este Real Decreto-ley de la responsabilidad que tiene el conjunto de las Administraciones Públicas en la génesis del problema, ni nos parecen suficientes las medidas sancionadoras del abuso de temporalidad (las compensaciones económicas que se dictan) ni mucho menos podemos compartir que la solución para reducir las tasas de temporalidad al 8% se haga mediante procesos de estabilización del empleo, procesos en los que lo que se estabilizan son las plazas, pero no las personas interinas que venían ocupándolas en situación de abuso de temporalidad.

En el anterior borrador que conocimos, las compensaciones económicas eran de 33 días de retribuciones fijas por año de servicio hasta un máximo de dos anualidades. Ahora se produce una drástica rebaja a 20 días por año y hasta un máximo de 12 mensualidades, producto seguramente de las presiones de las CC.AA. que tendrán que hacer frente con sus presupuestos a buena parte dichas compensaciones. Tengamos en cuenta que el mayor volumen del colectivo interino (Educación y Sanidad) está transferido a estas administraciones. En todo caso, nunca hemos defendido que sea una solución para el personal interino el despido con una compensación económica; pero es que ésta, además de ser una cuantía pequeña y muy inferior a la inicialmente conocida, abre un panorama laboral especialmente difícil para muchos compañeros y compañeras que más años llevan trabajando en situación de abuso de temporalidad. Pensemos, por ejemplo, en un docente de cincuenta años de edad, que lleva más de veinte años de interino y que al no superar el proceso selectivo de estabilización se ve expulsado del sistema. Se encuentra con que a sus cincuenta años de edad solamente sabe dar clases, que tiene por delante más de quince años de vida laboral hasta la jubilación, y que solo se encuentra con la compensación equivalente al salario de doce meses y dos años de prestación por desempleo. Un verdadero drama.

La reforma que establece este proyecto de Real Decreto-ley niega la posibilidad de cualquier solución excepcional al problema de la interinidad. Al obligar a ofertas masivas de empleo público, basadas en sistemas selectivos por el único procedimiento del concurso-oposición, cierra la puerta a medidas excepcionales y transitorias como las que se apuntan, si se desarrollasen correctamente, en el artículo 61.6 del propio TREBEP; por no hablar de otros posibles mecanismos de estabilización (de las personas) que ni siquiera parecen haber sido explorados por el Ministerio. Que las únicas medidas excepcionales que se planteen sea elevar hasta un 40% la ponderación de la fase de méritos del concurso-oposición, cosa que ya está en buena parte de los actuales procesos selectivos (Educación y otros) de diferentes Administraciones, o que simplemente se sugiera la posibilidad de unificar en un solo ejercicio las diferentes pruebas (algo similar se hizo en Educación entre los años 2007 y 2011) es simplemente impresentable.

Conviene también reflexionar sobre la restricción que supone que una plaza estructural sólo pueda ser ocupada por personal funcionario de carrera tras tres años consecutivos de estar cubierta en régimen de interinidad. Decíamos que en la práctica supone la supresión de la plaza si no se provee por un funcionario de carrera o se incluye en la OPE correspondiente. Creemos que esto no siempre va a ser así, y que en su lugar y en muchos casos, las Administraciones optarán por sistemas de contratación todavía más precarios con los que sortear esta obligación sin exponerse a la supresión de la plaza. En definitiva, que un Real Decreto-ley que lo que pretende en teoría es acabar con la actual temporalidad, en la práctica tendrá el efecto perverso de generar más y peor precariedad.

Por último, y con independencia de que rechacemos frontalmente esta reforma, ni siquiera compartimos el objetivo de reducir las tasas de temporalidad por debajo del 8% en todas las Administraciones. En algunas de ellas, como es el caso de la educativa, y por el carácter cambiante y flexible que tiene que tener el sistema educativo, vemos que originará problemas serios el que realmente el volumen de personal funcionario de carrera esté por encima del 92%. Muchas Administraciones, como puede ser la educativa, optarán, antes que cargarse de un volumen difícil de gestionar de funcionarios de carrera, por estas fórmulas de mayor precariedad a las que aludíamos en el párrafo anterior.

A partir de ahora, y en caso de aprobarse definitivamente este proyecto, habrá que tener en cuenta una serie de cuestiones de capital importancia. La primera de ellas es la definición concreta en cada Administración del concepto de plaza de carácter "estructural", ya que éstas serán las que van a ser objeto de los procesos de estabilización. No menos importante será negociar la adaptación de las normas de personal de los sectores que tienen legislación propia, como Sanidad y Educación, a los contenidos de este Real Decreto-ley. En el caso de Educación este proceso va a converger en el tiempo con el mandato de la LOMLOE de modificar en el plazo de un año el actual sistema de acceso a la función pública docente.

https://educacion.ustea.org/analisis-y-valoracion-del-proyecto-de-real-decreto-ley-2021-de-6-de-julio-de-medidas-urgentes-para-la-reduccion-de-la-temporalidad-en-el-empleo-publico/

YOIGA

Cita de: Observador_curioso en 09 Julio, 2021, 22:59:45 PM
Cita de: Observador_curioso en 09 Julio, 2021, 22:57:00 PM
Cita de: YOIGA

link=topic=112109.msg1395146#msg1395146
date=1625848940


Por cierto, Enhorabuena al compañero que ha aprobado las oposiciones en Madrid.
Saludos compañeros

Muchas gracias compañera.

¡O compañero, según veo ahora!

Soy compañero, de verdad me alegro un montón que otros compañeros del foro aprueben las oposiciones.
Saludos

Iridium

Cita de: respublica en 09 Julio, 2021, 17:30:03 PM
Cita de: Iridium en 09 Julio, 2021, 13:49:52 PM
Cita de: respublica en 09 Julio, 2021, 03:08:58 AM
... porque el acceso a la condición de funcionario de carrera o de personal laboral fijo sólo es posible a raíz de la superación de un proceso selectivo con unas características determinadas que ya he explicado.

Esto puede cambiarse, pero en este caso no basta con cambiar una ley o dos, sino que habría que cambiar antes la Constitución Española.


Saludos.



No es correcto, también las sentencias judiciales hacen fijos a los interinos, y lo hacen cuando encuentran que es justo que así sea. Y eso señala un camino. No todo es tan simple.

Que yo sepa no hay ninguna sentencia firme que a un funcionario interino lo haya hecho funcionario de carrera, ni creo que la haya en el futuro. Sí hay indefinidos pero no fijos.

En cualquier caso cuando afirmo que solo se puede ser funcionario de carrera superando el correspondiente proceso selectivo no estoy dando ninguna opinión sino informando de la realidad de la legislación española, y parece mentira que tenga que recordarlo porque es algo que cualquiera debe conocer aunque no le guste.


Saludos.

Tienes razón, de interino a funcionario de carrera no hay sentencias así que te cité mal. Me refería, estaba bien expresado, a hacer fijos a interinos en ciertas condiciones, y es una ruta que empiezan a marcar los tribunales y que termina cambiando legislaciones, bien porque se aplicaban fraudulentamente, bien porque ellas mismas incumplen con otras de rango superior. Es decir, que las normas no son sacrosantas porque muchas de ellas, en sí mismas o en su aplicación, son incorrectas. La idea de pensar que todo se estaba haciendo bien y que nos tenemos que conformar porque es inamovible no es acertada, y no lo digo yo, lo dice el Supremo.


Iridium

Cita de: YOIGA en 09 Julio, 2021, 18:42:20 PM

Amigo Respublica,
Quizás tengas razón en el hecho de que no haya ninguna sentencia firme que obligue a un empleado público a convertirse en fijo ( con las mismas condiciones del funcionario de carrera o personal laboral fijo pero sin serlo); a lo mejor tendría que investigar y no quiero malgastar ese tiempo.

...

Sí hay sentencias que hacen fijos, ahí tenemos la del Supremo que está por publicarse estos días (si no se ha pùblicado ya) , lo que no hay, y en eso Respublica tenía razón, es paso por sentencia de interino a funcionario de carrera.

En cualquier caso sí hay tribunales interviniendo ya, desde Europa y desde España, para corregir lo que estaba MAL hecho, aunque alguna ley pareciera que amparase esp qie estaba MAL hecho. Cuidado con lo de agarrarse a "lo dice la ley" y a conformarse, porque lo que es injusto hay que cambiarlo.

respublica

Cita de: Iridium en 10 Julio, 2021, 11:51:18 AM
Sí hay sentencias que hacen fijos, ahí tenemos la del Supremo que está por publicarse estos días (si no se ha pùblicado ya) , lo que no hay, y en eso Respublica tenía razón, es paso por sentencia de interino a funcionario de carrera.

El Tribunal Supremo, su Sala de lo Social para ser precisos, dado que los asuntos de los interinos los lleva otra sala, lo que ha hecho a finales de junio, adaptando las últimas sentencias del TJUE es declarar indefinidos no fijos, que es una figura que a efectos prácticos la única diferencia con un interino es que recibe una indemnización al cese de 20 días.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


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