¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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INTERINOS: LA SOLUCION A LA ESTABILIDAD PUEDE LLEGAR VÍA GOBIERNO CENTRAL.

Iniciado por Emilin, 01 Marzo, 2017, 18:16:14 PM

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hugo5

Cita de: respublica en 21 Julio, 2017, 13:23:33 PM
El mero paso del tiempo no es considerado por la justicia como un mérito por lo que no cumple con los principios constitucionales de acceso al empleo público. Así que la funcionarización automática no es que tenga difícil encaje legal sino que es inconstitucional.

En cambio un concurso de méritos sí, como sucede en la enseñanza universitaria.


Saludos.

A ver, esto es importante.

¿Estás diciendo, que en el concurso de méritos o doble vía que se está solicitando, no se va a  ser considerado el tiempo de servicio?

Saludos


hugo5

Cita de: hugo5 en 21 Julio, 2017, 17:57:29 PM
Cita de: respublica en 21 Julio, 2017, 13:23:33 PM
El mero paso del tiempo no es considerado por la justicia como un mérito por lo que no cumple con los principios constitucionales de acceso al empleo público. Así que la funcionarización automática no es que tenga difícil encaje legal sino que es inconstitucional.

En cambio un concurso de méritos sí, como sucede en la enseñanza universitaria.


Saludos.

A ver, esto es importante.

¿Estás diciendo, que en el concurso de méritos o doble vía que se está solicitando, no se va a  ser considerado el tiempo de servicio?

Saludos

La Plataforma Estatal por la Consolidación del Empleo del Profesorado Interino (PECEPI),integrada por STEs-i, FEDI, CPI-PV y AFID, ha acordado la siguiente:

PROPUESTA MARCO DE ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA DOCENTE NO UNIVERSITARIA PARA LA CONSOLIDACIÓN DEL EMPLEO DEL PROFESORADO INTERINO.

TERCERO. Consolidación de empleo del colectivo docente interino.

..."Dicha consolidación estará basada, fundamentalmente, en la valoración de los méritos acumulados  por las personas aspirantes en sus años de servicio como personal docente en el sistema público de enseñanza, pues ya han demostrado su idoneidad y capacidad para integrar el cuerpo de docentes"...


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¿Me puedes aclarar de que méritos hablan en este párrafo del acuerdo MARCO?

Saludos


harto

Pues si es por meritos a hacer grados, masters, cursos, jornadas... A mi no me parece mal siempre q estemos exentos de oposicion. Esto si seria legal.

Enviado desde mi ALE-L21 mediante Tapatalk


respublica

Cita de: hugo5 en 21 Julio, 2017, 17:57:29 PM
Cita de: respublica en 21 Julio, 2017, 13:23:33 PM
El mero paso del tiempo no es considerado por la justicia como un mérito por lo que no cumple con los principios constitucionales de acceso al empleo público. Así que la funcionarización automática no es que tenga difícil encaje legal sino que es inconstitucional.

En cambio un concurso de méritos sí, como sucede en la enseñanza universitaria.


Saludos.

A ver, esto es importante.

¿Estás diciendo, que en el concurso de méritos o doble vía que se está solicitando, no se va a  ser considerado el tiempo de servicio?

Saludos
El tiempo de servicio puede y debe considerarse como mérito en un concurso de méritos pero no de forma exclusiva y ni siquiera de forma determinante o de lo contrario no se cumplen los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito y capacidad.

El acceso al funcionariado automáticamente tras tres años incumple esos cuatro requisitos.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


respublica

El que nos hagan funcionarios de carrera tras unos años de interinidad es el sueño de todo interino de los últimos 40 años y no tiene nada de novedoso sacarlo una vez más pero va contra la Constitución y por tanto no es factible.

Y la Constitución se puede cambiar pero todos los partidos políticos y sindicatos han estado y están a favor de los principios constitucionales de acceso al empleo público y no los van a cambiar para sustituirlos por el principio de antigüedad, así que insistir en ello es inútil.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

hugo5

Cita de: respublica en 21 Julio, 2017, 18:30:43 PM
Cita de: hugo5 en 21 Julio, 2017, 17:57:29 PM
Cita de: respublica en 21 Julio, 2017, 13:23:33 PM
El mero paso del tiempo no es considerado por la justicia como un mérito por lo que no cumple con los principios constitucionales de acceso al empleo público. Así que la funcionarización automática no es que tenga difícil encaje legal sino que es inconstitucional.

En cambio un concurso de méritos sí, como sucede en la enseñanza universitaria.


Saludos.

A ver, esto es importante.

¿Estás diciendo, que en el concurso de méritos o doble vía que se está solicitando, no se va a  ser considerado el tiempo de servicio?

Saludos
El tiempo de servicio puede y debe considerarse como mérito en un concurso de méritos pero no de forma exclusiva y ni siquiera de forma determinante o de lo contrario no se cumplen los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito y capacidad.

El acceso al funcionariado automáticamente tras tres años incumple esos cuatro requisitos.


Saludos.

El primer párrafo no necesita comentarios, se explica por si solo. Está bien para intentar colarlo, pero todos sabemos la realidad, y si no, a ver quien se lleva las plazas si se implanta.

Y respecto al acceso automático después de tres años de servicio me remito a la intervención de STEs-I en la reunión con el MECD el pasado 28 de junio:

..."Las Administraciones han incurrido claramente en fraude de Ley y han sido las responsables de la situación creada, y ahora deberían ser capaces de acometer los cambios legislativos necesarios para reparar el daño de precariedad laboral causado al profesorado interino. El profesorado interino ha superado ya procesos selectivos regidos por los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y no ha obtenido plaza porque las adminsitraciones no ofertaban todas las vacantes estructurales existentes. Justo sería habilitar ahora los cambios normativos para facilitarles las plazas que no se ofertaron en las sucesivas convocatorias de OEP."...

Pues eso queremos, los cambio legislativos necesarios.

Saludos

hugo5

Cita de: respublica en 21 Julio, 2017, 18:56:06 PM
El que nos hagan funcionarios de carrera tras unos años de interinidad es el sueño de todo interino de los últimos 40 años y no tiene nada de novedoso sacarlo una vez más pero va contra la Constitución y por tanto no es factible.

Y la Constitución se puede cambiar pero todos los partidos políticos y sindicatos han estado y están a favor de los principios constitucionales de acceso al empleo público y no los van a cambiar para sustituirlos por el principio de antigüedad, así que insistir en ello es inútil.


Saludos.

No hace falta modificar la Constitución, nosotros también estamos de acuerdo con los principios constitucionales, ni queremos que se sustituya por la antigüedad. Ya está añadida la famosa coletilla.

Ley actual:

Disposición adicional duodécima de la LOE, que la LOMCE no ha modificado:

"El sistema de ingreso en la función pública docente será el de concurso-oposición convocado por las respectivas Administraciones educativas. En la fase de concurso se valorarán, entre otros méritos, la formación académica y la experiencia docente previa. En la fase de oposición se tendrán en cuenta la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Las pruebas se convocarán, según corresponda, de acuerdo con las especialidades docentes. Para la selección de los aspirantes se tendrá en cuenta la valoración de ambas fases del concurso-oposición, sin perjuicio de la superación de las pruebas correspondientes."

Modificación de la ley:

"El sistema de ingreso en la función pública docente, regidos siempre por los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, constará de dos fases, concurso-oposición y periodo de prácticas. En la fase de concurso-oposición que será convocado por las respectivas Administraciones educativas, se valorarán entre otros méritos, la formación académica y la experiencia docente previa y se tendrán en cuenta la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Las pruebas se convocarán, según corresponda, de acuerdo con las especialidades docentes. Para la selección de los aspirantes se tendrá en cuenta la valoración de ambas partes del concurso-oposición, sin perjuicio de la superación de las pruebas correspondientes. Los aspirantes que hayan superado la fase de concurso-oposición, accederán a las bolsas de trabajo docentes, ordenados según la puntuación obtenida, y servirá para la provisión de puestos de trabajo docente en prácticas.
En la segunda fase, o periodo de prácticas, se valorará la aplicación de los conocimientos, habilidades y técnicas necesarias para el ejercicio docente. Esta fase o periodo de prácticas tendrá una duración no superior a tres años, teniendo, obligatoriamente, que ser superada."

respublica

Cita de: hugo5 en 21 Julio, 2017, 19:38:18 PM
Cita de: respublica en 21 Julio, 2017, 18:30:43 PM
Cita de: hugo5 en 21 Julio, 2017, 17:57:29 PM
Cita de: respublica en 21 Julio, 2017, 13:23:33 PM
El mero paso del tiempo no es considerado por la justicia como un mérito por lo que no cumple con los principios constitucionales de acceso al empleo público. Así que la funcionarización automática no es que tenga difícil encaje legal sino que es inconstitucional.

En cambio un concurso de méritos sí, como sucede en la enseñanza universitaria.


Saludos.

A ver, esto es importante.

¿Estás diciendo, que en el concurso de méritos o doble vía que se está solicitando, no se va a  ser considerado el tiempo de servicio?

Saludos
El tiempo de servicio puede y debe considerarse como mérito en un concurso de méritos pero no de forma exclusiva y ni siquiera de forma determinante o de lo contrario no se cumplen los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito y capacidad.

El acceso al funcionariado automáticamente tras tres años incumple esos cuatro requisitos.


Saludos.

El primer párrafo no necesita comentarios, se explica por si solo. Está bien para intentar colarlo, pero todos sabemos la realidad, y si no, a ver quien se lleva las plazas si se implanta.

Y respecto al acceso automático después de tres años de servicio me remito a la intervención de STEs-I en la reunión con el MECD el pasado 28 de junio:

..."Las Administraciones han incurrido claramente en fraude de Ley y han sido las responsables de la situación creada, y ahora deberían ser capaces de acometer los cambios legislativos necesarios para reparar el daño de precariedad laboral causado al profesorado interino. El profesorado interino ha superado ya procesos selectivos regidos por los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y no ha obtenido plaza porque las adminsitraciones no ofertaban todas las vacantes estructurales existentes. Justo sería habilitar ahora los cambios normativos para facilitarles las plazas que no se ofertaron en las sucesivas convocatorias de OEP."...

Pues eso queremos, los cambio legislativos necesarios.

Saludos
El fraude de ley es que no hayan salido a OEP las plazas y lo que pide STEs es que a esas plazas se acceda por concurso de méritos.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


Zeronter

Bueno, después de esas extensas explicaciones que haceis...Alguien saca alguna conclusión de por donde pueden ir los examenes en el 2018 ¿?

respublica

El que manda es el gobierno y según ha dicho el Ministerio de Educación cambiarán temarios pero el sistema de acceso seguirá igual hasta que acuerden en el pacto educativo otro, que todo apunta al MIR.

Eso es lo que tenemos hasta ahora.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


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