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INTERINOS: LA SOLUCION A LA ESTABILIDAD PUEDE LLEGAR VÍA GOBIERNO CENTRAL.

Iniciado por Emilin, 01 Marzo, 2017, 18:16:14 PM

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Callejón sin salida

Cita de: jmcala en 17 Diciembre, 2022, 19:01:32 PM
Cita de: Callejón sin salida en 17 Diciembre, 2022, 16:45:07 PM
Ojo al último pronunciamiento del TJUE 15-12-2022, los concursos de traslados son contrarios a la directiva europea, eso quiere decir que esas plazas también deberían de salir a estabilización, ojito a esto.

No entiendo esto. ¿Cómo que el concurso de traslados es contrario?

No puede haber exclusión del profesorado interino de estos procesos y , por tanto, todas esas plazas podrían también ser ocupadas por interinos y, por tanto, susceptibles de estabilización.

malogu

Cita de: Callejón sin salida en 17 Diciembre, 2022, 19:48:20 PM
Cita de: jmcala en 17 Diciembre, 2022, 19:01:32 PM
Cita de: Callejón sin salida en 17 Diciembre, 2022, 16:45:07 PM
Ojo al último pronunciamiento del TJUE 15-12-2022, los concursos de traslados son contrarios a la directiva europea, eso quiere decir que esas plazas también deberían de salir a estabilización, ojito a esto.

No entiendo esto. ¿Cómo que el concurso de traslados es contrario?

No puede haber exclusión del profesorado interino de estos procesos y , por tanto, todas esas plazas podrían también ser ocupadas por interinos y, por tanto, susceptibles de estabilización.
Me he perdido, ¿como van a asignarle destino definitivo a un interino?


Callejón sin salida

http://apiscam.blogspot.com/?m=1

CitarEl Tribunal de Justicia de la UE sentencia el derecho del temporal a participar en los procedimientos para acceder a una categoría superior, en este caso italiano, a la de profesores asociados indefinidos
'El Tribunal de Justocia de la UE acaba de dictar Sentencia de fecha 15 de diciembre de 2022, asunto C-40/20, en cuyos apartados 95 a 108 declara que la cláusula 4.1 del Acuerdo Marco dela Directiva 1999/70 exige que si el personal temporal, cuando ejerce las mismas actividades profesionales y presta los mismos servicios que el personal fijo, tiene derecho a participar en los procedimientos de evaluación específica para acceder a una categoría superior, en este caso a la de profesores asociados.

Por tanto, el TJUE confirma el criterio que ya había apuntado en otras Sentencias, en cuanto a que la carrera profesional debe considerarse como condicion de trabajo a los efectos de esta cláusula 4.1 del Acuerdo Marco, lo que significa que la exclusión radical y absoluta de los interinos y del personal temporal, de los concurso de traslados, de las promociones internas o de los ascensos, que están únicamente reservados al personal fijo o de carrera, vulnera la Directiva 1999/70. '

Fuente: Comunidado del  gabinete de Araúz de 16/12/2022 recibido en APISCAM



respublica

Cita de: Callejón sin salida en 17 Diciembre, 2022, 20:47:45 PM
http://apiscam.blogspot.com/?m=1

CitarEl Tribunal de Justicia de la UE sentencia el derecho del temporal a participar en los procedimientos para acceder a una categoría superior, en este caso italiano, a la de profesores asociados indefinidos
'El Tribunal de Justocia de la UE acaba de dictar Sentencia de fecha 15 de diciembre de 2022, asunto C-40/20, en cuyos apartados 95 a 108 declara que la cláusula 4.1 del Acuerdo Marco dela Directiva 1999/70 exige que si el personal temporal, cuando ejerce las mismas actividades profesionales y presta los mismos servicios que el personal fijo, tiene derecho a participar en los procedimientos de evaluación específica para acceder a una categoría superior, en este caso a la de profesores asociados.

Por tanto, el TJUE confirma el criterio que ya había apuntado en otras Sentencias, en cuanto a que la carrera profesional debe considerarse como condicion de trabajo a los efectos de esta cláusula 4.1 del Acuerdo Marco, lo que significa que la exclusión radical y absoluta de los interinos y del personal temporal, de los concurso de traslados, de las promociones internas o de los ascensos, que están únicamente reservados al personal fijo o de carrera, vulnera la Directiva 1999/70. '

Fuente: Comunidado del  gabinete de Araúz de 16/12/2022 recibido en APISCAM

Hay que ver la sentencia pero lo que dice el comunicado del  gabinete de Araúz que ha sentenciado el TJUE, que el personal temporal tiene derecho a participar en los procedimientos de evaluación específica para acceder a una categoría superior, en este caso a la de profesores asociados, no veo que guarde relación con el concurso de traslados docente.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

jmcala

Creo que son cosas distintas lo que refiere ese texto y lo que es el CGT.

Callejón sin salida

Aquí la cuestión es que tienen que salir a concurso todas las plazas ocupadas de manera temporal, incluyendo concursillo, provisionales y comisiones de servicio, por tanto, mientras no se aclare este punto deberían paralizarse estos procesos de manera cautelar.

scout

Lo que dice es que no se puede excluir a un interino de la promoción interna y de la carrera profesional por lo que según entiendo teniendo la antigüedad mínima no sólo podría haber interinos en los equipos directivos como hasta ahora sino que podrían presentarse para inspectores.


respublica

La única carrera profesional que existe en la docencia no universitaria son los sexenios y ya están reconocidos para interinos.

Tener un cargo como equipo directivo no es una promoción interna ni tampoco la inspección educativa, que es otra oposición diferente.

De todas formas, se interprete como se quiera, lo que no tiene sentido es que el bufete de Arauz diga que afecta al concurso de traslados, lo que demuestra el escaso conocimiento de cómo está organizada esta profesión.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -

Callejón sin salida

Lo que dice el TJUE que esos procesos vulneran la directiva, las plazas ocupadas temporalmente tienen que salir a concurso de méritos, y muchas de esas plazas lo son, por tanto vulneran la directiva a europea y por tanto, hay jurisprudencia al respecto.


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