¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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Septiembre

Iniciado por mmortam, 16 Agosto, 2017, 12:47:44 PM

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jmcala

Lo que afirmas de "mejor, todos iguales" es lo que está matando a los centros educativos y, en la inmensa mayoría de los casos, es responsabilidad directa de las directivas, albay.

El pánico que parecen tener las directivas a dar trato distinto a los que curran distinto está provocando que mueran de desilusión las ganas e iniciativas de muchos docentes.

Es otra de las reformas que son de imperiosa necesidad.

www.ejercicios-fyq.com


rantanplan

Cita de: albay en 23 Agosto, 2017, 09:42:55 AMDe momento el de lengua extranjera, mantener los equipos de audición correctamente.

Sí claro, ¡los dos loros! 'Y rebobinar las cintas, también! ¡Cómo no se me había ocurrido antes! Titánica labor, sí.


Cita de: albay en 23 Agosto, 2017, 09:42:55 AMPero repito, en un departamento hay todo el trabajo que sus miembros quieran asumir. Nadie te obliga a hacer nada de ese mantenimiento de aparatos.

El decreto 327 prescribe que al jefe de departamento vele porque funcione el material y el equipamiento, si no lo hace está haciendo dejación de sus funciones. Claro que si no tiene horas para ello porque el jefe de estudios considera que es indispensable que el de lengua extranjera tenga tiempo para rebobinar las cintas de los años 80, es obvio que no lo podrá hacer.


jmcala

Cita de: lixsi2 en 22 Agosto, 2017, 20:01:47 PM
Venís dando por hecho que la normativa, sea ilegal o contradiga normativa superior como aquí bien se ha apuntado, está superclara. Yo no la veo tan clara.

Exactamente la convocatoria pone, en su base DECIMOTERCERA, punto 3:

http://www.juntadeandalucia.es/boja/2017/111/1

3. Asimismo, y sin menoscabo de lo establecido en el apartado 2, el personal que obtenga destino por este procedimiento deberá permanecer en su centro de origen, en su caso, hasta que concluyan las actividades previstas para la finalización del curso anterior.

Clarificar lo que pone este artículo significa desentrañar conceptos fundamentales como saber si un temporal, con situación de prórroga vacacional en medio, tiene centro de origen. Y para eso debería estar clarificado en algún artículo de la normativa qué se entiende por centro de origen respecto a este personal respecto a un personal que cesa discreccionalmente todos los 30 de junio. Lo que ponga o no Séneca o Portal Docente obviamente no es relevante.

Lo que está muy claro para un funcionario de carrera que esté en servicio activo y con destino definitivo, pues tiene una plaza en un centro asignada de su propiedad no limitada a un curso, no lo es en absoluto para el personal temporal.

Según el literal de este artículo entiendo que sólo se pueden concluir dos cosas.

1- Que los funcionarios de carrera con destino definitivo (que son los únicos con centro de origen) que pidan comisión deben volver a su centro de origen (donde sigue estando su plaza).
2- Que debemos volver todos los que hubiéramos estado a 30 de junio en un centro, sea por el motivo que sea, pues se supone que estar a 30 de junio, día en que cesamos todos los temporales, tal y como dice nuestro contraro, es tener centro de origen.

Afirmar lo segundo es un salto mortal salvo que esté reflejado en normativa alguna que los temporales que cesan a 30 de junio tenemos centro de origen.

Ello da lugar a interpretaciones anómalas para cuadrar situaciones surrelistas. Por ejemplo si un funcionario interino estaba sustituyendo a un funcionario de carrrera (bien sea por una mal llamada por la consejería vacante (por ejemplo una excedencia) o llamada sustitución, (por ejemplo por enfermedad común) y ese funcionario se incorpora a ese puesto en septiembre ¿debería acudir el temporal al centro anterior y darse la paradoja de estar dos personas y puede que ninguna en su nuevo centro si le han asignado este año, a ese temporal, una vacante real que se haya producido este verano? Misma situación si el temporal ocupaba una vacante real (es decir una plaza sin titular) y este año esa vacante ha sido cubierta en el CGT.

Se observa, además, en varios hilos tratando lo mismo, se está haciendo una interpretación sui generis, afirmando que sólo tienen que volver tales personas que estuvieron a 30 de junio (según unos en "vacante informatizada", según otros también en "vacante sobrevenida", porque así lo dice tal o cual delegación o tal o cual direccón o se lo dicta su sentido común o el director de turno, pero sin base legal ninguna.

Ello viene a confirmar que la normativa es ambigua y seguramente esa ambiguedad es calculada pues la consejería sabe que obligar de forma tajante a volver a todo el personal temporal, y pornerlo por escrito, es manifiestamente ilegal y por lo tanto saca una norma ambigua, como siempre, para que nosotros mismos nos lo autoimpongamos por miedo. Al redactarlo de forma ambigua se evita que un recurso prospere.

Huelga decir que los motivos de la consejería no son otros que disponer del persoal a su antojo prosiguiendo con su movilidad laboral abusiva y que si todos, o una mayoría, nos negáramos a realizarlo, vendría obligada a prorrogar, al menos, los contratos, de los temporales, y las tomas de posesión de los funcionarios, hasta la finalización del curso.

Un saludo.
La orden es ambigua porque, como dices, no podría ser clara. Pero la ambigüedad de esa orden es, precisamente, la que hace que pueda ser ignorada sin consecuencias legales para nadie.

Lo he dicho y repetido: para un interino, que cesa a 30 de junio, es tan fácil como ir al nuevo centro el día 1 de septiembre a tomar posesión de su peso y permanecer allí en los días sucesivos. Estará trabajando en su puesto y la empresa no podrá demostrar, en ningún caso, falta injustificada del trabajador. Tampoco podrá exigir el cumplimiento de la famosa orden porque choca de bruces con el procedimiento administrativo y con el derecho del trabajador a no hacerse cargo de los gastos generados por el desplazamiento que se le exige.

¿Habrá algún sindicato que ponga a sus servicios jurídicos a trabajar sobre este punto? Lo que se plantea es que la CEJA tuviera que restituir los ocho primeros días de septiembre como prórroga vacacional o acabar el curso el día 30 de junio.

www.ejercicios-fyq.com


albay

Cita de: jmcala en 23 Agosto, 2017, 10:28:51 AM
Lo que afirmas de "mejor, todos iguales" es lo que está matando a los centros educativos y, en la inmensa mayoría de los casos, es responsabilidad directa de las directivas, albay.

El pánico que parecen tener las directivas a dar trato distinto a los que curran distinto está provocando que mueran de desilusión las ganas e iniciativas de muchos docentes.

Es otra de las reformas que son de imperiosa necesidad.

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Pues sí, porque no es fácil dar órdenes o llevarle la contraria a alguien que solamente es tu compañero, y que después del cargo podrá pasar al contrario. Te lo digo por experiencia, le dije a un compañero cosas que no me parecían bien que hacía y se ha tirado desde Navidad sin hablarme y volviéndome la cara. Y eso, que antes del incidente, coincidíamos a bastantes cosas. Pues no, resulta que no merece la pena.


albay

Cita de: rantanplan en 23 Agosto, 2017, 10:31:13 AM
Cita de: albay en 23 Agosto, 2017, 09:42:55 AMDe momento el de lengua extranjera, mantener los equipos de audición correctamente.

Sí claro, ¡los dos loros! 'Y rebobinar las cintas, también! ¡Cómo no se me había ocurrido antes! Titánica labor, sí.


Cita de: albay en 23 Agosto, 2017, 09:42:55 AMPero repito, en un departamento hay todo el trabajo que sus miembros quieran asumir. Nadie te obliga a hacer nada de ese mantenimiento de aparatos.

El decreto 327 prescribe que al jefe de departamento vele porque funcione el material y el equipamiento, si no lo hace está haciendo dejación de sus funciones. Claro que si no tiene horas para ello porque el jefe de estudios considera que es indispensable que el de lengua extranjera tenga tiempo para rebobinar las cintas de los años 80, es obvio que no lo podrá hacer.

Quiero dejar la discusión ya, porque observo que infravaloras mucho el trabajo de los demás y sobrevaloras el tuyo. Ni lo uno ni lo otro. Dejémoslo ya. No merece la pena discutir por algo en lo que no nos vamos a poner de acuerdo.

jmcala

Cita de: albay en 23 Agosto, 2017, 10:44:51 AM
Cita de: jmcala en 23 Agosto, 2017, 10:28:51 AM
Lo que afirmas de "mejor, todos iguales" es lo que está matando a los centros educativos y, en la inmensa mayoría de los casos, es responsabilidad directa de las directivas, albay.

El pánico que parecen tener las directivas a dar trato distinto a los que curran distinto está provocando que mueran de desilusión las ganas e iniciativas de muchos docentes.

Es otra de las reformas que son de imperiosa necesidad.

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Pues sí, porque no es fácil dar órdenes o llevarle la contraria a alguien que solamente es tu compañero, y que después del cargo podrá pasar al contrario. Te lo digo por experiencia, le dije a un compañero cosas que no me parecían bien que hacía y se ha tirado desde Navidad sin hablarme y volviéndome la cara. Y eso, que antes del incidente, coincidíamos a bastantes cosas. Pues no, resulta que no merece la pena.
Fui jefe de estudios un año y luego cambié de centro. A día de hoy sigue habiendo gente que me odia por no transigir con ciertas actitudes. Soy de los que piensan que los cargos son para ejercerlos.

Nunca trataré igual al que trabaja y se implica que al vago o el que no se implica en nada. Sin ser cargo directivo, no tengo problema alguno en decir a la cara, y delante de todo el mundo, al que es un vago, que lo es.

Te entiendo. De verdad que sí. Pero yo en el centro estoy para trabajar, no para hacer amigos. Y eso no quita para que tenga grandes amigas en el lugar que trabajo y las admire, tanto como personas como trabajadoras.

www.ejercicios-fyq.com


albay

Cita de: jmcala en 23 Agosto, 2017, 11:12:58 AM
Cita de: albay en 23 Agosto, 2017, 10:44:51 AM
Cita de: jmcala en 23 Agosto, 2017, 10:28:51 AM
Lo que afirmas de "mejor, todos iguales" es lo que está matando a los centros educativos y, en la inmensa mayoría de los casos, es responsabilidad directa de las directivas, albay.

El pánico que parecen tener las directivas a dar trato distinto a los que curran distinto está provocando que mueran de desilusión las ganas e iniciativas de muchos docentes.

Es otra de las reformas que son de imperiosa necesidad.

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Pues sí, porque no es fácil dar órdenes o llevarle la contraria a alguien que solamente es tu compañero, y que después del cargo podrá pasar al contrario. Te lo digo por experiencia, le dije a un compañero cosas que no me parecían bien que hacía y se ha tirado desde Navidad sin hablarme y volviéndome la cara. Y eso, que antes del incidente, coincidíamos a bastantes cosas. Pues no, resulta que no merece la pena.
Fui jefe de estudios un año y luego cambié de centro. A día de hoy sigue habiendo gente que me odia por no transigir con ciertas actitudes. Soy de los que piensan que los cargos son para ejercerlos.

Nunca trataré igual al que trabaja y se implica que al vago o el que no se implica en nada. Sin ser cargo directivo, no tengo problema alguno en decir a la cara, y delante de todo el mundo, al que es un vago, que lo es.

Te entiendo. De verdad que sí. Pero yo en el centro estoy para trabajar, no para hacer amigos. Y eso no quita para que tenga grandes amigas en el lugar que trabajo y las admire, tanto como personas como trabajadoras.

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Cierto. La verdad es que es difícil contentar a todo el mundo. Yo ya no me moveré de mi centro, creo, y me quedan aún muchos años que estar allí.

lixsi2

Cita de: jmcala en 23 Agosto, 2017, 10:36:23 AM
Cita de: lixsi2 en 22 Agosto, 2017, 20:01:47 PM
Venís dando por hecho que la normativa, sea ilegal o contradiga normativa superior como aquí bien se ha apuntado, está superclara. Yo no la veo tan clara.

Exactamente la convocatoria pone, en su base DECIMOTERCERA, punto 3:

http://www.juntadeandalucia.es/boja/2017/111/1

3. Asimismo, y sin menoscabo de lo establecido en el apartado 2, el personal que obtenga destino por este procedimiento deberá permanecer en su centro de origen, en su caso, hasta que concluyan las actividades previstas para la finalización del curso anterior.

Clarificar lo que pone este artículo significa desentrañar conceptos fundamentales como saber si un temporal, con situación de prórroga vacacional en medio, tiene centro de origen. Y para eso debería estar clarificado en algún artículo de la normativa qué se entiende por centro de origen respecto a este personal respecto a un personal que cesa discreccionalmente todos los 30 de junio. Lo que ponga o no Séneca o Portal Docente obviamente no es relevante.

Lo que está muy claro para un funcionario de carrera que esté en servicio activo y con destino definitivo, pues tiene una plaza en un centro asignada de su propiedad no limitada a un curso, no lo es en absoluto para el personal temporal.

Según el literal de este artículo entiendo que sólo se pueden concluir dos cosas.

1- Que los funcionarios de carrera con destino definitivo (que son los únicos con centro de origen) que pidan comisión deben volver a su centro de origen (donde sigue estando su plaza).
2- Que debemos volver todos los que hubiéramos estado a 30 de junio en un centro, sea por el motivo que sea, pues se supone que estar a 30 de junio, día en que cesamos todos los temporales, tal y como dice nuestro contraro, es tener centro de origen.

Afirmar lo segundo es un salto mortal salvo que esté reflejado en normativa alguna que los temporales que cesan a 30 de junio tenemos centro de origen.

Ello da lugar a interpretaciones anómalas para cuadrar situaciones surrelistas. Por ejemplo si un funcionario interino estaba sustituyendo a un funcionario de carrrera (bien sea por una mal llamada por la consejería vacante (por ejemplo una excedencia) o llamada sustitución, (por ejemplo por enfermedad común) y ese funcionario se incorpora a ese puesto en septiembre ¿debería acudir el temporal al centro anterior y darse la paradoja de estar dos personas y puede que ninguna en su nuevo centro si le han asignado este año, a ese temporal, una vacante real que se haya producido este verano? Misma situación si el temporal ocupaba una vacante real (es decir una plaza sin titular) y este año esa vacante ha sido cubierta en el CGT.

Se observa, además, en varios hilos tratando lo mismo, se está haciendo una interpretación sui generis, afirmando que sólo tienen que volver tales personas que estuvieron a 30 de junio (según unos en "vacante informatizada", según otros también en "vacante sobrevenida", porque así lo dice tal o cual delegación o tal o cual direccón o se lo dicta su sentido común o el director de turno, pero sin base legal ninguna.

Ello viene a confirmar que la normativa es ambigua y seguramente esa ambiguedad es calculada pues la consejería sabe que obligar de forma tajante a volver a todo el personal temporal, y pornerlo por escrito, es manifiestamente ilegal y por lo tanto saca una norma ambigua, como siempre, para que nosotros mismos nos lo autoimpongamos por miedo. Al redactarlo de forma ambigua se evita que un recurso prospere.

Huelga decir que los motivos de la consejería no son otros que disponer del persoal a su antojo prosiguiendo con su movilidad laboral abusiva y que si todos, o una mayoría, nos negáramos a realizarlo, vendría obligada a prorrogar, al menos, los contratos, de los temporales, y las tomas de posesión de los funcionarios, hasta la finalización del curso.

Un saludo.
La orden es ambigua porque, como dices, no podría ser clara. Pero la ambigüedad de esa orden es, precisamente, la que hace que pueda ser ignorada sin consecuencias legales para nadie.

Lo he dicho y repetido: para un interino, que cesa a 30 de junio, es tan fácil como ir al nuevo centro el día 1 de septiembre a tomar posesión de su peso y permanecer allí en los días sucesivos. Estará trabajando en su puesto y la empresa no podrá demostrar, en ningún caso, falta injustificada del trabajador. Tampoco podrá exigir el cumplimiento de la famosa orden porque choca de bruces con el procedimiento administrativo y con el derecho del trabajador a no hacerse cargo de los gastos generados por el desplazamiento que se le exige.

¿Habrá algún sindicato que ponga a sus servicios jurídicos a trabajar sobre este punto? Lo que se plantea es que la CEJA tuviera que restituir los ocho primeros días de septiembre como prórroga vacacional o acabar el curso el día 30 de junio.

www.ejercicios-fyq.com

Estoy completamente de acuerdo contigo. Lo que pasa es que no se puede recurrir la orden, porque no dice textualmente que los temporales tengamos que acudir. Ahí está la trampa de la CEJA. Los definitivos sí que veo que podrían recurrirla ya, porque sí tienen centro de origen. Sólo se puede recurrir contra una supuesta sanción porque entonces sí que se tiene que interpretar la orden en un sentido lesivo para los trabajadores.

No veo que ningún sindicato quiera reclamar nada, igual que muchas otras cosas.


rantanplan

Cita de: albay en 23 Agosto, 2017, 10:44:51 AMPues sí, porque no es fácil dar órdenes o llevarle la contraria a alguien que solamente es tu compañero, y que después del cargo podrá pasar al contrario. Te lo digo por experiencia, le dije a un compañero cosas que no me parecían bien que hacía y se ha tirado desde Navidad sin hablarme y volviéndome la cara. Y eso, que antes del incidente, coincidíamos a bastantes cosas. Pues no, resulta que no merece la pena.

Es que esa es la labor de un jefe de estudios. Si resulta ingrata, basta con no ser jefe de estudios. Yo soy un incapaz para esas labores porque me parecen complicadísimas, infravaloradísimas y, además, ingratas.

Cita de: albay en 23 Agosto, 2017, 10:44:51 AMQuiero dejar la discusión ya, porque observo que infravaloras mucho el trabajo de los demás y sobrevaloras el tuyo. Ni lo uno ni lo otro. Dejémoslo ya. No merece la pena discutir por algo en lo que no nos vamos a poner de acuerdo.

Disculpa si te resulta molesta mi afirmación, pero la manera más deleznable de zanjar una discusión es hacerlo con una frase falaz.

Para empezar, ni siquiera estaba hablando de mi trabajo, porque yo soy profesor de informática y no soy jefe de departamento de Tecnología, como tampoco lo soy de FyQ o de Biología (o de Educación Física o de Música, como tú acertadamente apuntaste), así que difícilmente estaré sobrevalorando mi trabajo. Tampoco menosprecio ningún trabajo, porque no hablo del trabajo general de ningún profesor, sino de la labor particular de mantenimiento de los jefes de departamentos didácticos. Afirmar que esa labor no es la misma para todos los departamentos no es menospreciar: es a mi juicio constatar una evidencia. Quizás me pasé con el sarcasmo, pero comparar el mantenimiento de un taller o un laboratorio o un aula específica con el matenimiento de los equipos de audición (cuyo rimbombante nombre se traduce en todos los centros en los que he estado en dos radiocasetes), sí que me parece menospreciar el trabajo de algunos. Pero es que yo, además, lo que propugno no es que el dpto de Tecnología o el de FyQ u otros por el estilo tengan forzosamente 3 horas o las que sean, sino que los centros deberían dotarse de un criterio para valorar la labor de mantenimiento y que ese criterio formara parte de aquellos con los que se determinan las horas de reducción en el proyecto educativo.

Y podemos dejarlo aquí, claro está. No tengo ningún problema al respecto. En otro hilo estaremos de acuerdo sobre otro particular y listo.

albay

Y yo te vuelvo a repetir, rantanplan, que eso no depende de tal o cual departamento, sino de la implicación de ciertas personas o no. En mi centro, el departamento de Tecnología e Informática no mueve un dedo en mantenimiento de ordenadores. Lo hace el coordinador TIC (porque quiere y se implica) que es un profesor de Física y Química. En cambio no se ocupa para nada del laboratorio. Cada cual hace lo que le gusta hacer. Y me parece bien. Nada más.


¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

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