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EL FRAUDE DE LEY

Iniciado por FLAFLI, 09 Febrero, 2018, 10:55:24 AM

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FLAFLI

Comienzo este hilo porque aunque se ha tratado en varios de ellos, no recuerdo que alguno vaya en esta linea.

Por ello vamos a debatir y tratar este tema en este hilo.

Desde hace mucho tiempo hay mensajes, informaciones y noticias referentes a sentencias de interinos e interinas que se les reconoce un contrato laboral fijo.

Hay una asociación nacional de internos que va en esta linea de demandas y que buscan precisamente colapsar y asentar esta situación llamada fraude de ley, es decir, la contratación continuada de personal interino cuando debería estar ocupada por personal fijo.

Este fraude de ley es real, vamos, que la famosa bajada al 8% desde Europa no es un capricho, es porque no se puede contratar continuamente para un puesto a una persona, en vez de estar una persona fija, de ahí que quien tiene varios años en un mismo puesto está ganando estas sentencias.

Pero en Enseñanza hay un problema, que se diferencia de estas situaciones, y es el RPT.

¿Qué es el RPT? Para el personal funcionario y laboral cada puesto de trabajo tiene un número, es decir, que cuando alguien concursa, cuando alguien sustituye, ocupa dicho puesto, dicho número. En enseñanza no existe esto. Un ejemplo claro es que hay cientos de puestos que no salen a concurso, que nunca son o serán ocupados por personal definitivo. En los puestos de RPT, todos los puestos deben estar a concurso.

Otro ejemplo, os acordáis del Juez Ruz, el que llevaba la Gurtel y otros casos más, que lo largaron de la Audiencia Nacional?

El ocupaba un puesto, con su RPT, es interino en ese puesto. Cómo consiguió el PP quitar a este juez tan molesto? Sacando a concurso ese puesto. Es decir, forzando que un personal fijo en otra RPT solicitara ese puesto, de tal forma que saldría de dicho puesto, y eso es lo que pasó. https://politica.elpais.com/politica/2014/10/26/actualidad/1414347936_341218.html

En este tipo de administración con RPT una persona interina, cuando pilla el puesto a cubrir, no está por un curso, está hasta que ese puesto es ocupado por una persona fija, es decir, puede estar años, sin tener que echar convocatorias ni nada por el estilo.

Ante esta situación, en enseñanza una persona interina con 10 años por ejemplo, ha podido estar cambiando de centro continuamente o apenas a repetido centro, lo que dificulta las sentencias referentes a fraude de ley.

Sin embargo, una persona que esté varios años en el mismo centro, aunque tenga menos, podría demostrar dicho fraude al ocupar un puesto que debería ocupar un personal fijo.

Es deseable que algunas de las sentencias que vayan saliendo en este sentido en el personal docente, ayuden a clarificar más este tema.

Saludos
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Emilin

Si la empresa es la misma (Consejería de Educación), aunque te haya tenido en 80 centros diferentes desarrollando la misma labor, si existe un encadenamiento continuado de nombramientos, eso también es Fraude de Ley.

Nos están insistiendo en creer que la Enseñanza es una Isla y que el Fraude de Ley no se produce en este Sector, pero eso no es así. Este Sector es lo mismo de fraudulento en la contratación que cualquier otro, es más yo diría que es más que ninguno porque somete al trabajador o trabajadora o un sin fin de cambios de destino todos los años con el consiguiente desgaste familiar, económico, etc etc. (que es un agravante).

Las Sentencias del Tribunal de la UE no hacen distinción entre sectores, ni tampoco entre lugares de trabajo en concreto, un empleado o empleada puede estar en 20 centros de trabajo desempeñando su labor en tiempos continuados, pero si la patronal es la misma, eso es Fraude también.

A ver si va a resultar ahora que la Enseñanza es ajena a toda la situación creada con las Sentencias de Septiembre de 2016, lo único que nos faltaba ahora también por creer (eso es precisamente lo que los firmantes del acuerdo argumentan para estar en silencio con  este asunto).

Entiendo que Ustea actúa de buena fe en todo este asunto y que no quiere confundir a nadie, pero creo que esto del Fraude de Ley en enseñanza lo tenemos ya bastante claro como concepto en nuestras mentes.

Lo que se necesita es soluciones a nivel nacional y autonómico, de todas formas gracias a Ustea por permitirnos debatir este asunto, que por otro lado venimos desmenuzando en el otra hilo desde Febrero del año pasado y lo tenemos super claro.

Saludos.


bamiportillo1977

Cita de: Emilin en 09 Febrero, 2018, 11:22:34 AM
Si la empresa es la misma (Consejería de Educación), aunque te haya tenido en 80 centros diferentes desarrollando la misma labor, si existe un encadenamiento continuado de nombramientos, eso también es Fraude de Ley.

Nos están insistiendo en creer que la Enseñanza es una Isla y que el Fraude de Ley no se produce en este Sector, pero eso no es así. Este Sector es lo mismo de fraudulento en la contratación que cualquier otro, es más yo diría que es más que ninguno porque somete al trabajador o trabajadora o un sin fin de cambios de destino todos los años con el consiguiente desgaste familiar, económico, etc etc. (que es un agravante).

Las Sentencias del Tribunal de la UE no hacen distinción entre sectores, ni tampoco entre lugares de trabajo en concreto, un empleado o empleada puede estar en 20 centros de trabajo desempeñando su labor en tiempos continuados, pero si la patronal es la misma, eso es Fraude también.

A ver si va a resultar ahora que la Enseñanza es ajena a toda la situación creada con las Sentencias de Septiembre de 2016, lo único que nos faltaba ahora también por creer (eso es precisamente lo que los firmantes del acuerdo argumentan para estar en silencio con  este asunto).

Entiendo que Ustea actúa de buena fe en todo este asunto y que no quiere confundir a nadie, pero creo que esto del Fraude de Ley en enseñanza lo tenemos ya bastante claro como concepto en nuestras mentes.

Lo que se necesita es soluciones a nivel nacional y autonómico, de todas formas gracias a Ustea por permitirnos debatir este asunto, que por otro lado venimos desmenuzando en el otra hilo desde Febrero del año pasado y lo tenemos super claro.

Saludos.

Perfectamente explicado, gracias Emilin.

irene27

Bueno pues si en educacion todo vale, es decir relacionado con la figura del interino su al parecer pueden usarnos a su antojo porque no estamos en fraude de ley, emprecemos por interntar al menos modificar las cosas y no acatar sin rechistar las barbaridades que se nos han ido haciendo durante años , o la solucion es seguir aguantando el maltrato psicológico a lo que estamos sometidos? Perdón si he escrito con faltas, mi móvil es viejo y el teclado a veces es ingobernable


FLAFLI

Cita de: Emilin en 09 Febrero, 2018, 11:22:34 AM
Si la empresa es la misma (Consejería de Educación), aunque te haya tenido en 80 centros diferentes desarrollando la misma labor, si existe un encadenamiento continuado de nombramientos, eso también es Fraude de Ley.

Nos están insistiendo en creer que la Enseñanza es una Isla y que el Fraude de Ley no se produce en este Sector, pero eso no es así. Este Sector es lo mismo de fraudulento en la contratación que cualquier otro, es más yo diría que es más que ninguno porque somete al trabajador o trabajadora o un sin fin de cambios de destino todos los años con el consiguiente desgaste familiar, económico, etc etc. (que es un agravante).

Las Sentencias del Tribunal de la UE no hacen distinción entre sectores, ni tampoco entre lugares de trabajo en concreto, un empleado o empleada puede estar en 20 centros de trabajo desempeñando su labor en tiempos continuados, pero si la patronal es la misma, eso es Fraude también.

A ver si va a resultar ahora que la Enseñanza es ajena a toda la situación creada con las Sentencias de Septiembre de 2016, lo único que nos faltaba ahora también por creer (eso es precisamente lo que los firmantes del acuerdo argumentan para estar en silencio con  este asunto).

Entiendo que Ustea actúa de buena fe en todo este asunto y que no quiere confundir a nadie, pero creo que esto del Fraude de Ley en enseñanza lo tenemos ya bastante claro como concepto en nuestras mentes.

Lo que se necesita es soluciones a nivel nacional y autonómico, de todas formas gracias a Ustea por permitirnos debatir este asunto, que por otro lado venimos desmenuzando en el otra hilo desde Febrero del año pasado y lo tenemos super claro.

Saludos.

Estoy de acuerdo contigo, si, pero por ahora, si no me equivoco, todas las sentencias se refieren a un mismo puesto de trabajo. Por eso hablo de la dificultad de demostrar esa situación cuando se está cambiando de puesto de trabajo. Porque el personal interino está para cubrir puestos vacantes temporalmente y sustituciones, cuando el puesto vacante se alarga durante años, demuestra que la administración está utilizando una persona interina para un puesto que debe ser cubierto por una persona fija, de ahí el fraude de ley.

Por eso espero, que salga una sentencia o un dictamen del TJUE que haga referencia a lo que comentas, que además de un fraude por la continuidad en el mismo puesto, sea también por la continuidad de forma global.

Saludos
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FLAFLI

Y otra cosa, yo no soy USTEA, en alguna ocasión mi postura no ha coincidido con la del sindicato, pero respeto las decisiones asamblearias, como cuando respetan los que no lo están con las que si estoy de acuerdo.

Este tema se está debatiendo mucho en STES, y se intenta trabajar para buscar una salida.

Saludos
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FLAFLI

Cita de: irene27 en 09 Febrero, 2018, 11:42:38 AM
Bueno pues si en educacion todo vale, es decir relacionado con la figura del interino su al parecer pueden usarnos a su antojo porque no estamos en fraude de ley, emprecemos por interntar al menos modificar las cosas y no acatar sin rechistar las barbaridades que se nos han ido haciendo durante años , o la solucion es seguir aguantando el maltrato psicológico a lo que estamos sometidos? Perdón si he escrito con faltas, mi móvil es viejo y el teclado a veces es ingobernable

Si abro este tema como algo concreto es porque creo en su importancia, no en su no se puede hacer nada, simplemente comento la situación actual, porque todavía no hay nada sobre un personal funcionario interino docente, lo hay de personal laboral y personal funcionario con RPT, y como creo que es muy importante, creo necesaria además de su debate, su conocimiento por los centros, que mucha gente no sabe nada.

Las pegas que comento, no quiere decir que sean obstáculos insalvables, la cuestión es como sortear ese tema y hacer ver al tribunal esa situación, porque los abogados de la junta, te van a parar como sea.

Llevo mucho tiempo con temas legales, y el sentido común en justicia no existe, solo quien convenza más con argumentos legales, por eso comento lo del RPT, eso es demostrable, algo palpable, lo otro hay que demostrarlo de alguna forma.

Saludos
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Callejón sin salida

Y qué pasa con los puestos específicos ocupados por interinos durante años? Son considerados también en fraude de ley?


Emilin

Cita de: FLAFLI en 09 Febrero, 2018, 12:31:04 PM
Cita de: Emilin en 09 Febrero, 2018, 11:22:34 AM
Si la empresa es la misma (Consejería de Educación), aunque te haya tenido en 80 centros diferentes desarrollando la misma labor, si existe un encadenamiento continuado de nombramientos, eso también es Fraude de Ley.

Nos están insistiendo en creer que la Enseñanza es una Isla y que el Fraude de Ley no se produce en este Sector, pero eso no es así. Este Sector es lo mismo de fraudulento en la contratación que cualquier otro, es más yo diría que es más que ninguno porque somete al trabajador o trabajadora o un sin fin de cambios de destino todos los años con el consiguiente desgaste familiar, económico, etc etc. (que es un agravante).

Las Sentencias del Tribunal de la UE no hacen distinción entre sectores, ni tampoco entre lugares de trabajo en concreto, un empleado o empleada puede estar en 20 centros de trabajo desempeñando su labor en tiempos continuados, pero si la patronal es la misma, eso es Fraude también.

A ver si va a resultar ahora que la Enseñanza es ajena a toda la situación creada con las Sentencias de Septiembre de 2016, lo único que nos faltaba ahora también por creer (eso es precisamente lo que los firmantes del acuerdo argumentan para estar en silencio con  este asunto).

Entiendo que Ustea actúa de buena fe en todo este asunto y que no quiere confundir a nadie, pero creo que esto del Fraude de Ley en enseñanza lo tenemos ya bastante claro como concepto en nuestras mentes.

Lo que se necesita es soluciones a nivel nacional y autonómico, de todas formas gracias a Ustea por permitirnos debatir este asunto, que por otro lado venimos desmenuzando en el otra hilo desde Febrero del año pasado y lo tenemos super claro.

Saludos.

Estoy de acuerdo contigo, si, pero por ahora, si no me equivoco, todas las sentencias se refieren a un mismo puesto de trabajo. Por eso hablo de la dificultad de demostrar esa situación cuando se está cambiando de puesto de trabajo. Porque el personal interino está para cubrir puestos vacantes temporalmente y sustituciones, cuando el puesto vacante se alarga durante años, demuestra que la administración está utilizando una persona interina para un puesto que debe ser cubierto por una persona fija, de ahí el fraude de ley.

Por eso espero, que salga una sentencia o un dictamen del TJUE que haga referencia a lo que comentas, que además de un fraude por la continuidad en el mismo puesto, sea también por la continuidad de forma global.

Saludos


Creo que coincidimos en lo esencial Flafli, todos sabemos que en Educación prácticamente nadie a denunciado y por eso no han llegado sentencias del sector nuestro en concreto, existe el caso de las maestras italianas que debéis conocer y que en Europa se les dió la razón.

De todas formas, el Sector Educativo no es y vuelvo a repetir una Isla donde se va a permitir el fraude de ley como hasta ahora de forma sistemática y agravada como se está haciendo, ¿ no ?. Aquí como en todos lados se aplicará la misma norma cuando el Tribunal Supremo unifique doctrina, que ahora debéis de saber también ha solicitado por la vía de urgencia dado el enorme número de pleitos y en aumento que hay en los juzgados, que el Tribunal de la UE aclare varias dudas que hay sobre el porcentaje exacto de indemnización. Una vez que lo anterior ocurra, tanto en Educación como en cualquier otro sector, habrá que aplicar si o si la Ley y como el EBEP está hecho de forma que favorece que la Administración pueda incumplir la norma Europea y exista fraude, pues todo se pondrá en orden modificando el citado estatuto y se dará una salida a la situación.

Es más Flafli, te lo voy a decir muy claro (es mi modesta opinión), esto va a tardar en solucionarse lo que tarde el Tribunal Supremo en unificar doctrina, y eso va a ocurrir en semanas o meses, no más y la solución va a ser no gastarse un céntimo en indemnizaciones y una salida diferente a la planteada y es que no puede ser otra.

Si se celebran las oposiciones que hay a la vista este año es porque no hay ningún sindicato que tenga la voluntad de defender los derechos de los trabajadores y trabadoras interin@s y las recurra pidiendo la suspensión cautelar, porque motivos los hay, de todas formas como el Tribunal Supremo se pronuncie y ojalá lo haga hoy mismo, seguro que la injusticia de las oposiciones de 2018 puede que no se celebren.

Gracias a Ustea por permitirme dar mi opinión en este asunto. creo que ya somos muy repetitivos repitiendo siempre lo mismo desde hace un año, saludos.





irene27

Y te agradezco mucho tus aclaraciones porque de temas legales seguro que sabes tú más que yo, lo que digo es que por algo habrá que empezar para que esto cambie y buscar salidas a esta problemática que al Gobierno le queda grande


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