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Publicada en BOJA convocatoria Oposiciones 2018.

Iniciado por juan máximo, 13 Abril, 2018, 00:10:08 AM

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lisayhugo

Y al final que pasa con los interinos? Es obligatorio que se presenten? No decían que lo iban a quitar? Yo creo que es una convocatoria copiada de 2016. No hay modificaciones. Sólo el número de plazas...

marikilla2011

Eso digo yo, tanto que presumían los sindicatos de haber conseguido que los interinos no tuvieran que presentarse al examen. Yo vivo fuera y tengo un bebé y no sé qué hacer.  :-\


irene27


silfidita

En cuanto a la no presentación por parte de los integrantes de las bolsas no debe salir nada en concreto, sino todo lo contrario.
Si miráis en la convocatoria de 2016, el punto 1.6 es "Obligación de participación", ese punto no está en la convocatoria de 2018 por lo que en ningún punto de la convocatoria de oposiciones obliga a presentarse a los integrantes de la bolsa para permanecer en la misma.
Yo entiendo que conociendo a la junta no nos fiemos de nada, y preferiríamos que pusiera claramente que no tenemos obligación de presentarnos, pero creo que la convocatoria en este sentido es correcta.
Imagino que quizá cuando pasen unos días los sindicatos o la propia junta publicará una nota aclaratoria con este tema, porque muchos estamos que nos mordemos las uñas con este tema.
Copia el punto 1.6 de la convocatoria 2016 que no aparece en la de 2018.

"1.6. Obligación de participación.
El personal integrante de las bolsas de trabajo docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía a la fecha de entrada en vigor de esta Orden vendrá obligado a participar en el presente procedimiento selectivo, siempre que se hubiese convocado la especialidad del cuerpo a la que esté adscrito en la bolsa de trabajo, incluidas las de perfil bilingüe, y reúna los requisitos para ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 20  del Decreto 302/2010, de 1 de junio.
El personal integrante de las citadas bolsas de trabajo pero que no cumplan los requisitos establecidos para la participación en el presente procedimiento selectivo deberá presentar declaración responsable que lo indique, para lo que podrá utilizar el Anexo XI de esta Orden.
Será motivo de exclusión de las bolsas de trabajo no participar o no realizar al menos la primera prueba del procedimiento selectivo, incluidas todas sus partes, así como no presentar la documentación requerida para poder realizar en su totalidad cuantas actuaciones prevé dicho procedimiento, salvo los supuestos de fuerza mayor.
No será excluido de las bolsas de trabajo el personal que concurra a procedimientos selectivos convocados por otras Administraciones educativas, para lo que deberá aportar certificación del tribunal de haber realizado todas las pruebas de la fase de oposición a las que tenga derecho a presentarse.
El personal funcionario interino que a 31 de agosto de 2011 tuviera cumplidos 55 años y, al menos, cinco años de servicio en la Comunidad Autónoma de Andalucía, queda exento de la obligación de participar en el presente procedimiento selectivo, de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria primera del Decreto 302/2010, de 1 de junio, y en el artículo 13.1.a) de la Orden de 8 de junio de 2011."


blomquist

Pero en el primer punto viene la normativa aplicable y viene:
• Orden de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal
funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho personal.
por lo cual creo que se regirá por esa orden

silfidita

Como siempre en estos casos, soy un mar de dudas. Si nos remitimos a la orden que citas y que figura en la convocatoria, dice que para continuar en la bolsa hace falta obtener una puntuación de 5 puntos por la aplicación de anexo I. Que yo sepa, hasta el momento, cuando tienes tiempo de servicio, con asistir al examen es suficiente y no aplican ningún tipo de baremos en el que, además, la experiencia docente cuenta como máximo 5 puntos.
Nuevamente la junta se contradice o no entendemos las leyes.  anaidpreocupados
Esperemos una nota aclaratoria por parte de la junta...

silfidita

Cita de: silfidita en 13 Abril, 2018, 13:01:37 PM
Como siempre en estos casos, soy un mar de dudas. Si nos remitimos a la orden que citas y que figura en la convocatoria, dice que para continuar en la bolsa hace falta obtener una puntuación de 5 puntos por la aplicación de anexo I. Que yo sepa, hasta el momento, cuando tienes tiempo de servicio, con asistir al examen es suficiente y no aplican ningún tipo de baremos en el que, además, la experiencia docente cuenta como máximo 5 puntos.
Nuevamente la junta se contradice o no entendemos las leyes.  anaidpreocupados
Esperemos una nota aclaratoria por parte de la junta...
Además, en esa orden, hace referencia al Decreto 302/2010 que creo se derogó o al menos en parte ¿no?

blomquist

Cita de: silfidita en 13 Abril, 2018, 13:04:32 PM
Cita de: silfidita en 13 Abril, 2018, 13:01:37 PM
Como siempre en estos casos, soy un mar de dudas. Si nos remitimos a la orden que citas y que figura en la convocatoria, dice que para continuar en la bolsa hace falta obtener una puntuación de 5 puntos por la aplicación de anexo I. Que yo sepa, hasta el momento, cuando tienes tiempo de servicio, con asistir al examen es suficiente y no aplican ningún tipo de baremos en el que, además, la experiencia docente cuenta como máximo 5 puntos.
Nuevamente la junta se contradice o no entendemos las leyes.  anaidpreocupados
Esperemos una nota aclaratoria por parte de la junta...
Además, en esa orden, hace referencia al Decreto 302/2010 que creo se derogó o al menos en parte ¿no?
Pues sí, la verdad es que nos lo tendrán que aclarar


pedrulo

En la "Orden de 11 de junio de 2013, por la que se modifica la de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho personal"dice:
Dos. El artículo 5 de la Orden de 8 de junio de 2011 queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 5. Permanencia en las bolsas de trabajo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Decreto 302/2010, de 1 de junio, en la redacción dada por el Decreto 311/2012, de 26 de junio, el personal integrante de una bolsa de trabajo podrá permanecer en la misma tras la realización de un nuevo procedimiento selectivo para el acceso a la función pública docente, si participa en dicho procedimiento realizando, al menos, la primera prueba del mismo.»

Valmor

Pues espero que lo aclaren, porque dentro de las causas por las que un interino no se presente a unas oposiciones no solamente estaría la de "no me presento porque no quiero" sino causas de fuerza mayor que impidan al docente acudir al examen.


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