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Días de asuntos propios

Iniciado por Ana ana, 27 Mayo, 2018, 00:14:34 AM

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jmcala

Los días que están programados como incidencias y reclamaciones son los ideales para solicitar esos días. Durante el periodo de reclamaciones no se atienden las mismas sino que hay que esperar a que se cierre ese plazo para decidir sobre ellas.

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Vedder

Cita de: albay en 02 Junio, 2018, 02:28:17 AM
Aquí hay mucha leña que cortar.

Voy por pasos:

1. Efectivamente nuestras "vacaciones" de Navidad, Semana Santa y Julio, no son tales sino días no lectivos "a disposición de la administración".

2. Los días de asuntos propios nos fueron negados en base a tal argumento, diciendo que ya teníamos muchos. Pero una ley más reciente permite tomarnos también días de asuntos propios en los días no lectivos de finales de Junio y principios de septiembre.

3. Esos días de finales de junio y principios de septiembre son de apertura y cierre de curso y la labor no es lectiva, pero si importante: reuniones, reclamaciones, organización, etc, por lo que queda muy en tela de juicio la posibilidad de irnos de asuntos propios esos días sin perjudicar a otros compañeros-as o sin dejar de hacer nuestras funciones.

4. Todo depende también de los equipos directivos y de su "benevolencia".

5. Nos olvidamos de un agravio comparativo. El del personal laboral del centro (administrativos y conserjes) que suelen tener muchas ventajas. Por ejemplo se benefician de los días que cierra el centro en Navidad y Semana Santa y ellos no trabajan, pese a que su convenio no lo estipula. Pero en cambio pueden pedirse días de asuntos propios incluso en días lectivos. Pero claro los profesores tenemos "tantas vacaciones".... en fin...

Así que nada está claro. Sacad vuestras propias conclusiones.
El personal funcionario administrativo y el personal laboral ordenanzas / limpieza no disfrutan de asuntos propios. La Consejería o Delegación no los concede alegando que ya se tienen cuando es periodo no lectivo y no abre el centro. Al menos en mi instituto.

Ah, y si el centro abre esos periodos, sí tienen que estar.

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albay

Cita de: Vedder en 04 Junio, 2018, 09:38:08 AM
Cita de: albay en 02 Junio, 2018, 02:28:17 AM
Aquí hay mucha leña que cortar.

Voy por pasos:

1. Efectivamente nuestras "vacaciones" de Navidad, Semana Santa y Julio, no son tales sino días no lectivos "a disposición de la administración".

2. Los días de asuntos propios nos fueron negados en base a tal argumento, diciendo que ya teníamos muchos. Pero una ley más reciente permite tomarnos también días de asuntos propios en los días no lectivos de finales de Junio y principios de septiembre.

3. Esos días de finales de junio y principios de septiembre son de apertura y cierre de curso y la labor no es lectiva, pero si importante: reuniones, reclamaciones, organización, etc, por lo que queda muy en tela de juicio la posibilidad de irnos de asuntos propios esos días sin perjudicar a otros compañeros-as o sin dejar de hacer nuestras funciones.

4. Todo depende también de los equipos directivos y de su "benevolencia".

5. Nos olvidamos de un agravio comparativo. El del personal laboral del centro (administrativos y conserjes) que suelen tener muchas ventajas. Por ejemplo se benefician de los días que cierra el centro en Navidad y Semana Santa y ellos no trabajan, pese a que su convenio no lo estipula. Pero en cambio pueden pedirse días de asuntos propios incluso en días lectivos. Pero claro los profesores tenemos "tantas vacaciones".... en fin...

Así que nada está claro. Sacad vuestras propias conclusiones.
El personal funcionario administrativo y el personal laboral ordenanzas / limpieza no disfrutan de asuntos propios. La Consejería o Delegación no los concede alegando que ya se tienen cuando es periodo no lectivo y no abre el centro. Al menos en mi instituto.

Ah, y si el centro abre esos periodos, sí tienen que estar.

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Pues no, no es así. Ellos no tienen ni Navidad ni Semana Santa, ni julio. Deben estar esos días. Pero aparte tienen unos 10 días de asuntos propios. Que tu centro lo haga de otra forma es porque a ellos les conviene y callan, pero como venga un director que quiera hacerlo de otra forma, puede.

Vedder

Cita de: albay en 04 Junio, 2018, 10:29:40 AM
Cita de: Vedder en 04 Junio, 2018, 09:38:08 AM
Cita de: albay en 02 Junio, 2018, 02:28:17 AM
Aquí hay mucha leña que cortar.

Voy por pasos:

1. Efectivamente nuestras "vacaciones" de Navidad, Semana Santa y Julio, no son tales sino días no lectivos "a disposición de la administración".

2. Los días de asuntos propios nos fueron negados en base a tal argumento, diciendo que ya teníamos muchos. Pero una ley más reciente permite tomarnos también días de asuntos propios en los días no lectivos de finales de Junio y principios de septiembre.

3. Esos días de finales de junio y principios de septiembre son de apertura y cierre de curso y la labor no es lectiva, pero si importante: reuniones, reclamaciones, organización, etc, por lo que queda muy en tela de juicio la posibilidad de irnos de asuntos propios esos días sin perjudicar a otros compañeros-as o sin dejar de hacer nuestras funciones.

4. Todo depende también de los equipos directivos y de su "benevolencia".

5. Nos olvidamos de un agravio comparativo. El del personal laboral del centro (administrativos y conserjes) que suelen tener muchas ventajas. Por ejemplo se benefician de los días que cierra el centro en Navidad y Semana Santa y ellos no trabajan, pese a que su convenio no lo estipula. Pero en cambio pueden pedirse días de asuntos propios incluso en días lectivos. Pero claro los profesores tenemos "tantas vacaciones".... en fin...

Así que nada está claro. Sacad vuestras propias conclusiones.
El personal funcionario administrativo y el personal laboral ordenanzas / limpieza no disfrutan de asuntos propios. La Consejería o Delegación no los concede alegando que ya se tienen cuando es periodo no lectivo y no abre el centro. Al menos en mi instituto.

Ah, y si el centro abre esos periodos, sí tienen que estar.

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Pues no, no es así. Ellos no tienen ni Navidad ni Semana Santa, ni julio. Deben estar esos días. Pero aparte tienen unos 10 días de asuntos propios. Que tu centro lo haga de otra forma es porque a ellos les conviene y callan, pero como venga un director que quiera hacerlo de otra forma, puede.
Ya te digo yo que en mi instituto no tienen asuntos propios. Y el director puede decir misa porque quien concede esos días es personal no docente que está en las delegaciones. Y estos días hay que solicitarlos, lleva un proceso.

Pero no sigo porque si me vas a discutir las cosas que sé de primera mano, no me merece la pena aportar nada.

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albay

Cita de: Vedder en 04 Junio, 2018, 10:36:08 AM
Cita de: albay en 04 Junio, 2018, 10:29:40 AM
Cita de: Vedder en 04 Junio, 2018, 09:38:08 AM
Cita de: albay en 02 Junio, 2018, 02:28:17 AM
Aquí hay mucha leña que cortar.

Voy por pasos:

1. Efectivamente nuestras "vacaciones" de Navidad, Semana Santa y Julio, no son tales sino días no lectivos "a disposición de la administración".

2. Los días de asuntos propios nos fueron negados en base a tal argumento, diciendo que ya teníamos muchos. Pero una ley más reciente permite tomarnos también días de asuntos propios en los días no lectivos de finales de Junio y principios de septiembre.

3. Esos días de finales de junio y principios de septiembre son de apertura y cierre de curso y la labor no es lectiva, pero si importante: reuniones, reclamaciones, organización, etc, por lo que queda muy en tela de juicio la posibilidad de irnos de asuntos propios esos días sin perjudicar a otros compañeros-as o sin dejar de hacer nuestras funciones.

4. Todo depende también de los equipos directivos y de su "benevolencia".

5. Nos olvidamos de un agravio comparativo. El del personal laboral del centro (administrativos y conserjes) que suelen tener muchas ventajas. Por ejemplo se benefician de los días que cierra el centro en Navidad y Semana Santa y ellos no trabajan, pese a que su convenio no lo estipula. Pero en cambio pueden pedirse días de asuntos propios incluso en días lectivos. Pero claro los profesores tenemos "tantas vacaciones".... en fin...

Así que nada está claro. Sacad vuestras propias conclusiones.
El personal funcionario administrativo y el personal laboral ordenanzas / limpieza no disfrutan de asuntos propios. La Consejería o Delegación no los concede alegando que ya se tienen cuando es periodo no lectivo y no abre el centro. Al menos en mi instituto.

Ah, y si el centro abre esos periodos, sí tienen que estar.

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Pues no, no es así. Ellos no tienen ni Navidad ni Semana Santa, ni julio. Deben estar esos días. Pero aparte tienen unos 10 días de asuntos propios. Que tu centro lo haga de otra forma es porque a ellos les conviene y callan, pero como venga un director que quiera hacerlo de otra forma, puede.
Ya te digo yo que en mi instituto no tienen asuntos propios. Y el director puede decir misa porque quien concede esos días es personal no docente que está en las delegaciones. Y estos días hay que solicitarlos, lleva un proceso.

Pero no sigo porque si me vas a discutir las cosas que sé de primera mano, no me merece la pena aportar nada.

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Yo no te discuto nada. Te digo lo que dice la ley. Compruébalo si quieres.

viky

En todos los centros en los que he estado tantos los conserjes como las monitoras escolares se han pedido sus días de asuntos propios cuando han querido. A los conserjes se los concede el ayuntamiento porque son personal suyo.

franxx

Cita de: viky en 04 Junio, 2018, 15:03:48 PM
En todos los centros en los que he estado tantos los conserjes como las monitoras escolares se han pedido sus días de asuntos propios cuando han querido. A los conserjes se los concede el ayuntamiento porque son personal suyo.

Los de los coles pertenecen al ayuntamiento pero los de los ies dependen de otra Delegación que ahora no me acuerdo (pero no de Educación). Ahora están liados porque los quieren integrar en Educación ya que cuando falta alguno de ellos es casi imposible nombrar a un sustituto en un plazo relativamente corto de tiempo y se pueden llevar meses sin que aparezca nadie. Los conserjes / administrativos de los Ies no suelen tener dias propios porque se amoldan al calendario escolar y no se les hace venir en Navidad, Semana Santa, puentes...

Profedecomomia

¿Se solicita al centro a través del Anexo I, verdad?

¿Que opción se debe marcar?

Saludos.


viky

Cita de: Profedecomomia en 04 Junio, 2018, 17:10:16 PM
¿Se solicita al centro a través del Anexo I, verdad?

¿Que opción se debe marcar?

Saludos.
En la opción:  x otros... tienes que añadir asuntos propios retribuidos.

ignacio_vaca

Se pueden disfrutar estos días en periodo de reclamaciones???


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