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Cómo consultar horas de sexenio que no sean de CEP

Iniciado por hello_natalia, 05 Junio, 2018, 09:41:46 AM

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hello_natalia

Hola!

Me gustaría saber las horas que tengo correspondiente al próximo sexenio para saber si tengo que hacer algún curso más. He consultado en Séneca pero ahí sólo aparecen las horas correspondientes a formación por parte de los CEP, hay algún otro sitio donde se vean el resto de horas? En el portal docente solo da la opción de solicitud de sexenio, tampoco se puede consultar el número de horas.

Saludos y gracias

majona

Cita de: hello_natalia en 05 Junio, 2018, 09:41:46 AM
Hola!

Me gustaría saber las horas que tengo correspondiente al próximo sexenio para saber si tengo que hacer algún curso más. He consultado en Séneca pero ahí sólo aparecen las horas correspondientes a formación por parte de los CEP, hay algún otro sitio donde se vean el resto de horas? En el portal docente solo da la opción de solicitud de sexenio, tampoco se puede consultar el número de horas.

Saludos y gracias

En Séneca sólo te van a salir los cursos del CEP.

Por otro lado tendrás que adjuntar el resto de actividades que contribuyan a alcanzar ese mínimo de horas.

Escaneas el documento y lo adjuntas a la petición del sexenio.
Cada día que pasa, tienes una oportunidad menos.

... todo llega...


Gominola

¿Las horas dedicadas a los distintos planes y proyectos del centro (tipo "Escuelas espacio de paz", "Biblioteca"...) cuentan para los sexenios?

FLAFLI

http://www.juntadeandalucia.es/boja/2005/77/2

2. Será valorada con el equivalente a 60 horas la obtención de nuevas titulaciones, en el caso de que no hubieran sido alegadas como requisito para el acceso a la función docente, tales como:

a) Titulaciones de enseñanza universitaria de carácter

oficial, ya sean éstas de primer, segundo o tercer ciclo.

b) Titulaciones de enseñanza de régimen especial.

Se acreditará mediante la presentación de copia debidamente autenticada de cada una de ellas y, en su caso, copia

autenticada de la titulación alegada para el ingreso en la función pública docente.

3. Realización de Cursos de postgrado, títulos propios, cursos del programa de doctorado y otros cursos organizados por las Universidades andaluzas y cuyos objetivos y contenidos estén relacionados con el área o nivel que imparte el funcionario o la funcionaria, según el número de horas reflejadas en el certificado correspondiente y hasta un máximo de 60 horas.

Se acreditarán mediante la presentación del certificado o copia autenticada del mismo emitido por la correspondiente Universidad.

4. Adquisición de una nueva especialidad, bien por

convocatoria pública, según lo previsto en la normativa vigente relativa al ingreso y la adquisición de especialidades en los cuerpos de funcionarios y funcionarias docentes a que se refiere la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, bien por haber superado cursos de especialización de Maestros, convocados o reconocidos por la Administración educativa.

Se acreditará mediante la correspondiente certificación de habilitación, valorándose hasta un máximo de 60 horas por cada nueva especialidad.

5. Participación en otras actividades, no contempladas en los apartados anteriores, según el número de horas reflejadas en el diploma o certificado de las mismas, hasta un máximo de 60 horas. Se acreditarán mediante la presentación del

correspondiente certificado, diploma o copia autenticada del mismo:

a) Actividades de formación organizadas por el Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado.

b) Actividades de formación, organizadas por otras

instituciones públicas o entidades privadas, cuyos objetivos y contenidos estén relacionados con el área o nivel que imparte y siempre que estén inscritas en el Registro de Actividades de Formación Permanente del Profesorado de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.

c) Actividades de formación realizadas fuera de la Comunidad Autónoma de Andalucía, inscritas en el Registro de Actividades de Formación del Profesorado de la Administración educativa competente y cuyos objetivos y contenidos estén relacionados con el área o nivel que imparte.

d) Actividades de formación convocadas y organizadas por el Instituto Andaluz de Administración Pública.

e) Actividades de formación que estén integradas en un

itinerario de formación que haya sido organizado y autorizado por la Consejería de Educación, de acuerdo con la normativa que se dicte al respecto.

f) Actividades de Investigación, avaladas y convocadas por algún organismo de las Administraciones Públicas o por las Universidades. Para su acreditación, el interesado deberá aportar certificado expedido por el organismo convocante, en el que, al menos, se haga constar su participación, la fecha de inicio y finalización de la investigación y la valoración en horas.

g) Actividades de formación realizadas en desarrollo del Bachillerato Internacional.

h) Programas Europeos de Formación del Profesorado.

6. Participación como miembro en Grupos de Trabajo, Programas Educativos Europeos, Programas o Proyectos educativos y otras actividades análogas que hayan sido convocadas por la

Consejería de Educación, sus Delegaciones Provinciales o sus Centros del Profesorado. Cada curso de participación se considerará equivalente a 20 horas de formación a los efectos del cómputo del total de horas previstas en el artículo 3.1.c) de la presente Orden, y se acreditará mediante la presentación del correspondiente certificado, diploma o copia autenticada del mismo.

7. Participación como coordinador o coordinadora de Grupos de Trabajo, Programas o Proyectos educativos y otras actividades análogas que hayan sido convocadas por la Consejería de Educación, sus Delegaciones Provinciales o sus Centros del Profesorado. Cada curso de participación se considerará equivalente a 30 horas de formación a los efectos del cómputo del total de horas previstas en el artículo 3.1.c) de la presente Orden, que se incrementarán a las correspondientes de participación, y se acreditará mediante la presentación del correspondiente certificado, diploma o copia autenticada del mismo.

8. Participación como profesor o profesora colaborador en actividades de formación organizadas por el Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado. Cada curso de

participación se considerará equivalente a 30 horas de

formación a los efectos del cómputo del total de horas

previstas en el artículo 3.1.c) de la presente Orden, y se acreditará mediante la presentación del correspondiente nombramiento.

9. Otras actividades docentes vinculadas a la Universidad. Se acreditarán con la presentación de la correspondiente

certificación, expedida por el organismo público competente, hasta un máximo de 60 horas por sexenio, según la valoración que en cada apartado se expresa:

a) Participar en las ponencias que elaboran las pruebas de acceso a la Universidad, 20 horas por curso escolar.

b) Ser tutor o tutora en el centro educativo del alumnado universitario en prácticas, 20 horas por curso escolar.

c) Colaborar como tutor o tutora del alumnado en las prácticas conducentes al CAP o Título de Especialización Didáctica, 20 horas por curso escolar.

d) Colaborar como tutor o tutora en el período de prácticas de los funcionarios y funcionarias docentes, 20 horas por curso escolar.

10. Actividades realizadas con el alumnado y otros miembros de la Comunidad Educativa que estén recogidas en el Plan de Centro, según la valoración que en cada apartado se expresa:

a) Con 10 horas por curso escolar:

- Prensa-Escuela y Medios de Comunicación Escolar.

- Grupos de teatro, de música, de deporte escolar,

medioambientales y culturales.

- Escuelas de padres y madres.

- Servicios Escolares Complementarios (transportes, comedor y residencia).

- Participación en las Comisiones Evaluadoras de las Pruebas de Enseñanza no Escolarizadas, Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica y actividades análogas.

b) Con 5 horas por día, hasta un máximo de 20 horas por actividad y curso escolar, participación en actividades y viajes escolares de los siguientes tipos:

- Proyectos Educativos Conjuntos en el marco del programa de la Unión Europea Sócrates Lingua Acción E.

- Olimpiadas Nacionales o Internacionales sobre áreas

específicas del currículum.

- Escuelas Viajeras, Aulas Viajeras y Rutas Literarias.

- Viajes educativos.

- Vacaciones escolares.

- Intercambios escolares.

c) Con 5 horas por actividad semanal y curso escolar:

- Semanas Culturales y Deportivas.

Todas las actividades a que se refiere este apartado 10 se acreditarán mediante la correspondiente certificación del Secretario o Secretaria del Centro en el que se hubieran realizado, con el Vº Bº de la Dirección. En la certificación deberá constar, al menos, el nombre, apellidos y DNI del interesado, su participación efectiva en la actividad, fechas de inicio y finalización, lugar de realización, la inclusión de ésta en el Plan de Centro y la valoración en horas de acuerdo con lo previsto en la presente Orden.

11. Publicaciones educativas, con ISBN o ISSN y/o depósito legal:

a) Hasta con 50 horas cada uno de los libros, materiales curriculares y otros.

b) Hasta con 20 horas cada capítulo de libro.

c) Hasta con 10 horas, cada artículo educativo publicado en revistas especializadas.

Se acreditarán mediante la presentación de la publicación y de una certificación de la Inspección Educativa en donde consten los datos del interesado, el carácter de publicación educativa y la valoración en horas a efectos de lo previsto en la presente Orden.

12. Premios o distinciones educativas otorgadas por una Administración Local, Autonómica o Estatal:

Hasta con 50 horas cada uno de los premios o distinciones.

Se acreditarán mediante la presentación de la resolución por la que se concede el premio o distinción y de una

certificación de la Inspección Educativa en donde consten los datos del interesado y la valoración en horas a efectos de lo previsto en la presente Orden.

13. A los funcionarios y funcionarias docentes, mientras presten servicios en puestos con reserva de su destino docente se les reconocerán 10 horas de actividades por año completo a efectos de sexenio. Para su justificación deberán aportar certificación expedida por el centro directivo donde presten los servicios.

14. Por Resolución de la Dirección General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado se podrán reconocer otras actividades a los efectos previstos en la presente Orden.
Si buscas el interés general, mejorarás el propio

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Gominola



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