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Días reclamación

Iniciado por jaheira_inma, 03 Julio, 2018, 22:44:48 PM

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jaheira_inma

Hola! Los días para reclamar una nota en secundaria tengo entendido que son 2, pero desde cuándo? ¿Desde el día que se entrega el boletín de calificaciones o desde el dia siguiente?

albay

Cita de: jaheira_inma en 03 Julio, 2018, 22:44:48 PM
Hola! Los días para reclamar una nota en secundaria tengo entendido que son 2, pero desde cuándo? ¿Desde el día que se entrega el boletín de calificaciones o desde el dia siguiente?

Desde el día siguiente.


rantanplan

Cita de: jaheira_inma en 03 Julio, 2018, 22:44:48 PMHola! Los días para reclamar una nota en secundaria tengo entendido que son 2, pero desde cuándo? ¿Desde el día que se entrega el boletín de calificaciones o desde el dia siguiente?

Dos días hábiles a partir del día en que se dan las calificaciones, o sea, que los dos días siguientes, y el tercer día resuelven los departamentos las reclamaciones. Por ese motivo, todos los centros, que creo que han sido bastantes, que han entregado notas el día 27 lo han hecho mal, ya que el 29 era el último día de plazo para recibir reclamaciones, con lo que la resolución de reclamaciones y el claustro habría que haberlo pospuesto al 2 de julio.

albay

Cita de: rantanplan en 03 Julio, 2018, 23:17:04 PM
Cita de: jaheira_inma en 03 Julio, 2018, 22:44:48 PMHola! Los días para reclamar una nota en secundaria tengo entendido que son 2, pero desde cuándo? ¿Desde el día que se entrega el boletín de calificaciones o desde el dia siguiente?

Dos días hábiles a partir del día en que se dan las calificaciones, o sea, que los dos días siguientes, y el tercer día resuelven los departamentos las reclamaciones. Por ese motivo, todos los centros, que creo que han sido bastantes, que han entregado notas el día 27 lo han hecho mal, ya que el 29 era el último día de plazo para recibir reclamaciones, con lo que la resolución de reclamaciones y el claustro habría que haberlo pospuesto al 2 de julio.

La resolución de reclamaciones sí, el 2 de julio. El claustro no tiene por qué aplazarse, son cuestiones diferentes.


jaheira_inma


rantanplan

Cita de: albay en 03 Julio, 2018, 23:40:52 PMLa resolución de reclamaciones sí, el 2 de julio. El claustro no tiene por qué aplazarse, son cuestiones diferentes.

En lo referente al horario, quizás tengas razón y el claustro pueda legalmente realizarse antes de que acabe todo. No sé muy bien dónde se establecen cuáles son las reuniones ordinarias del claustro (no me ha parecido verlo en el decreto 327/2010).

Lo que no tengo tan claro es que las reclamaciones (que forman parte del proceso de evaluación del alumno) pueda resolverlas el departamento en julio. El decreto 301/2009, que regula el calendario escolar, establece que:

CitarlEl período comprendido entre la finalización del régimen ordinario de clase y el 30 de junio se dedicará a la evaluación del alumnado y a la realización de las actividades relacionadas con la finalización del curso escolar previstas en la normativa vigente.

y, además afirma que el curso académico acaba el 30 de junio, con lo que yo entiendo que más allá de esta fecha, la única actividad académica referente al curso que existe  en el centro  es  la prueba extraordinaria de septiembre, que para algo se llama extraordinaria.

albay

Cita de: rantanplan en 04 Julio, 2018, 17:11:51 PM
Cita de: albay en 03 Julio, 2018, 23:40:52 PMLa resolución de reclamaciones sí, el 2 de julio. El claustro no tiene por qué aplazarse, son cuestiones diferentes.

En lo referente al horario, quizás tengas razón y el claustro pueda legalmente realizarse antes de que acabe todo. No sé muy bien dónde se establecen cuáles son las reuniones ordinarias del claustro (no me ha parecido verlo en el decreto 327/2010).

Lo que no tengo tan claro es que las reclamaciones (que forman parte del proceso de evaluación del alumno) pueda resolverlas el departamento en julio. El decreto 301/2009, que regula el calendario escolar, establece que:

CitarlEl período comprendido entre la finalización del régimen ordinario de clase y el 30 de junio se dedicará a la evaluación del alumnado y a la realización de las actividades relacionadas con la finalización del curso escolar previstas en la normativa vigente.

y, además afirma que el curso académico acaba el 30 de junio, con lo que yo entiendo que más allá de esta fecha, la única actividad académica referente al curso que existe  en el centro  es  la prueba extraordinaria de septiembre, que para algo se llama extraordinaria.

Puedo decirte que recibimos desde la Inspección el calendario de final de curso y todo podía hacerse antes del 29 d junio (viernes). Entrega de notas el 25, y 26 y 27 el periodo de revisiones, pasado el cual el interesado podría poner reclamación a la Inspección en fechas, que ya sí excedían el mes de junio, puesto que hay plazo en días posteriores y la inspección no resuelve hasta por lo menos mediados de julio. En septiembre igual, las reclamaciones a la Inspección (lo que antes se llamaba segunda instancia), también se meten en fechas de curso ya empezado, incluso hasta noviembre.

jmcala

Creo que es como dice albay. Si una reclamación es desestimada por el departamento oportuno, es inspección la que entra a resolver y puede recabar información y solicitar su presencia a los implicados para poder resolver.

Es mes de julio estamos a disposición de la delegación y creo que este tipo de actuaciones también entran dentro de ese plazo.

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rantanplan

Cita de: jmcala en 04 Julio, 2018, 20:54:21 PMCreo que es como dice albay. Si una reclamación es desestimada por el departamento oportuno, es inspección la que entra a resolver y puede recabar información y solicitar su presencia a los implicados para poder resolver[

Por supuesto que es así, pero lo que yo entiendo es que esa evaluación que hace el departamento debe hacerse en junio. Si la reclamaciión prosigue, en el centro no se hace evaluación alguna más (la hace una comisión extena), y, de hecho, al centro lo único que se le requiere es que remita documentación para poder llevar a cabo esta evaluación externa.

El instituto de albay entregó las notas el día 25, según entiendo, y claro, no hubo ningún problema. Pero en Huelva el 25 era lectivo. Como los institutos se niegan a que ninguna evaluación se realice antes, las evaluaciones en muchos institutos fueron el 25 por la tarde y el 26, de modo que el 27 se entregaron las notas. Y ese fue el problema: que junio se acabó antes de que los departamentos pudieran evaluar las reclamaciones.

Otro problema que hay es que por lo que se ve las directivas confunden aclaraciones con reclamaciones. La ley lo único que establece es el plazo de reclamaciones (2 días), pero no el de aclaraciones que, además, ni siquiera obliga a que se hagan después de la entrega de notas. La consecuencia es que las directivas negaban los días de asuntos propios apelando a la ley, cuando, en realidad, estaban haciendo lo que les venía en gana, porque por lo general los planes de centro no recogen cuándo y en qué plazo deben llevarse a cabo estas reclamaciones.

albay

Cita de: rantanplan en 04 Julio, 2018, 23:22:05 PM
Cita de: jmcala en 04 Julio, 2018, 20:54:21 PMCreo que es como dice albay. Si una reclamación es desestimada por el departamento oportuno, es inspección la que entra a resolver y puede recabar información y solicitar su presencia a los implicados para poder resolver[

Por supuesto que es así, pero lo que yo entiendo es que esa evaluación que hace el departamento debe hacerse en junio. Si la reclamaciión prosigue, en el centro no se hace evaluación alguna más (la hace una comisión extena), y, de hecho, al centro lo único que se le requiere es que remita documentación para poder llevar a cabo esta evaluación externa.

El instituto de albay entregó las notas el día 25, según entiendo, y claro, no hubo ningún problema. Pero en Huelva el 25 era lectivo. Como los institutos se niegan a que ninguna evaluación se realice antes, las evaluaciones en muchos institutos fueron el 25 por la tarde y el 26, de modo que el 27 se entregaron las notas. Y ese fue el problema: que junio se acabó antes de que los departamentos pudieran evaluar las reclamaciones.

Otro problema que hay es que por lo que se ve las directivas confunden aclaraciones con reclamaciones. La ley lo único que establece es el plazo de reclamaciones (2 días), pero no el de aclaraciones que, además, ni siquiera obliga a que se hagan después de la entrega de notas. La consecuencia es que las directivas negaban los días de asuntos propios apelando a la ley, cuando, en realidad, estaban haciendo lo que les venía en gana, porque por lo general los planes de centro no recogen cuándo y en qué plazo deben llevarse a cabo estas reclamaciones.

Alguna puntualización:
- Las directivas no nos empeñamos en que la evaluación sea después del último día lectivo. Son las inspecciones. En mi caso, nuestro inspector es más benévolo y nos permite evaluar las tardes de la última semana lectiva.
- Ahora las reclamaciones no son tales. Me explico. Antes se llamaban en 1ª instancia (se reclamaba al profesor), y si seguía después se elevaba a 2ª instancia (a Inspección). Ahora a la 1ª instancia se le llama Revisión, y a la 2ª instancia se le llama Reclamación, aunque el procedimiento sigue siendo el mismo.
- Recuerda también, como ya ha dicho jmcala, que julio no es de vacaciones, sino que estamos a "disposición de la administración", así que cualquier asunto que haya que hacer julio (reuniones, claustros, reclamaciones, etc) son perfectamente legales y no nos queda más remedio que aceptarlo. Y no es capricho de los equipos directivos. Pero el papeleo hay que hacerlo, y no tenemos culpa de que la Administración retrase cada vez más el última día lectivo.


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