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permiso paternidad 5 semanas y eleccion de dichas semanas.

Iniciado por jamelrom, 04 Julio, 2018, 23:26:36 PM

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jamelrom

Con la entrada en vigor mañana (bueno en 30min) de los PGE de 2018 entran dos medidas que nos afectan especialmente a los que proximamente vamos a ser padres.

Una la ampliación a 5 semanas del permiso de paternidad, una semana más que lo que habia hasta ahora.
Elección a voluntad del padre de esas 5 semanas, hasta ahora empezaba el mismo día del parto.

https://www.economiadigital.es/politica-y-sociedad/5-claves-de-los-presupuestos-que-entran-en-vigor-manana_564977_102.html

Alguien sabe algo de la aplicación de ambas medidas en nuestro sector? mañana mismo se activaran ambas? porque en todos sitios leo el tema de las 5 semanas que se activan mañana mismo, pero de lo otro no he encontrado nada reciente....

Un saludo

jamelrom

Pues lo he buscado en los PGE Y ahí están ambas cosa. Así que se supone que ya hoy mismo entran en vigor ambas.
Aunque me escama mucho lo de podrá prever. Si no pone nada como es el caso de ahora mismo, que se entiende que se puede o no elegir el disfrute de las 5 semanas?
Citar
Disposición final trigésima octava.
....
Tres. Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida, se modifica el primer párrafo del artículo 49. c) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que queda redactado en los siguientes términos:

«c) Permiso de paternidad por el nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo: tendrá una duración de cinco semanas ampliables en los supuestos de parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo, a disfrutar por el padre o el otro progenitor a partir de la fecha del nacimiento, de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o acogimiento, o de la resolución judicial por la que se constituya la adopción. El disfrute del permiso será ininterrumpido salvo la última semana, que podrá disfrutarse de forma independiente en otro momento dentro de los nueve meses siguientes a la fecha de nacimiento del hijo, la resolución judicial o la decisión administrativa a las que se refiere este párrafo, cuando así lo solicite, al inicio del permiso, el progenitor que vaya a disfrutar del mismo, y se le autorice, en los términos previstos en su normativa, por la Administración en la que preste servicios.

Igualmente, dicha normativa podrá prever que se autorice, cuando así se solicite previamente, que el inicio del permiso tenga lugar en una fecha posterior a la del nacimiento del hijo, la resolución judicial o la decisión administrativa antes indicadas, siempre que sea antes de la finalización del correspondiente permiso o de la suspensión del contrato por parto, adopción o acogimiento del otro progenitor, o inmediatamente después de su finalización


FLAFLI

El último párrafo habla de una normativa que tiene que regularse.

Por tanto, todavía no se puede pedir en fecha distinta.

Saludos
Si buscas el interés general, mejorarás el propio

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No son ajustes, es una destrucción de la sociedad, ante ataques destructivos, respuestas contundentes

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matesplus

Las 4 semanas tienen que ser desde el nacimiento del niño y la quinta la puedes disfrutar siempre que sea antes de que cumpla 9 meses. Hasta septiembre que lo sindicatos no se reúnan con la delegada, no se puede disfrutar de las 5 semanas en un periodo diferente.


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