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Duda permiso por traslado de domicilio

Iniciado por toroloco, 21 Septiembre, 2018, 16:12:03 PM

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toroloco

La circular de permisos y licencias de 6/2/13 establece respecto a este permiso:

"Este permiso se encuentra regulado en el artículo 48, b) del EBEP y en la cláusula tercera.2 del Anexo del Acuerdo de 9 de julio de 2013, ya citado.
Duración del permiso:
• Por traslado de domicilio sin cambio de localidad de residencia: un día.
• Por traslado de domicilio a otra localidad: dos días.
• Por traslado de domicilio a otra localidad de distinta provincia: tres días.
Consideraciones generales:
- Órgano competente para la autorización de este permiso: la persona titular de la dirección del centro o responsable del servicio educativo.
- A fin de garantizar la correcta prestación del servicio, la persona interesada deberá
avisar de su ausencia a la dirección del centro tan pronto sepa la fecha en que se vaya a disfrutar del permiso.
- En el plazo de los quince días siguientes al disfrute del permiso se deberá aportar justificación documental suficiente que acredite la realidad de haberse realizado el traslado (factura de la empresa de mudanza, contratos de arrendamiento, certificaciones de nuevo empadronamiento, recibos domiciliados, etc.)
- Derechos económicos: Plenos."


Habla de días, no establece si son hábiles o no ni si pueden ser consecutivos o no, en este caso, si se solicita un viernes, ¿cuentan sábado y domingo?. ¿Se pueden solicitar alternos?
Gracias

albay

Cita de: toroloco en 21 Septiembre, 2018, 16:12:03 PM
La circular de permisos y licencias de 6/2/13 establece respecto a este permiso:

"Este permiso se encuentra regulado en el artículo 48, b) del EBEP y en la cláusula tercera.2 del Anexo del Acuerdo de 9 de julio de 2013, ya citado.
Duración del permiso:
• Por traslado de domicilio sin cambio de localidad de residencia: un día.
• Por traslado de domicilio a otra localidad: dos días.
• Por traslado de domicilio a otra localidad de distinta provincia: tres días.
Consideraciones generales:
- Órgano competente para la autorización de este permiso: la persona titular de la dirección del centro o responsable del servicio educativo.
- A fin de garantizar la correcta prestación del servicio, la persona interesada deberá
avisar de su ausencia a la dirección del centro tan pronto sepa la fecha en que se vaya a disfrutar del permiso.
- En el plazo de los quince días siguientes al disfrute del permiso se deberá aportar justificación documental suficiente que acredite la realidad de haberse realizado el traslado (factura de la empresa de mudanza, contratos de arrendamiento, certificaciones de nuevo empadronamiento, recibos domiciliados, etc.)
- Derechos económicos: Plenos."


Habla de días, no establece si son hábiles o no ni si pueden ser consecutivos o no, en este caso, si se solicita un viernes, ¿cuentan sábado y domingo?. ¿Se pueden solicitar alternos?
Gracias

Se entiende días laborables, puesto que no vas a pedir un sábado o domingo que no trabajes.
Si son dos, puedes pedir viernes y lunes.
Si son tres, seguidos, o viernes, lunes y martes.




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