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Intervención ambulatoria familiar 1 grado

Iniciado por Molinera2014, 01 Septiembre, 2019, 17:08:39 PM

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Molinera2014

Según me dijeron el año pasado la cirugía ambulatoria tiene la misma consideración que la hospitalaria, pero no lo encuentro en la normativa.
La primera semana de septiembre le quitan un quiste a mi hijo de 18 años y al trabajar en otra provincia quiero saber cuantos días me corresponden de permiso. Alguien lo sabe?

respublica

En la normativa lo que se encuentra es lo contrario, que la cirugía hospitalaria tiene consideración de enfermedad grave y la ambulatoria no, y por tanto no da derecho a permiso.

Un caso parecido lo hemos hablado recientemente aquí.

En tu caso quizás podría ser de aplicación otro permiso, el del deber inexcusable.


Saludos.


- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -



Molinera2014

Gracias, al final le operaron por la tarde y con faltar al claustro fue suficiente para mi. Saludos.


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