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Anexo II hasta día 17

Iniciado por mapa, 06 Julio, 2020, 17:43:16 PM

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juanpardo

Cita de: adelasan en 09 Julio, 2020, 14:32:35 PM
Yo envié el Anexo II en junio, ?tengo que enviarlo otra vez? Gracias

Ese ya no vale. Tienes que enviar el Anexo II de este documento, que es al que hace referencia las Instrucciones de 6 de Julio:

https://www.csif.es/sites/default/files/field/file/Resolución%20Función%20Pública%20viernes%2013%20marzo.pdf


adelasan

No puedo abrirlo. Yo envié el Anexo II el 23 de junio. En las instrucciones leo que debe enviarlo antes del 17 de julio quien no lo haya enviado. Yo entendí que en mi caso ya lo había enviado. ?Es un anexo diferente?


lucerino

Ya te tendrían que haber enviado la resolución de tu caso, o al menos, a mi, que lo mandé desde el centro este pasado martes, me la acaban de enviar.
Como cabía esperar y a pesar de que reconocen que mi patología se corrresponde con una de las que sirven para declararnos personal especialmente sensible, establecen que mi nivel de riesgo es NR2: trabajo con posibilidad de contacto con personas sintomáticas, manteniendo la distancia de seguridad y sin actuación directa sobre ellas

adelasan

He preguntado en mi centro tel han dicho que la flexibilización que pedí está concedida hasta el 15 de septiembre, que lo que se pide hasta el 27 de julio es para los grupos de especial vulnerabilidad. Yo lo pedía por tener hijos menores de 14 años, estoy busca do y no encuentro si eso es un grupo de especial vulnerabilidad. Qué lío u


Mr. Maker

Yo lo he enviado por correo a las direcciones que ponía en el propio anexo II y me contestan lo siguiente:
Buenos días,

Guardamos la documentación médica enviada. La solicitud de personal sensible en relación a la infección Covid 19 debe llegar a Vigilancia de la Salud según PROCEDIMIENTO EVALUACIÓN DE PERSONAL SENSIBLE EN RELACIÓN A LA INFECCIÓN POR CORONAVIRUS (Junta de Andalucía, de 26 de abril), punto 1, a través del órgano competente en materia de personal de su delegación. Debe ir acompañado de un informe del nivel de riesgo en el que usted se encuentra en su puesto de trabajo, emitido por la Unidad de Prevención.

Saludos

sergioiq

Cita de: adelasan en 10 Julio, 2020, 12:51:40 PM
He preguntado en mi centro tel han dicho que la flexibilización que pedí está concedida hasta el 15 de septiembre, que lo que se pide hasta el 27 de julio es para los grupos de especial vulnerabilidad. Yo lo pedía por tener hijos menores de 14 años, estoy busca do y no encuentro si eso es un grupo de especial vulnerabilidad. Qué lío u
No, son dos cosas distintas. Una que es el anexo II es evaluar la reincorporación del personal de riesgo, esto es vulnerable, para todo el curso o hasta que se erradique el coronavirus.
Lo que tú dices son medidas de conciliación, que no se piden con el anexo II, sino gracias al PACTO DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN COMÚN [...] DE 19 DE JUNIO DE 2020, EN DESARROLLO DEL APARTADO IV, PUNTO 5, DEL PLAN DE INCORPORACIÓN PROGRESIVA DE LA ACTIVIDAD PRESENCIAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA [...] Y ya se pidió en junio.

sergioiq

Pero vaya que he visto hasta sindicatos que están mezclando una y otra cosa.

La pepa

A ver, yo estoy hecha un lío. Soy personal interino y vulnerable, no sé que anexo tengo que presentar porque hay dos anexos "Solicitud de medidas de carácter organizativo para recuperar la actividad presencial" y otro "Procedimiento de evaluación de personal especialmente sensible en relación a la infección de coronavirus" sé que de este último acabó el plazo pero yo no me había enterado, no sé si se puede enviar ahora. Por otro lado me cuenta el equipo directivo de mi centro que el 15 de septiembre tenemos que incorporarnos todos, y que antes por necesidades del servicio tenemos que estar en los exámenes, evaluaciones y organización del centro. Si nos tenemos que incorporar ¿de qué sirven los papeles?.
En fin a ver si alguien me aclara algo
Muchas gracias.


sergioiq

Tienes que presentar en tu centro el anexo II de la resolución que complementa a la resolución del 12 de marzo.
Hasta el 17 de julio.
Eso es para valorarte, de forma médica, nada de conciliación ni de quinces de septiembre.
Los casos son contados, pon 1 de 1000, pero habrá personas vulnerables sobre las que haya que tomar medidas respecto a su reincorporación, o incluso la normativa habla de IT (incapacidad temporal).
Eso se está mezclando con lo de las medidas de conciliación que son otra cosa.

La pepa



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