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Oposición por otra especialidad

Iniciado por Idgc, 22 Octubre, 2020, 19:44:39 PM

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Idgc

Buenas tardes,

Abro este tema porque no tengo claro un asunto, y además, según a quien pregunte me dicen una cosa distinta. No he sido capaz de encontrarlo en la normativa.

Soy Diplomada en Turismo y voy a presentarme por PGA. Al ser una especialidad distinta a la mía (a la que no tengo acceso a bolsas por titulación), tenía entendido que debía aprobar la fase entera de la oposición para acceder a la bolsa. Sin embargo, por otro lado me dicen que con aprobar el primer examen sería suficiente. ¿Podría alguien aclarármelo, por favor? y si es posible indicarme en qué punto de la normativa aparece?

Muchas gracias de antemano.

Saludos.

fortunate

Buenas tardes, con aprobar el primer examen entras en bolsa.


Danielillo

Como dice fortunate, basta con aprobar el primer examen para entrar en las listas de interinos; precisamente ahí es donde has demostrado (con los matices que siempre le ponemos a la validez de nuestro sistema de oposiciones) tus conocimientos sobre la materia.

Si tienes mucho interés, supongo que la convocatoria es donde habla del acceso a la bolsa, pero vamos, que en esta cuestión concreta no existe el menor atisbo de duda, la titulación es exclusivamente requisito de acceso a las oposiciones, que son a su vez las que te habilitan para ser interina.

respublica

Cita de: Idgc en 22 Octubre, 2020, 19:44:39 PM
Buenas tardes,

Abro este tema porque no tengo claro un asunto, y además, según a quien pregunte me dicen una cosa distinta. No he sido capaz de encontrarlo en la normativa.

Soy Diplomada en Turismo y voy a presentarme por PGA. Al ser una especialidad distinta a la mía (a la que no tengo acceso a bolsas por titulación), tenía entendido que debía aprobar la fase entera de la oposición para acceder a la bolsa. Sin embargo, por otro lado me dicen que con aprobar el primer examen sería suficiente. ¿Podría alguien aclarármelo, por favor? y si es posible indicarme en qué punto de la normativa aparece?

Muchas gracias de antemano.

Saludos.

Es como te han dicho aquí, y la normativa es la que regula las bolsas de interinos, la Orden de 10 de junio de 2020, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas, y en concreto el acceso ordinario a las bolsas está en el Artículo 38.1.


Saludos.

- Cuando todos piensan igual, ninguno está pensando -


Idgc


ladyfita

Cita de: Idgc en 22 Octubre, 2020, 19:44:39 PM
Buenas tardes,

Abro este tema porque no tengo claro un asunto, y además, según a quien pregunte me dicen una cosa distinta. No he sido capaz de encontrarlo en la normativa.

Soy Diplomada en Turismo y voy a presentarme por PGA. Al ser una especialidad distinta a la mía (a la que no tengo acceso a bolsas por titulación), tenía entendido que debía aprobar la fase entera de la oposición para acceder a la bolsa. Sin embargo, por otro lado me dicen que con aprobar el primer examen sería suficiente. ¿Podría alguien aclarármelo, por favor? y si es posible indicarme en qué punto de la normativa aparece?

Muchas gracias de antemano.

Saludos.
Como bien te han dicho los compañeros, lo regula el artículo 38 de la Órden ,  especialmente el apartado 38.2 

Si tu titulación no está contemplada en los requisitos establecidos en el Anexo para la especialidad a la que te quieres presentar, si no me equivoco; creo que aunque aprobases no entrarías en la bolsa.  Te diría que lo confirmes consultando con los sindicatos, el esfuerzo de aprobar una oposición merece asegurarse.  Mucha suerte.

Idgc


[/quote]Como bien te han dicho los compañeros, lo regula el artículo 38 de la Órden ,  especialmente el apartado 38.2 

Si tu titulación no está contemplada en los requisitos establecidos en el Anexo para la especialidad a la que te quieres presentar, si no me equivoco; creo que aunque aprobases no entrarías en la bolsa.  Te diría que lo confirmes consultando con los sindicatos, el esfuerzo de aprobar una oposición merece asegurarse.  Mucha suerte.
[/quote]

Buenos días,

El anexo hace referencia al acceso extraordinario a la bolsa, no al ordinario, que sería a través de la oposición.

Un saludo!

Danielillo

Cita de: Orden de 10 de junio de 2020
Artículo 38. Acceso ordinario a las bolsas de trabajo docentes.

1. De conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Decreto 302/2010, de 1 de junio, accederá a las bolsas de trabajo docentes el personal que haya superado una o varias pruebas de los procedimientos selectivos establecidos en la última convocatoria realizada en la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin haber sido seleccionado.

2. El personal a que hace referencia el apartado anterior podrá también acceder a bolsas de trabajo del correspondiente cuerpo y especialidad y sus puestos asociados para las que se exijan requisitos específicos, siempre que reúna dichos requisitos y haya superado una o varias pruebas del procedimiento selectivo de dicho cuerpo y especialidad.

3. El personal participante en los referidos procedimientos selectivos habrá de solicitar, en el momento procedimental que establezcan las convocatorias de los mismos, su inclusión en las bolsas de trabajo docentes, y sus puestos asociados, siempre que cumpla los requisitos de participación en dichos procedimientos, supere la prueba o pruebas a que se refiere este artículo y aporte la documentación acreditativa de dichos requisitos.

Como dice respublica lo fundamental aquí es el punto 1. El 2 sirve para ampliar (dice "también") y se refiere (aquí supongo, es cierto, pero también lo veo claro) a situaciones como bolsas bilingües, que no se preseleccionan en las oposiciones.


ladyfita

Bien, pues posiblemente estoy equivocada.  No es mi intención llevar a nadie a error, ojala sea así.  Suerte.



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