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Duda permiso paternidad interrumpido

Iniciado por maxdd, 27 Octubre, 2020, 13:37:01 PM

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maxdd

Buenas familia, a ver si hay alguien que me pueda aportar algo de luz.

Me van a adjudicar de forma inminente en SIPRI, y actualmente mi mujer se encuentra de permiso por lactancia acumulada, habiendo completado ya su permiso de maternidad. Yo trabajo en la empresa privada y ya disfruté de las primeras 4 semanas de permiso. Las dudas que tengo son:

1. Cuando me convierta en personal interino, ¿yo también tengo derecho a las 12+8 semanas aún habiendo disfrutado las 4 primeras en la empresa privada?
2. ¿Puedo elegir cuándo disfrutar las semanas que me faltan o irremediablemente tengo que cogerlas cuando mi mujer termine su permiso?

Infinitas gracias de antemano!

Aethar

Cita de: maxdd en 27 Octubre, 2020, 13:37:01 PM
Buenas familia, a ver si hay alguien que me pueda aportar algo de luz.

Me van a adjudicar de forma inminente en SIPRI, y actualmente mi mujer se encuentra de permiso por lactancia acumulada, habiendo completado ya su permiso de maternidad. Yo trabajo en la empresa privada y ya disfruté de las primeras 4 semanas de permiso. Las dudas que tengo son:

1. Cuando me convierta en personal interino, ¿yo también tengo derecho a las 12+8 semanas aún habiendo disfrutado las 4 primeras en la empresa privada?
2. ¿Puedo elegir cuándo disfrutar las semanas que me faltan o irremediablemente tengo que cogerlas cuando mi mujer termine su permiso?

Infinitas gracias de antemano!

Hola, yo estoy de permiso de paternidad ahora (empecé ayer), y lo hice interrumpido. Estuve 4 semanas cuando nació. Te respondo:

1. Esas 4 semanas que ya disfrutaste se te descuentan de las 12 semanas de la seguridad social, por lo que te quedan 8 semanas de las de la seguridad social. De hecho si entras en "tu seguridad social" te aparecerá que las semanas que te quedan de las de la seguridad social.

En cuanto a las 8 adicionales de la Junta de Andalucía, creo (y digo creo porque no estoy seguro) que solo es para funcionarios e interinos con vacante informatizada como mi caso. Pero lo suyo es que lo preguntes.

2. En teoría se pueden disfrutar hasta antes de que cumpla un año el hijo/a. Pero cuando yo gestioné mi permiso desde delegación de dijeron que solo lo podía coger justo cuando mi mujer terminó su permiso, no después.

De todas formas, te recomiendo que, en cuanto te adjudiquen, llames a la delegación de la provincia donde trabajes y te expliquen.

Un saludo.



maxdd

Muchas gracias por tu respuesta  :)

Haré eso, llamaré a Delegación para que me informen, porque la primera cuestión me parece lógica, pero la segunda no, es decir, no tener libertad para elegir el segundo bloque del permiso supone tener menos derechos que cualquier trabajador de la empresa privada. Es más, puede darse el caso de que me adjudiquen y mi mujer ya haya finalizado su permiso y yo aún no haya empezado el mio...

En fin, ya os contaré qué me dicen por si le sirve a alguien más.

Saludos,


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