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¿Ayuda por alquiler de piso?

Iniciado por porrillo, 20 Enero, 2013, 00:04:14 AM

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barbaralogopeda

Cita de: mariamar3 en 21 Enero, 2013, 18:53:03 PM
A mí también me interesa. Aunque no se den ayudas de acción social, ¿cuándo se haga la declaración de la renta se puede adjuntar el contrato de alquiler para que se tenga en cuenta ese gasto?

Gracias

Si tienes contrato de alquiler y los recibos te lo puedes desgravar en la renta (suelen pedir la documentación para que la presentes una vez que revisen tu declaración ). Cuando la hagas, pones en ese apartado la cantidad que has pagado de alquiler en el año y, la verdad, es que un 10% creo que es seguro. Además, si la fianza la depositas en el ministerio de la vivienda, te puedes desgravar un % más. Y, pueden ser alquileres en viviendas distintas.



mariamar3

Cita de: barbaralogopeda en 21 Enero, 2013, 21:35:35 PM
Cita de: mariamar3 en 21 Enero, 2013, 18:53:03 PM
A mí también me interesa. Aunque no se den ayudas de acción social, ¿cuándo se haga la declaración de la renta se puede adjuntar el contrato de alquiler para que se tenga en cuenta ese gasto?

Gracias

Si tienes contrato de alquiler y los recibos te lo puedes desgravar en la renta (suelen pedir la documentación para que la presentes una vez que revisen tu declaración ). Cuando la hagas, pones en ese apartado la cantidad que has pagado de alquiler en el año y, la verdad, es que un 10% creo que es seguro. Además, si la fianza la depositas en el ministerio de la vivienda, te puedes desgravar un % más. Y, pueden ser alquileres en viviendas distintas.

Muchas gracias por tu aclaración. Tengo contrato de alquiler, así que lo presentaré cuando haga la declaración.

Gracias


profedeinfantil

Para la declaración de la rente ¿ hace falta el contrato de alquiler del año  o tambien hace falta empadronarse en el sitio donde te toque trabajar ? he oido que tambíen debemos de empadronarnos en  el pueblo que te toque pero no sé si es cierto.

barbaralogopeda

Para la desgravación en la declaración de la renta que yo sepa no es necesario empadronarse en la vivienda alquilada. Se "supone" que uno debe estar empadronado en la vivienda que vive más tiempo al año, pero, no es obligatorio 


profedeinfantil

Muchas gracias , entonces presentamos el contrato de alquiler con sus correspondientes recibos desde septiembre hasta junio  de este año ( en mi caso )  es asi ?

Liadilla!

Una preguntita más: Es compatible deducirte por estar alquilada debido a tu trabajo con la deducción por vivienda habitual? Es que estoy pagando una hipoteca de mi casa y por mandarme fuera me he tenido que alquilar además un piso. Vaya sangría todos los meses!!!

barbaralogopeda

Cita de: profedeinfantil en 22 Enero, 2013, 18:03:27 PM
Muchas gracias , entonces presentamos el contrato de alquiler con sus correspondientes recibos desde septiembre hasta junio  de este año ( en mi caso )  es asi ?

Cuando haces la renta sólo es necesario la cantidad de dinero en alquiler que has pagado en esos meses (por cierto, hay un máximo para desgravarse, pero, no sé exacto cuál es la cuantía en Andalucía. Por lo menos 6000 euros al año seguro que te puedes desgravar, que si te devuelven el 10%, pues 600 euros) y, si te la revisan, pueden pedir que presentes el contrato (firmado en todas las páginas por propietario e inquilino y los recibos o transferencias), pero, ha habido años que no me han solicitado nada.


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