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Orientador educativo y vigilancia de recreos

Iniciado por SELENITAR, 13 Marzo, 2013, 16:38:24 PM

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SELENITAR

Hola a todos, ¿ me podéis decir si los orientadores educativos tienen la obligación de vigilar recreos o ellos están excluidos de esa función aún cuando su horario esté comprendido de 9 a 2 un día a la semana? ¿A qué se acogerían en el caso de no hacer patios, a ser maestros itinerantes? Gracias

patruchita

A ver,  entiendo que, para un orientador, especialmente en un centro de primaria, el tiempo de recreo es uno de los momentos mas interesantes para realizar su trabajo, dado que en ese momento es donde observa al niño interactuar en un ambiente menos reglado que en el interior de las aulas. Trabajo este, que se vería imposibillitado si ha de depender de un horario y un puesto determinado de vigilancia. El patio de recreo, en ese instante es como el aula para el resto del profesorado, un lugar donde está realizando un trabajo especifico y al que no se le pueden poner servidumbres.


SELENITAR

Muchas gracias patruchita por tu respuesta, pero el caso al que me remito es que ni hace recreos ni observa a los niños, simplemente dedica la media hora de patio a desayunar sin salir al patio, así poca observación realiza al alumnado

Primaria9

Si no tiene guardia de recreos asignada, solo estará en el patio si tiene algún diagnóstico pendiente y por ello está evaluando la actuación del alumno. Puede que el orientador solo vaya algún día al colegio y por esa cuestión no suelen vigilar recreos.


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