¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'

movilidad geográfica

Iniciado por jilguero, 03 Abril, 2013, 09:06:20 AM

Tema anterior - Siguiente tema

0 Miembros y 1 Visitante están viendo este tema.

jilguero

Me gustaría saber si se puede puede meter el contrato de alquiler del curso pasado desde el 1/1/2012 al 30/6/2012, yo estuve trabajando desde el 20/09/2011 AL 30/06/2012 con vacante. Muchas gracias.

pilarff

Hola Jilguero!

Yo el año pasado lo metí, pero para eso tienes que conseguir que el casero o casera te de el número del registro catastral de la casa, y a veces eso no es fácil....si esa persona no "declara" que te ha alquilado el piso, siempre suele ser un problema y de hecho, yo que llevo viviendo de alquiler desde los 18 (y ya tengo 30...) solo lo he conseguido una vez!!!! y fue el año pasado.

Yo el año pasado lo metí, pero a pesar de eso, de la afiliación y de la retención de mi nómina del 18%...a pesar de no tener nada más que un viejo opel corsa de más de 13 años como única posesión (y a este paso, futura vivienda...) no solo no me devolvieron sino que además, tuve que pagar...qué ironía eh?

en fin, que tengas suerte compañer@!


Francisco Javier

Cita de: pilarff en 03 Abril, 2013, 13:09:30 PM
Hola Jilguero!

Yo el año pasado lo metí, pero para eso tienes que conseguir que el casero o casera te de el número del registro catastral de la casa, y a veces eso no es fácil....si esa persona no "declara" que te ha alquilado el piso, siempre suele ser un problema y de hecho, yo que llevo viviendo de alquiler desde los 18 (y ya tengo 30...) solo lo he conseguido una vez!!!! y fue el año pasado.

Yo el año pasado lo metí, pero a pesar de eso, de la afiliación y de la retención de mi nómina del 18%...a pesar de no tener nada más que un viejo opel corsa de más de 13 años como única posesión (y a este paso, futura vivienda...) no solo no me devolvieron sino que además, tuve que pagar...qué ironía eh?

en fin, que tengas suerte compañer@!

Me alegra verte de nuevo por aquí, pilarff.

La referencia catastral puedes averiguarla fácilmente en este enlace:

https://www1.sedecatastro.gob.es/OVCFrames.aspx?TIPO=Consulta

Por otro lado, una cosa es la declaración por alquiler y otra pedir la movilidad geográfica. Para poder pedir la movilidad geográfica tienes que presentar la demanda de empleo, además de contrato de alquiler. Te puedes beneficiar de la movilidad geográfica durante dos años.

Si presentas estos datos obligas a la otra persona a declarar, ya que los datos se cruzarían. Normalmente se pilla un pellizquito por esta movilidad geográfica.

Saludos.
Cuando no me ve nadie, como ahora, gusto de imaginar a veces si no será la música la única respuesta posible para algunas preguntas

linus

¿Es imprescindible introducir la referencia catastral? A mí no me la ha pedido, dado que el domicilio de alquiler no es el domicilio actual. Sólo habría que introducir el DNI del casero en la deducción por alquiler, ¿no?

Saludos


edfisicamarin

Yo con el cartón del paro y un contrato del cole días posteriores al cartón tuve suficiente el primer año. El segundo año no me pidieron nada (aunque lo tenía todo preparado por si acaso, guardado como oro en paño). Y por lo que veo, linus, en este post aclara Francisco Javier que son dos años de beneficio, nada más. Lo que me has explicado sería lo suyo, por mi encantado de volver por tercer año consecutivo a tener esa reducccion por movilidad,porque sigo estando fuera de mi provincia, pero después de leer varios documentos en google de la agencia tributaria, gobierno de España, etc.,referidos a este tema, en todos coinciden que sólo son dos años. Un saludo
Un amigo amigo no me dice un amigo está pa algo, un amigo amigo está contigo en los momentos más amargos, un amigo amigo de verdad no dice quiero ser tu amigo, pero si es tu amigo de verdad tu muerte la muere contigo. La amistad, es regalar el corazón de un caballero...

andalous84

Pero sería dos años por contrato ¿no? Así lo entiendo yo.

Noether


Cita de: andalous84 en 04 Abril, 2013, 14:20:09 PM
Pero sería dos años por contrato ¿no? Así lo entiendo yo.

Tengo dos dudas:

1. ¿Se puede pedir movilidad geográfica 2 años consecutivos por un contrato?

Estuve trabajando desde septiembre del 2011 hasta agosto del 2012 con vacante, pedí la movilidad geográfica el año pasado por los meses que estuve trabajando del 2011. ¿La podría volver a pedir por los meses de 2012? Aunque esta vez no estaba en paro, simplemente seguí con el contrato.

2. ¿Se puede pedir movilidad geográfica 2 años no consecutivos?

tootii

Si a los dos años cambias de provincia te la dan, pero creo que para eso debes haber pasado por el inem antes. 


mariaf

Mi caso es el siguiente:

La pedí hace dos años, es decir para la declaración del año 2011. Tuvo que modificar el borrador en abril cuando la eché y hasta diciembre no me llamaron para pedirme los papeles que demostraban dicha movilidad. Yo entregué la tarjeta del paro, la toma de posesión y el contrato de alquiler (que era legal, declarado, etc.). A pesar de que la movilidad solo correspondía a los meses de septiembre a diciembre me devolvieron más de 600€.
Este año estoy en las mismas condiciones, con la salvedad de que mi casero no me ha hecho contrato ¿alguien sabe si puedo pedir la movilidad aportando solo la tarjeta del paro y la toma de posesión del puesto de trabajo?
Saludos.

banal1982

Yo entiendo que una vez que te conceden la movilidad geográfica disfrutas de la misma reducción el año siguiente sea cual sea tu situación. Ahora si vuelves a cumplir los requisitos otro año la normativa no dice que no puedes solicitar de nuevo la movilidad, y menos obliga a que sea un cambio de provincia.

Artículo 12. Reducción por obtención de rendimientos netos del trabajo.
2. Podrán aplicar el incremento en la reducción establecido en el artículo 20.2 b) de la Ley del Impuesto los contribuyentes desempleados e inscritos en una oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo situado en un municipio distinto al de su residencia habitual, siempre que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de dicha residencia.


Artículo 20. Reducción por obtención de rendimientos
del trabajo.
2. Se incrementará en un 100 por ciento el importe
de la reducción prevista en el apartado 1 de este artículo,
en los siguientes supuestos:
b) Contribuyentes desempleados inscritos en la oficina
de empleo que acepten un puesto de trabajo que
exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo
municipio, en las condiciones que reglamentariamente se
determinen. Este incremento se aplicará en el periodo
impositivo en el que se produzca el cambio de residencia
y en el siguiente.




¡CUIDAMOS LA PÚBLICA!

'